Una v¨ªa para superar el pleito insular
El estatuto de Canarias ha tropezado con innumerables problemas durante los ¨²ltimos dos a?os de su negociaci¨®n entre las fuerzas pol¨ªticas, como consecuencia de conflictos hist¨®ricos heredados. Desde el primer momento, sectores pol¨ªticos y econ¨®micos enarbolaron la defensa de los cabildos por encima de las propias aspiraciones auton¨®micas. La idea de regi¨®n y, por supuesto, la de nacionalidad (preferida no solo por los partidos nacionalistas, sino tambi¨¦n por el PSOE y el PSE), ha chocado con la de isla y la de provincia. Los cabildos, que datan de hace cinco siglos y en su forma actual de 1912, han sido hasta ahora ¨®rganos de gobierno insular que han disfrutado de amplia autonom¨ªa pol¨ªtica y financiera, antes que cualquier otra instituci¨®n local del pa¨ªs.Los denominados cabildistas se han batido hasta ¨²ltima hora en favor de estos entes, en contra, incluso, del futuro gobierno aut¨®nomo, por considerar que este ¨²ltimo robar¨¢ competencias a aquellos. La pol¨¦mica se ha visto zanjada sobre el papel en el texto auton¨®mico, donde a los cabildos les han sido reconocidos sus poderes en cada territorio insular.
Si el concepto isla ha primado en este debate respecto al de regi¨®n o archipi¨¦lago, desde el punto de vista de algunos sectores pol¨ªticos y econ¨®micos m¨¢s beligerantes la idea de provincia ha suscitado el mismo estado de contradicci¨®n para dichos sectores con la de comunidad aut¨®noma. Desde 1927 Canarias est¨¢ dividida en dos provincias. La de Santa Cruz de Tenerife agrupa a las islas de Tenerife, La Palma, La Gomera y el Hierro; la de las Palmas de Gran Canaria incluye a las islas de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote.
Primo de Rivera crey¨®, al romper en dos la unidad del archipi¨¦lago, que as¨ª cesar¨ªa el pleito insular, la lucha por la capitalidad del conjunto de las islas, que hab¨ªa ostentado hasta entonces Santa Cruz de Tenerife, con la abierta oposici¨®n de las Palmas de Gran Canaria. Durante estos 55 a?os las dos provincias han vivido en medio de serenas discrepancias, que no han resucitado el esp¨ªritu capitalino y hegemonista de ninguna de las dos. Cada provincia ha contada con una mancomunidad de cabildos. En las ¨²ltimas fechas la conciencia de que dichas mancomunidades desaparecer¨ªan con la creaci¨®n de un Gobierno aut¨®nomo ha hecho que algunos hayan querido hacer oir sus voces partidarias de la supervivencia de tales entidades provinciales.
Resuelta la lucha por la capitalidad
El Estatuto ha resuelto la vieja lucha por Ia capitalidad desechando la idea de que ¨¦sta tenga una sede ¨²nica y optando por una definici¨®n compartida de la misma. As¨ª Canarias tendr¨¢ desde ahora dos capitales, las ciudades cabeceras de cada provincia que cada cuatro a?os ser¨¢n residencia del Gobierno aut¨®nomo. En este sentido, el Estatuto puede considerarse superador de un pleito hist¨®rico.
El motivo de principal preocupaci¨®n de las organizaciones empresariales canarias ha sido la garant¨ªa de continuidad del r¨¦gimen econ¨®mice, fiscal (REF), en el que se plasman los derechos fiscales del archipi¨¦lago de m¨¢s de un siglo de antig¨¹edad. Este r¨¦gimen ha side, cuidadosamente ratificado en el texto auton¨®mico.
Por otra parte, el estatuto ha ofrecido la imagen de un amplio consenso entre UCD y PSOE. A pesar de las primeras diferencias, que anunciaron un parto dif¨ªcil de la autonom¨ªa canaria, ambos partidos han suscrito un pacto y se hanvisto en la necesidad de hacer campa?a casi conjunta a favor del Estatuto para ahogar en los ¨²ltimos d¨ªas las cr¨ªticas de determinados sectores considerados antiautonomistas.
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