Fiscalidad y agricultura
Estamos ya en tiempo de campa?a electoral y cualquier tema es bueno para hacer olvido de responsabilidades. Recientemente el Real Decreto-Ley, 5/1982, de 17 de marzo, prorrogaba para el a?o 1982 las bases imponibles y las reducc¨ªones en la contribuci¨®n territorial r¨²stica y pecuaria. Las razones de ¨ªndole t¨¦cnica se consignaban en su pre¨¢mbulo y hac¨ªan referencia a la lentitud de los tr¨¢bajos de los consorcios de inspecci¨®n y gesti¨®n de las contribuciones territoriales, a la desaparici¨®n de la cuota proporcional y a la pr¨®xima redacci¨®n de la ley reguladora del Sistema Tributario Local. La pr¨®rroga significa que para 1982 seguir¨¢n rigiendo las bases imponibles de? quinquenio 1976-1980 y la reducci¨®n del 50%, a efectos de fijlr la base liquidable sobre la que gira la cuota y recargos.Sorprendentemente estas razones, repito l¨¢s ¨²nicas consignadas en el pre¨¢mbulo del decreto-ley se vieron solapadas por el ministro de Agricultura, que aleg¨® que la pr¨®rroga era un beneficio para el sector agrario al no aumentar la presi¨®n fiscal despu¨¦s de un a?o agr¨ªcola que ven¨ªa caracterizado por las consecuencias negativas de la sequ¨ªa.
Discurso electoral
Pero las razones del ministro son simplemente un discurso electoral. Si la pr¨®rroga hubiera venido explicada por razones agrarias, ?por qu¨¦ tambi¨¦n se prorrogaron las bases, imponibles en el a?o 1981 si aquei a?o no hab¨ªa la excusa de la sequ¨ªa?
Las razones son m¨¢s sencillas. Los ¨®rganos encargados de revisar las bases imponibles de la contribuci¨®n territorial r¨²stica y pecuaria, los consorcios, no han funcionado, y ello es una responsabilidad directa del Ministerio de Hacienda, pues los consorcios vienen presididos por los delegados de Hacienda y sus gerentes son as¨ªmismo del Ministerio de Hacienda. Y en ese ineficaz trabajo no es, alegable reciente creaci¨®n, pues sus normas de funcionamiento derivan de junio de 1980. He aqu¨ª la verdadera y ¨²nica raz¨®n, Se trata, en definitiva, de convertir un de fecto en virtud.
Un decreto impresentable
?Y qui¨¦n se beneficia de esta pr¨®rroga? El discurso de la derecha en materia de pol¨ªtica agraria siempre tiene la misma componente. Se globaliza. El beneficio -se dice- es para el sector agrario. Es el mismo argumento que se utiliza cuando se defiende, como ¨²nica pol¨ªtica agraria, la pol¨ªtica de precios o la generaci¨®n de medidas de ayuda a explotaciones agrarias (a las que me refer¨ª en un art¨ªculo anterior). Le protegen intereses " muy concretos, poniendo como excusa a los peque?os y medianos agricultores. Pero en esa argumentaci¨®n se olvidan las econom¨ªas de esca la, o que en la contribuci¨®n r¨²stica un importante n¨²mero de explotaciones agrarias se benefician de la exenci¨®n por raz¨®n de la cuant¨ªa de la base imponible, o que, en otro orden de cosas, pero ¨ªntimamente relacionado con ello, el inventado o catastro de r¨²stica no es precisamente un modelo de fidelidad a la realidad en lo que se refiere a las caracter¨ªsticas de orden econ¨®mico (calificaci¨®n y clasificaci¨®n de las parcelas) o de orden jur¨ªdico (titularidad, etc¨¦tera), y se olvida asimismo que en la contribuci¨®n. territorial de r¨²stica la base imponible no recae sobre el rendimiento real, sino sobre el rendimiento potencial. Por ello, se quiera o no, la pr¨®rroga de las bases imponibles beneficia preferentemente a los grandes propietarios.
?Est¨¢ re?ida la actualizaci¨®n de las bases imponibles de r¨²stica con, un trato a los agricultores que tome en consideraci¨®n los efectos de la, sequ¨ªa?
En absoluto, no hay nada que impida utilizar las figuras jur¨ªdicas de la mora fiscal, o incluso de la exenci¨®n temporal. M¨¢s todav¨ªa, cuando se discuti¨® el decreto-ley sobre ayudas a los afectados por la sequ¨ªa, el Grupo Socialista defendi¨® la exenci¨®n de la contribuci¨®n r¨²stica para aquellas explotacio nes que hubieran sufrido da?os por sequ¨ªa por encima del 80% de los rendimientos anteriores, mien tras que el Gobiemo y su grupo parlamentario se conformaron con el 90%, y en la misma l¨ªnea se impidi¨® que las normativas cubr¨ªesen los pr¨¦stamos del Banco de Cr¨¦dito Local.
Todo Io expuesto pone de relieve los nuevos aires que corren por el Ministerio de Agricultura, a quien el de Hacienda cedi¨® los trastos la tarde del 21 de abril para defender un real decreto-ley impresentable.
Supongo que alg¨²n alto cargo, de esos que ahora circulan por el ministerio de Atocha, estar¨¢ de nuevo dispuesto a dar fe de m¨ª ignorancia o mala fe.
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