El Tribunal Constitucional rechaza el amparo solicitado por la editora de 'El Papus'
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo interpuesto por Ediciones Amaika, SA, editora de la revista El Papus, contra la inadmisi¨®n por el pleno del Tribunal Supremo de la querella formulada por dicha empresa editora contra tres magistrados que dictaron una sentencia relacionada con el atentado que la citada revista sufri¨® en septiembre de 1977.
A la sentencia del Tribunal Constitucional han formulado voto particular, por estar en desacuerdo con ella los magistrados Pl¨¢cido Fernandez Viagas, Francisco Tom¨¢s y Valiente, Angel Latorre y Manuel Diez de Velasco. Por otra parte, la vista del juicio por el atentado contra El Papus, en el que est¨¢n procesados varios ultraderechistas, hasido fijada para el pr¨®ximo d¨ªa 17 de diciembre ante la Audiencia Nacional.
El recurso de amparo interpuesto por Ediciones Amaika S.A. pretend¨ªa la nulidad de la resoluci¨®n dictada por el pleno del Tribunal Supremo el 2 de julio de 1981, que desestim¨® tras el correspondiente antejuicio la querella por supuesta prevaricaci¨®n formulada contra tres magistrados, por entender que esta decisi¨®n violaba los derechos a la tutela judicial efectiva y de igualdad ante la ley garantizados por la Constituci¨®n. Los tres magistrados, contra los que se formulaba la querella, dictaron una sentencia contra tres ultraderechistas implicados en el atentado contra El Papus, que el propio pleno del Tribunal Supremo declar¨® benigna, aunque no delictiva, por entrar en el ¨¢mbito legal de la discrecionalidad judicial para graduar la pena.
Ahora, el Tribunal Constitucional ha considerado que la. decisi¨®n del pleno del Tribunal Supremo no admitiendo a tr¨¢mite la querella formulada contra los tres magistrados no viola los derechos a la tutela efectiva de los jueces y de igualdad ante la ley. Y ello, porque el antejuicio, que es un procedimiento previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los casos de querella contra jueces y magistrados, no puede considerarse atentatorio al principio de igualdad, ya que se limita a valorar la procedencia de admitir o no la querella con mayores formalidades procesales que las previstas en los supuestos de querella contra los ciudadanos en general. El Tribunal Constitucional subraya que el antejuicio no constituye privilegio alguno sino que est¨¢ destinado a garantizar la independencia y la dignidad de quienes ejercen la funci¨®n jurisdiccional y, que si siempre hubiera de abrirse proceso penal definitivo como consecuencia del antejuicio, esta instituci¨®n protectora de la funci¨®n jurisdiccional quedar¨ªa vac¨ªa de contenido.
Por su parte, los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional disconformes con la sentencia basan su argumentaci¨®n en que el ¨¢mbito del antejuicio es exclusivamente el de la admisibilidad de la querella y, en el caso concreto de que ¨¦sta verse sobre una supuesta prevaricaci¨®n, no debe entrar nunca en la justicia de la resoluci¨®n cuestionada, lo que constituir¨ªa un anticipo de juicio sobre el fondo del asunto sin las garant¨ªas procesales exigibles.
Seg¨²n los cuatro magistrados disconformes, el pleno del Tribunal Supremo rechaz¨® la admisi¨®n de la querella formulada por Ediciones Amaika S.A. por estimar que en la sentencia cuestionada se hizo uso correcto de la discrecionalidad judicial para graduar la pena, lo cual implica ejercer una funci¨®n de calificaci¨®n que s¨®lo puede producirse en un proceso penal. A juicio de los cuatro magistrados disconformes " la forma de entender el antejuicio, que en esta sentencia ha preponderado, constituye no una garant¨ªa institucional, sino una garant¨ªa de facto respecto a la impunidad de eventuales prevaricaciones de miembros del poder judicial".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.