Incongruencias de la Seguridad Social
El motivo de dirigirme a usted es para exponerle un caso ocurrido en mi familia actualmente, y, si lo cree oportuno, que esta carta se publique en su peri¨®dico.Ocurri¨® lo siguiente: mi madre se afili¨® a la Seguridad Social hace, aproximadamente, cuatro a?os. Hacia el a?o y medio de estar afiliada tuvo que empezar a ser tratada en el ambulatorio de Toledo, en la planta de rehabilitaci¨®n, recibiendo un trato maravilloso. ?Cu¨¢les eran sus dolencias? He aqu¨ª: hernia esof¨¢gica y artrosis cervical, que le paraliza temporalmente el brazo izquierdo.
Todo esto le ha impedido continuar en el trabajo, por lo que la Seguridad Social le ha estado pagando como trabajadora enferma, hasta que un tribunal m¨¦dico la declar¨® en estado de invalidez permanente para el trabajo. Es a partir de aqu¨ª donde empiezan los problemas.
Cuando un tribunal m¨¦dico declara a una persona inv¨¢lida permanente, la Seguridad Social le ha de pagar una pensi¨®n, ya que no se puede dedicar al trabajo. Mas para ello es necesario que se haya cotizado al menos 1.800 d¨ªas (cinco a?os, aproximadamente) como afiliado. Como dije anteriormente, mi madre cotiza desde hace unos cuatro a?os, por lo que, al no cumplir lo legal, se queda sin pensi¨®n de enfermedad y sin trabajo por prescripci¨®n facultativa.
La historia no acaba aqu¨ª: al no cumplir lo exigido por la ley, dejan a la trabajadora sin pensi¨®n, y al declararla en estado de invalidez permanente resulta que no es apta para el trabajo, y al no poder trabajar no puede cotizar a la Seguridad Social. Con lo que no, s¨®lo pierde el trabajo y la pensi¨®n de invalidez, sino tambi¨¦n la famosa cartilla de afiliaci¨®n. ?No es asombroso? /
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