La reaparici¨®n del diario 'Madrid'
El d¨ªa 25 de octubre se cumplir¨¢n seis a?os de la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que conden¨® a la Administraci¨®n a indemnizar a la empresa editora Madrid, Diario de la Noche, SA, por los da?os y perjuicios ocasionados por la suspensi¨®n ilegal del diario Madrid el 25 de noviembre de 1971. Cuando estaban ya pr¨®ximos los diez a?os de tan injusta desaparici¨®n del peri¨®dico, el 18 de agosto de 1981, te escrib¨ª rog¨¢ndote aceleraras el cumplimiento de la sentencia que no deb¨ªa ser otro que el de hacer posible la reaparici¨®n inmediata del peri¨®dico. El d¨ªa 21 de agosto siguiente me contestaste dici¨¦ndome que te ocupabas personalmente del asunto y que me dar¨ªas noticias.Ante tu falta de respuesta la empresa editora no pudo demorar m¨¢s el asunto, y transcurridos los plazos que marca la ley en el ejercicio del derecho de petici¨®n administrativa, con la correspondiente denuncia de la mora, fue necesario recurrir al Tribunal Supremo para que no se nos pudiese acusar de negligencia en la defensa de nuestros derechos.
Fracasados todos los intentos hechos por la empresa durante m¨¢s de cuatro a?os para que se solucionase el caso por v¨ªa administrativa sin tener que llegar a la v¨ªa judicial, tuvimos que acudir, por ¨²ltimo, al procedimiento legal que nos quedaba por aplicar. En tanto que aqu¨¦lla permit¨ªa la soluci¨®n m¨¢s r¨¢pida y menos gravosa para el Estado, la v¨ªa judicial podr¨ªa implicar responsabilidades civiles y penales de la Administraci¨®n, a las que habr¨ªa que a?adir las pol¨ªticas derivadas de la connivencia de los Gobiernos de UCD con los que bajo el r¨¦gimen anterior clausuraron ilegalmente nuestro medio de expresi¨®n.
Con fecha 25 de marzo de 1982 se solicit¨® de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, donde se dict¨® la sentencia condenatoria de la Administraci¨®n por la suspensi¨®n ilegal del peri¨®dico, que requiriese del Gobierno el pago de la indemnizaci¨®n de forma que pudiera reaparecer el diario Madrid. Terminada ya la prueba el pasado 10 de julio, queda tan s¨®lo la vista o conclusiones.
En varias ocasiones, sobre todo en 1953 y en 1973, tuve que plantear ante la opini¨®n p¨²blica mis discrepancias con lo que cre¨ª eran abusos de poder del r¨¦gimen anterior. Ahora m¨¢s que nunca he probado mi voluntad de no tener que llegar a ese extremo, ya que en las presentes circunstancias las consecuencias son a¨²n m¨¢s imprevisibles que en la ¨¦poca superada. Por ello, aun despu¨¦s de mis in¨²tiles esfuerzos por conseguir que me dedicaras un peque?o espacio de tiempo para hablar del asunto, sigo pensando que en esta fase final tu intervenci¨®n todav¨ªa podr¨ªa evitar que se produjesen males mayores.
Lo que sucedi¨® con el diario Madrid, como lo que est¨¢ pasando ahora, resulta inconcebible. Por eso, ante la contumaz vulneraci¨®n de la ley, estamos obligados, en leg¨ªtima defensa, a poner en marcha todos los recursos y amparos legales. Adem¨¢s, al afectar el tema directamente a la opini¨®n nacional, nos vemos obligados a hacer p¨²blica tan ilegal situaci¨®n en instantes en que muchos ponen en duda la eficacia del orden establecido para defender el Estado de Derecho y proponen cambios m¨¢s o menos radicales en la Administraci¨®n.
Por todo ello, aunque sea dif¨ªcil evitar las consecuencias que puedan producirse ahora en este penoso tema, que trae adem¨¢s a la memoria las responsabilidades que fueron imputadas en alg¨²n affaire anterior, como nuestra intenci¨®n es constructiva, te ruego que consideres urgentemente la otra v¨ªa de soluci¨®n que todav¨ªa queda abierta, basada tambi¨¦n en la estricta aplicaci¨®n de la ley. Ser¨ªa una forma mixta de lo administrativo con lo judicial. Bien claro est¨¢, por otra parte, que una diligente actuaci¨®n del Gobierno redundar¨ªa en beneficio del inter¨¦s general.
A la actitud tomada por ti, limit¨¢ndote -seg¨²n parece- a esperar que por parte de la Administraci¨®n se cumpliese la ley, no correspondi¨® lo que en verdad ha sucedido. Porque se sigui¨® incumpliendo lo prescrito por la sentencia, de forma que sobre el presidente del Gobierno recaen las responsabilidades se?aladas igualmente por las leyes.
As¨ª, a pesar de haber transcurrido m¨¢s de seis meses desde nuestra demanda de ejecuci¨®n de sentencia, entre otras cosas, sigue sin reponerse la inscripci¨®n en el libro de registro de empresas period¨ªsticas, con lo que el peri¨®dico contin¨²a ilegalmente suspendido de forma que se multiplican los da?os y perjuicios que han de ser indemnizados.
Todo lo cual agrava los males causados por el recurso extraordinario de revisi¨®n de la sentencia que elev¨® el primer Gobierno Su¨¢rez, del que t¨² formabas parte, y que fue rechazado por el Tribunal Supremo el 21 de junio de 1977.
A¨²n cabe reparar r¨¢pidamente tanto da?o causado al peri¨®dico y a la opini¨®n p¨²blica porque la ley permite el acuerdo entre las partes: la Abogac¨ªa del Estado, es decir, el Gobierno, y la representaci¨®n legal del peri¨®dico Madrid, o sea, la empresa editora. Dada la complejidad del asunto, que no s¨®lo es jur¨ªdica, sino ¨¦tica y pol¨ªtica, el acuerdo har¨ªa posible la soluci¨®n inmediata y m¨¢s ventajosa para la Administraci¨®n. M¨¢xime cuando el diario Madrid ser¨¢ un peri¨®dico-instituci¨®n cuya independencia est¨¢ asegurada por pertenecer todas sus acciones a una sociedad concebida con car¨¢cter de fundaci¨®n al servicio del inter¨¦s p¨²blico.
Los Gobiernos de la Monarqu¨ªa han querido reparar da?os causados a diversas personas y organizaciones, pero no han querido cumplir una sentencia que hubiera indemnizado los da?os producidos desde hace m¨¢s de diez a?os a un peri¨®dico v¨ªctima precisamente por su defensa del gobierno de la ley, de la libertad de expresi¨®n y de la Monarqu¨ªa democr¨¢tica, es decir, por luchar en favor de un Estado de Derecho que ha hecho posibles las anteriores reparaciones. Por esto, la raz¨®n insinuada oficiosamente de que la decisi¨®n del Gobierno, como pido de ti, encontrar¨ªa resistencia por parte de los partidos de la oposici¨®n est¨¢ completamente infundada, pues es inconcebible pensar que exista objeci¨®n alguna por quienes mostraron siempre su solidaridad con la causa del diario Madrid, que es la de la libertad de expresi¨®n sin la que resultan imposibles las libertades p¨²blicas.
Durante este largo contencioso, por tres veces la Audiencia de Madrid y otras dos el Tribunal Supremo, hicieron valer con sus sentencias el derecho del Madrid a continuar su vida independiente de los Gobiernos, de los grupos de presi¨®n y de los clanes pol¨ªticos. Mientras sigue su curso la ejecuci¨®n de la ¨²ltima sentencia con sus diversos incidentes procesales, tu Gobierno a¨²n puede, en una actuaci¨®n prevista por las leyes, acabar de una vez con tan largos pleitos y hacer posible de modo inmediato la reaparici¨®n del peri¨®dico, que se producir¨¢, en todo caso, con la decisi¨®n final de la justicia.
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