Reguladas las ayudas para ense?anzas no universitarias en centros privados
Las ayudas para la ense?anza no universitaria durante el curso 1982-1983, en centros privados no subvencionados ni gratuitos, se elevan a 60.000 pesetas la beca completa y 30.000 la media beca, seg¨²n una orden que public¨® ayer el Bolet¨ªn Oficial del Estado.La disposici¨®n legal regula tambi¨¦n el r¨¦gimen de ayudas al estudio por otros conceptos. La subvenci¨®n para residencia, relacionada con los gastos que ocasione al estudiante la residencia fuera de su domicilio habitual, se eleva a 80.000 pesetas. Para desplazamiento diario desde el domicilio hasta el centro docente, la ayuda oscila entre las 10.000 pesetas para distancias comprendidas entre cinco y quince kil¨®metros hasta las 40.000 para distancias superiores a treinta kil¨®metros.
La ayuda para libros y otros gastos de escolaridad se establece en 3.000 pesetas en el caso de la Educaci¨®n General B¨¢sica; 6.000 para Bachillerato Unificado Polivalente y Curso de Orientaci¨®n Universitaria, y 8.000 para Formaci¨®n Profesional u otros estudios.
La concurrencia de varios conceptos en un mismo beneficiario se resolver¨¢ mediante ayudas conjuntas. Si coinciden residencia m¨¢s ense?anza, 110.000 pesetas; ense?anza m¨¢s desplazamiento, 70.000; residencia m¨¢s libros y otro material escolar, 83.000; ense?anza m¨¢s libros y otro material, 63.000, y desplazamiento m¨¢s libros y otro material, entre 13.000 y 43.000.
Las solicitudes para optar a estas ayudas deber¨¢n presentarse en impreso oficial en las direcciones provinciales del Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia o en los organismos correspondientes de las comunidades aut¨®nomas, entre el 15 de diciembre de 1982 y el 31 de enero de 1983. Finalizado este plazo, podr¨¢n presentarse solicitudes en caso de fallecimiento del cabeza de familia o en el de aquellos estudiantes cuya situaci¨®n econ¨®mica var¨ªe por sucesos catastr¨®ficos, especialmente agr¨ªcolas.
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