Campsa culmina sus estudios previos para la adaptacion del monopolio comercial de petr¨®leo a la normativa de la CEE
El nuevo equipo directivo de la Compa?¨ªa Arrendataria del Monopolio de Petr¨®leos, SA (Campsa), tiene previsto abrir en fecha pr¨®xima un proceso de intercambio de ideas con los intereses privados nacionales del sector energ¨¦tico para, de acuerdo con los deseos gubernamentales, ir perfilando las distintas alternativas que existen para la obligada desmonopolizaci¨®n en la distribuci¨®n y comercializaci¨®n de los productos petrol¨ªferos carburantes. El objetivo rinal de estas consultas entre Campsa y el sector privado nacional es proponer al Gobierno, incluso antes de que termine el a?o en curso, alternativas concretas para adecuar la estructura empresarial y comercial de la Compa?¨ªa Arrendataria del Monopolio a las exigencias de libre competencia que plantear¨¢ la eventual entrada de Espa?a en las Comunidades Europeas.
Aunque no existen ideas preconcebidas ni f¨®rmulas ya elaboradas sobre el tipo de alternativas que deben considerarse en las conversaciones, est¨¢ claro que las soluciones propuestas tendr¨¢n que cumplir los requisitos pol¨ªticos marcados por el programa gubernamental esbozado por el presidente del Gobierno, Felipe Gonz¨¢lez, en su discurso de investidura, y que, en todo caso, exigir¨¢n la modificaci¨®n por ley de la actual normativa jur¨ªdica que regula el monopolio comercial y fiscal de Campsa.Por ahora, sin embargo, parece cierto, seg¨²n han apuntado a este peri¨®dico fuentes solventes, que no se trata de modificar el papel de monopolio fiscal que desempe?a Campsa como organismo recaudador de la renta y fiscalidad de los productos petrol¨ªferos -lo que no ser¨¢ necesario hasta que haya culminado el per¨ªodo transitorio de adaptaci¨®n de Espa?a a la CEE-, sino de adaptar las funciones que Campsa, como empresa arrendataria del monopolio, tiene en la distribuci¨®n y comercializaci¨®n de los productos carburantes derivados del petr¨®leo.
A este respecto, el nuevo presidente de Campsa, Jos¨¦ Mar¨ªa Amus¨¢tegui, expres¨® ante los accionistas de -la sociedad, en su discurso de aceptaci¨®n del cargo, su firme intenci¨®n de preservar "el papel clave" que la primera empresa del pa¨ªs (por facturaci¨®n) puede desempe?ar en la necesaria reordenaci¨®n del sector energ¨¦tico. "La Campsa", manifest¨® Amus¨¢tegui ante los accionistas p¨²blicos y privados de la compa?¨ªa, "es, ante todo y afortundamente, una empresa ( ... ), una realidad distinta del monopolio, capaz de sobrevivirle, en el caso de que aqu¨¦l llegase a desaparecer".
Exigencias comunitarias
La necesidad de adecuar la estructura empresarial de Campsa a las exigencias del art¨ªculo 37 del Tratado de Roma, que proh¨ªbe monopolios comerciales en el seno de la CEE, se ve, adem¨¢s, incrementada con la pol¨ªtica gubernamental, expresada por el presidente Gonz¨¢lez durante su investidura, de integrar la red primaria de distribuci¨®n de productos petrol¨ªferos carburantes, ahora bajo propiedad de la Direcci¨®n General del Patrimonio del Ministerio de Hacienda, en una empresa del INH. Este traspaso estaba ya contenido en el programa electoral socialista dentro de una estrategia de racionalizar el funcionamiento del sector p¨²blico energ¨¦tico por la v¨ªa de una centralizaci¨®n de su gesti¨®n.
La integraci¨®n de esta red en una empresa del INH, junto a la desaparici¨®n del monopolio comercial plantear¨¢ serios interrogantes para la distribuci¨®n de sus productos a las empresas privadas del sector, que hasta la fecha los ten¨ªa resueltos en virtud de la existencia de Campsa como gestora del monopolio.
Fuentes solventes del INH reconocen que estos problemas ser¨¢n, concretarnente, la cuesti¨®n fundamental de las negociaciones mixtas que se iniciar¨¢n en fecha breve, problemas que aunque complicados no parecen insalvabales.
A este respecto, cabe pensar en la pr¨®xima negociaci¨®n de un contrato de derecho privado entre la empresa que se haga cargo de la red primaria de distribuci¨®n (que puede ser Campsa u otra a crear dentro del INH) y las privadas que deseen tener acceso a ella. En dicho contrato se establecer¨¢ el r¨¦gimen de uso de la citada red, que bien puede guiarse por los sistemas utilizados por las distintas compa?¨ªas en Estados Unidos u otras f¨®rmulas en pr¨¢ctica en algunos pa¨ªses europeos. Est¨¢ por determinar la estructura accionarial de esta empresa, aunque el compromiso gubernamental parece limitarse a que sea de control p¨²blico.
El caso de las multinacionales
Caso muy distinto ser¨¢ el de las multinacionales del sector que quieran tener acceso a la red y a los mercados espa?oles. Aqu¨ª, otras fuentes familiarizadas con el tema hablan de la conveniencia del modelo franc¨¦s, donde, sin violar la legislaci¨®n comunitaria, se ha resuelto el problema mediante su reglamentaci¨®n en un contrato de derecho p¨²blico que, necesariamente, tendr¨¢ que nacer de la iniciativa del Gobierno.
Fuentes del sector se?alan, a este respecto, que el objetivo que debe propugnar esta instrumentaci¨®n legal es la preservaci¨®n de los l¨®gicos intereses del refino espa?ol, especialmente en unos momentos de grave crisis para el mismo en toda Europa, y evitar as¨ª la desleal competencia que supondr¨ªa, en un regimen mediatizado de compras de crudo como el que existe en Espa?a, la venta libre de cargamentos spot de productos petrol¨ªferos adquiridos a precios de saldo.
En el frente de las estaciones de servicio, las fuentes consultadas consideran fundamental el mantenimiento, en alguna forma, del actual r¨¦gimen de distancias que ha guiado la concesi¨®n de autorizaciones para instalarlas. Esta pol¨ªtica, ya presente en la CEE en el caso holand¨¦s, evitar¨ªa caer en el peligro franc¨¦s, donde la saturaci¨®n de puntos de venta convierte a muchos de ellos en antiecon¨®micos. La reglamentaci¨®n espa?ola, en cualquier caso, exigir¨ªa algunas modificaciones sobre la actual situaci¨®n jur¨ªdica.
La adaptaci¨®n del monopolio fiscal a la legislaci¨®n comunitaria, concretamente al art¨ªculo n¨²mero 90 del Tratado de Roma, exigir¨¢, por su lado, un proceso de negociaci¨®n con las autoridades comunitarias inseparable de las conversaciones globales. Fuentes familiarizadas con el tema, y que lo han estudiado en detalle a lo largo de los ¨²ltimos dos a?os, consideran que no ser¨¢ necesario modificar este monopolio por el momento, y que incluso podr¨¢ mantenerse hasta una vez terminado el proceso de adaptaci¨®n de la econom¨ªa espa?ola a la Comunidad Europea.
En todo caso, apuntan, la adapataci¨®n depender¨¢ de la previa modificaci¨®n de los criterios impositivos que existen sobre los carburantes. La paulatina desaparici¨®n de la llamada renta del petr¨®leo en aras de una mayor fiscalidad pura facilita, en opini¨®n de las fuentes consultadas, la b¨²squeda de una soluci¨®n se sencilla estructuraci¨®n.
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