El salario m¨ªnimo, las cotizaciones a la Seguridad Social y las pensiones
EL ULTIMO Consejo de Ministros, adem¨¢s de proceder a un aumento lineal de las pensiones, ha adoptado un conjunto de medidas, referentes a la elevaci¨®n del salario m¨ªnimo y de las cotizaciones a la Seguridad Social, que no contradicen la l¨ªnea de excesiva prudencia de la pol¨ªtica econ¨®mica gubernamental ni justifican la alarma o el esc¨¢ndalo de los empresarios, sino m¨¢s bien la preocupaci¨®n de los sindicatos. Descartada cualquier perspectiva a corto plazo de crecimiento de la producci¨®n, las medidas no tendr¨¢n efectos favorables sobre el aumento del empleo y la agilizaci¨®n del mercado de trabajo.La elevaci¨®n del salario m¨ªnimo ha sido una constante de la pol¨ªtica social espa?ola desde la ¨¦poca del anterior r¨¦gimen. En un pa¨ªs como Alemania, gobernado por la socialdemocracia durante muchos a?os, no existe, sin embargo, ese tope inferior de las rentas de trabajo. La oposici¨®n a la indiciaci¨®n del salario m¨ªnimo respecto, al incremento del coste de la vida no es patrimonio de la derecha econ¨®mica cuando tales cr¨ªticas se basan en las. negativas repercusiones del procedimiento sobre el incremento del empleo, especialmente de los j¨®venes a la b¨²squeda del primer puesto de trabajo. Algunos estudios recientes se?alan que el salario m¨ªnimo, al situar fuera del mercado laboral a un colectivo importante de trabajadores potenciales poco cualificados, constituye una de las grandes rigideces del mercado del trabajo.
El Consejo de Ministros ha procedido tambi¨¦n a una serie de arreglos y ajustes al alza en las cotizaciones a la Seguridad Social. Debido a las dificultades para conocer con exactitud las remuneraciones reales de los empleados y trabajadores, nuestro procedimiento recaudatorio fija unas bases tarifadas sobre las que se establecen las cotizaciones. La Seguridad Social opera as¨ª sobre unos sueldos y salarios convencionales que constituyen, a efectos legales, la base utilizada para el c¨®mputo de la cotizaci¨®n, pero que no coinciden siempre con los ingresos efectivos de los trabajadores y empleados. La elevaci¨®n de esas bases convencionales implica, aunque no se modifiquen los tipos, un incremento de que recaudaci¨®n.
El argumento esgrimido por el Gobierno para poner en marcha este complicado mecanismo de ajustes es que el n¨²mero, de trabajadores con bases m¨¢ximas es mayor en las grandes empresas o en aquellas mejor pertrechadas con equipo capital. En las peque?as y medianas empresas, las n¨®minas ocupan un espacio mucho mayor en el total de los gastos. En definitiva, el Gobierno trata de evitar las repercusiones excesivas del alza de las cotizaciones en aquellas sociedades en las que el factor trabajo represente una carga m¨¢s elevada-dentro de la estructura de costes. De esta forma, la medida repercutir¨¢ m¨¢s suavente sobre los empleados de las peque?as y medianas empresas. Desde el punto de vista de la ocupaci¨®n, por lo dem¨¢s, cualquier incremento de la Seguridad Social, y en consecuencia del coste del factor trabajo, resultar¨¢ desfavorable, por peque?o que sea, para la creaci¨®n de empleo.
El ministro de Trabajo y Seguridad Social calcula que el conjunto de todas estas complejas operaciones significar¨¢ un aumento muy modesto de las cotizaciones medias, que pasar¨ªan del 38,6% al 38,7% de la masa salarial, del conjunto de las n¨®minas que cotizan a la Seguridad Social. No se incluyen en estos c¨®mputos las repercusiones de las alzas en las horas extraordinarias. El aumento, seg¨²n el Gobierno, ser¨¢ m¨¢s bien simb¨®lico, sobre todo ante las previsiones de un incremento sustancial del paro en los pr¨®ximos meses, que repercutir¨¢ directamente en el d¨¦ficit de la Seguridad Social en 1983. Hay que se?alar, sin embargo, que las estimaciones de esta naturaleza realizadas en el pasado demostraron casi siempre un alto grado de imprecisi¨®n, ya que los cotejos a posterior pon¨ªan generalmente de manifiesto que la recaudaci¨®n efectiva de las cotizaciones no confirmaba las previsiones iniciales. La raz¨®n de esos sistem¨¢ticos errores de c¨¢lculo es que los directivos de la Seguridad Social no disponen de una informaci¨®n fiable sobre la estructura de las n¨®minas de las empresas sobre las que operan sus c¨®mputos.
El incremento lineal de las pensiones ser¨¢ criticado por quienes argumenten que las cotizaciones satisfechas a lo largo de la vida laboral de una persona deben garantizarle que el nivel de prestaciones conseguido en el momento de su jubilaci¨®n se corresponda con el mayor o menor nivel de sus pagos a la Seguridad Social. De aceptarse ese planteamiento, resultar¨ªa evidente que los incrementos lineales ser¨ªan injustos, ya que la ¨²nica manera de mantener la adecuaci¨®n entre las anteriores cotizaciones y las prestaciones es la elevaci¨®n proporcional de estas ¨²ltimas. Ahora bien, en el supuesto de que la cotizaci¨®n fuera considerada como un impuesto, es decir, no como una capitalizaci¨®n, y las prestaciones se definieran como una contrapartida del impuesto, en el mismo concepto que la educaci¨®n o la utilizaci¨®n de las carreteras, no existir¨ªan argumentos en favor de las pensiones muy desiguales.
La subida lineal de las pensiones es una innovaci¨®n casi revolucionaria en el sistema de prestaciones. Cabe suponer que el Gobierno se propone garantizar unas prestaciones m¨ªnimas, de forma tal que la obtenci¨®n de prestaciones complementarias exija en el futuro el establecimiento de sistemas de capitalizaci¨®n voluntarios.
Este tipo de f¨®rmulas existe en otros pa¨ªses y ha demostrado ser muy favorable para el crecimiento del ahorro.
Si la pol¨ªtica de pensiones prosiguiera en esta misma l¨ªnea, podr¨ªa ser una fuente de importantes econom¨ªas para la Seguridad Social. Ahora bien, esta estrategia deber¨ªa ser complementada con un rastreo eficaz de los abundant¨ªsimos casos de pensiones m¨²ltiples que encarecen el cap¨ªtulo. Quiz¨¢ esa decisi¨®n fuera fiscalmente m¨¢s equitativa que la medida de excluir del complemento de las prestaciones m¨ªnimas a los pensionistas que obtengan ingresos procedentes de rentas de capital, es decir, de unas acciones de Telef¨®nica o de empresas el¨¦ctricas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Cotizaci¨®n Seguridad Social
- Opini¨®n
- Consejo de Ministros
- II Legislatura Espa?a
- MTSS
- Pensiones
- Gobierno de Espa?a
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Presidencia Gobierno
- Prestaciones
- PSOE
- Legislaturas pol¨ªticas
- Salarios
- Ministerios
- Seguridad Social
- Gobierno
- Administraci¨®n Estado
- Condiciones trabajo
- Espa?a
- Partidos pol¨ªticos
- Pol¨ªtica laboral
- Administraci¨®n p¨²blica
- Econom¨ªa
- Trabajo
- Pol¨ªtica