El aumento de retenciones en el impuesto sobre la renta significar¨ªa adelantar al Estado 60.000 millones de pesetas
Entre 50.000 y 60.000 millones de pesetas podr¨ªa estimarse el incremento de anticipos de los contribuyentes al Estado por el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF), seg¨²n estimaciones de expertos fiscales, si hubiera entrado en vigor la tabla de retenciones que iba a ser estudiada en el ¨²ltimo Consejo de Ministros y que fue retirada a ¨²ltima hora por el ministro de Econom¨ªa y Hacienda, Miguel Boyer. Al mismo tiempo, este departamento estudia una modificaci¨®n al alza de las escalas del impuesto en cuesti¨®n. Este anticipo, al precio actual del dinero, hubiera supuesto tambi¨¦n importantes ingresos adicionales para Hacienda por concepto de intereses, al poder disponer de un cuantioso cr¨¦dito de los contribuyentes -a muchos de los cuales habr¨¢ de devolv¨¦rseles, una parte una vez concluido el ejercicio fiscal- sin retribuci¨®n.
Al margen de estas estimaciones, realizadas por extrapolaci¨®n en base al importe total de las retenciones en a?os precedentes y a la distribuci¨®n de cuotas del IRPF por tramos de renta de anteriores ejercicios (¨²nica forma de realizar estos c¨¢lculos, dada la ,absoluta falta de datos oficiales), los citados expertos fiscales no descartan una pr¨®xima revisi¨®n al alza de las escalas del citado impuesto.De hecho, Miguel Boyer, titular de Hacienda y Econom¨ªa, anunci¨® ante un Pleno de las Cortes que la presi¨®n fiscal en 1983 aumentar¨ªa un punto, y las modificaciones tributarias de diciembre no parecen alcanzar tal magnitud. El Gobierno, por otra parte, est¨¢ estudiando una modificaci¨®n al alza de las escalas del IRPF, que podr¨ªa incluir en la ley de Presupuestos para 1983, y el PSOE ha denunciado en reiteradas ocasiones las deficiencias de la actual escala en los tramos de renta medios-altos y altos.
Falta de coherencia
Los criterios con que se hab¨ªa elaborado la tabla de retenciones en cuesti¨®n no parecen muy coherentes, a juicio de los expertos consultados, con la filosofia expresada semanas antes por el Gobierno, al presentar las modificaciones tributarias del decreto de 29 de diciembre sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria. Entonces se dijo del IRPF -bas¨¢ndose en el aumento de las deducciones por matrimonio e hijos- que se aumentaba la protecci¨®n a la familia. Ahora, en la nueva tabla, hay una cierta penalizaci¨®n -a veces caprichosa (en algunos tramos sube la retenci¨®n por el noveno hijo y por el und¨¦cimo hijo, pero no por el d¨¦cimo)- hacia las condiciones familiares.
Los citados expertos no entran en la, conveniencia o no de un tratamiento fiscal privilegiado en funci¨®n del n¨²mero de hijos, ya que en muchos pa¨ªses no existe tal discriminaci¨®n, pero insisten en la incoherencia entre la filosof¨ªa expresada en el decreto de diciembre y la que revela la nueva tabla de retenciones.
Los incrementos de las retenciones en los t¨¦rminos expresados en la tabla adjuntano cabr¨ªa englobarlos en cuatro grandes grupos de rendimientos anuales: primero, hasta 450.000 pesetas; segundo, de 450.000 pesetas a un mill¨®n; tercero, m¨¢s de un mill¨®n y menos de cuatro, y cuarto, m¨¢s de cuatro millones.
- Hasta 450.000 pesetas de rendimiento anual no ha habido incremento alguno sobre las retenciones vigentes en el' IRPF
- M¨¢s de 450.000 pesetas de rendimiento anual significan, con la nueva tabla, distintos incrementos en la retenci¨®n por hijos, pero no para solteros y casados. As¨ª, aumenta un punto de retenci¨®n por el segundo hijo para el contribuyente con m¨¢s de 450.000 pesetas y menos de 500.000 de rendimiento anual. Para quien supere las 500.000 y no alcance las 550.000 pesetas, el aumento de un punto de retenci¨®n se sit¨²a en el tercer hijo. Sin embargo, quien tenga rendimientos superiores a 550.000 y no supere las 650.000 pesetas no sufre incremento sobre sus retenciones actuales. Quien supere las 650.000 y no llegue a las 700.000 pesetas ver¨¢ incrementada en un punto la retenci¨®n por su quinto hijo; quien no alcance las 750.000 pesetas tendr¨¢, por primera vez, retenci¨®n por su sexto hijo, y quien supere esta cifra, pero no alcance las 800.000 pesetas, ver¨¢ incrementada en un punto la retenci¨®n que se le hac¨ªa por su sexto hijo y se le retendr¨¢ por primera vez por el s¨¦ptimo Para quien supere las 800.000 pesetas y no rebase las 900.000, las retenciones se le in¨¦rementan en un punto para los hijos sexto y s¨¦ptimo, y se le retiene por primera vez por el octavo. Quien supere esta cantidad y no llegueal mill¨®n de rendimiento anual ver¨¢ incrementada en un punto la retenci¨®n por el octavo hijo y le retienen, por primera vez, por el noveno y el d¨¦cimo.
- M¨¢s de un mill¨®n de rendimiento anual y menos de cuatro suponen, con la nueva tabla, un incremento de un punto sobre las retenciones actuales, independientemente de la situaci¨®n familiar del contribuyente, aunque desaparecen en todos los casos las retenciones actuales por los hijos duod¨¦cimo, decimotercero y decimocuarto.
- M¨¢s de cuatro millones de rendimiento anual y menos de ocho suponen, con la nueva tabla, fuertes incrementos progresivos (hasta ahora, a partir de cuatro millones todos los contribuyentes ten¨ªan una retenci¨®n del 23%). La nueva tabla eleva en un punto la retenci¨®n por cada tramo de 500.000 pesetas entre los cuatro millones y los seis millones. Y en un punto m¨¢s, por tramos de mill¨®n de pesetas, entre los seis millones y los ocho millones de rendimiento. De este modo, el contribuyente con rendimientos de ocho millones ve incrementada su retenci¨®n desde un 23% hasta un 30%.
- M¨¢s de ocho millones de rendimiento anual, cualquieraue sea la cifra final, tendr¨¢n retenciones del 30%.
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