Admitido a tr¨¢mite el recurso de s¨²plica, sobre la ley de elecciones locales
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite el recurso de s¨²plica remitido el s¨¢bado pasado por los grupos Popular y Minor¨ªa Catalana para que quede sin efecto la providencia de aqu¨¦l en la que se rechaza el recurso previo de inconstitucionalidad presentado d¨ªas antes por los mismos grupos contra la ley org¨¢nica que reforma diversos art¨ªculos de la ley de elecciones locales. La aceptaci¨®n a tr¨¢mite del recurso de s¨²plica no implica que el Tribunal Constitucional vaya a pronunciarse favorablemente sobre el mismo. Ello significar¨ªa revisar su decisi¨®n de no aceptar el recurso previo y crear¨ªa un serio conflicto al Gobierno, que ayer aprob¨® el decreto de convocatoria de elecciones locales.
Con fecha del d¨ªa 8, el Tribunal Constitucional remiti¨® a Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Gallard¨®n y a Josep Maria Tr¨ªas de Bes, recurrentes por parte del Grupo Popular y Minor¨ªa Catalana una comunicaci¨®n, que fue recibida ayer, en la que se se?ala que el Pleno del alto Tribunal "ha acordado tener por planteado en tiempo y forma el recurso de s¨²plica interpuesto contra la providencia del 4 del actual, y dar traslado de dicho recurso por plazo com¨²n de tres d¨ªas al Congreso de los Diputados y al Senado por conducto de sus presidentes, y al Gobierno, por conducto del ministro de Justicia, para que en el indicado plazo de tres d¨ªas, y a trav¨¦s de su representaci¨®n, puedan alegar lo que consideren oportuno, y transcurrido ese plazo, d¨¦se cuenta".La admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso previo no prejuzga la decisi¨®n favorable o contraria al mismo del Tribunal Constitucional, que debe pronunciarse antes de que concluya esta semana. En caso de que la resoluci¨®n sea favorable ello implicar¨ªa que el Tribunal revisa su acuerdo de no aceptar a tr¨¢mite el recurso previo, que seguir¨ªa as¨ª su curso.
Decisi¨®n conflictiva
Se plantear¨ªa de esta forma un conflicto serio, dado que la aceptaci¨®n a tr¨¢mite del recurso previo supone la suspensi¨®n de la aplicaci¨®n de la ley, una ley que como en el caso de la que reforma la antigua de las elecciones locales, ha sido publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado y ha producido efectos nada despreciables, como es la convocatoria de elecciones locales para el d¨ªa 8 de mayo, tomando como base la nueva norma legal.Fuentes jur¨ªdicas consultadas por este peri¨®dico se?alaron que en el caso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie favorablemente sobre el recurso de s¨²plica y admita, por tanto, el recurso previo, podr¨ªa perfectamente no suspender la aplicaci¨®n de la ley por entender que la misma ha sido publicada en el BOE y ha producido ya efectos. No obstante, seg¨²n las mismas fuentes, tambi¨¦n podr¨ªa acordar la suspensi¨®n de la nueva ley, lo que autom¨¢ticamente provocar¨ªa la suspensi¨®n de la convocatoria de elecciones.
La decisi¨®n del Tribunal Constitucional de admitir a tr¨¢mite el recurso de s¨²plica de los grupos Popular y Minor¨ªa Catalana no ha sorprendido ni al Gobierno, que lo esperaba, ni a los recurrentes, que mostraban ayer su satisfacci¨®n, si bien se negaban a hacer m¨¢s valoraciones hasta tanto el alto tribunal no resuelva sobre el mencionado recurso.
Josep Maria Tr¨ªas de Bes manifest¨® a este peri¨®dico que en el caso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie en contra del recurso de s¨²plica, "no abandonaremos nuestra postura de rechazo a la ley y plantearemos un recurso de inconstitucionalidad normal". Para presentarlo tendr¨ªan el grupo Popular y la Minor¨ªa Catalana un plazo m¨¢ximo de tres meses.
En el caso en que el Tribunal Constitucional se pronunciara en contra del recurso de s¨²plica se ver¨¢ obligado, en esta ocasi¨®n, a argumentar las razones del rechazo, en su d¨ªa, del recurso previo.
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