La Guardia Civil, ¨²nica fuerza de seguridad con car¨¢cter militar
Real Cuerpo de Polic¨ªa ser¨¢ la denominaci¨®n de la polic¨ªa espa?ola, resultado de la fusi¨®n de los actuales cuerpos Superior y de Polic¨ªa Nacional, seg¨²n el anteproyecto de ley org¨¢nica de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, cuyo contenido fue difundido ayer por la agencia Efe. El Gobierno trabaja a¨²n sobre este borrador, ya que hasta junio no ser¨¢ enviado a las Cortes el proyecto de ley.
Los cuerpos de seguridad del Estado, seg¨²n el borrador, ser¨¢n el Real Cuerpo de Polic¨ªa y la Guardia Civil. El anteproyecto define como cuerpo militar a la Guardia Civil, cuyos miembros no podr¨¢n sindicarse, mientras s¨ª podr¨¢n hacerlo los del cuerpo de polic¨ªa, que tiene car¨¢cter civil. La administraci¨®n de la seguridad ciudadana corresponde al ministro del Interior, y el mando ser¨¢ ejercido por el director de la Seguridad del Estado, del que depender¨¢n directamente las direcciones generales de Polic¨ªa y Guardia Civil.En cada provincia, el mando corresponder¨¢ al gobernador civil. Se crea una Junta Nacional de Seguridad, integrada por el ministro del Interior, el director de la Seguridad del Estado, los de cada cuerpo y un abogado del Estado. Al Real Cuerpo de Polic¨ªa se le asignar¨¢n las capitales de provincia y otras poblaciones e instalaciones que determine el Gobierno, y a la Guardia Civil, el resto del territorio, y espec¨ªficamente la custodia de costas, fronteras, aeropuertos e instalaciones que por su inter¨¦s lo requieran, as¨ª como resguardo fiscal del Estado, vigilancia exterior de prisiones y conducci¨®n de presos.
La misi¨®n de los cuerpos de seguridad del Estado es "proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades", "garantizar la seguridad ciudadana" y cooperar a la defensa del ordenamiento constitucional. La actuaci¨®n de los cuerpos de seguridad se regir¨¢ por un, c¨®digo deontol¨®gico que el Ministerio del Interior determinar¨¢ por decreto, inspirado en la doctrina del Consejo de Europa. En caso de conflicto de competencias entre los dos cuerpos, el de polic¨ªa "se har¨¢ cargo del servicio o situaci¨®n de que se trate", hasta que resuelva el ministro del Interior o, en su caso, el gobernador civil.
Escalas
El Real Cuerpo de Polic¨ªa es de naturaleza civil, con estructura y organizaci¨®n jerarquizadas, y constar¨¢ de una escala operativa y otra de apoyo t¨¦cnico. La operativa se subdivide en escala de mando (comisario principal y comisario), ejecutiva (subcomisario oficial jefe e inspector oficial) y b¨¢sica (subinspector, sargento y polic¨ªa). En la escala de apoyo se relacionan las escalas facultativa y de diplomados. Para el ingreso en la escala ejecutiva es necesario el t¨ªtulo de diplomado universitario, y para la b¨¢sica, el de bachillerato o equivalente.La Guardia Civil se define como un cuerpo militar integrado en el Ej¨¦rcito de Tierra, que en tiempo de paz depende del Ministerio del Interior en cuanto a servicio, personal y destinos, y del de Defensa en lo relativo a organizaci¨®n interna, disciplina, servicio militar y cumplimiento de todas aquellas misiones de la defensa que se le asignen.
Cada comunidad aut¨®noma podr¨¢ crear su propio cuerpo de polic¨ªa, de car¨¢cter civil y estructurado en un cuerpo ¨²nico. La coordinaci¨®n se realizar¨¢ en cada comunidad a trav¨¦s de una junta de seguridad. El Gobierno central podr¨¢ ordenar que los cuerpos estatales intervengan en funciones atribuidas a los auton¨®micos, cuando sean requeridos por el Ejecutivo aut¨®nomo, y cuando considere comprometido el inter¨¦s del
Estado, con la aprobaci¨®n de la junta de seguridad.
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