Cuatro a?os del Parlamento de Navarra (23 de abril de 1979 - 23 de abril de 1983)
La actividad desarrollada por el Parlamento foral de Navarra durante los ¨²ltimos cuatro a?os ha sido positiva, en opini¨®n del autor de este art¨ªculo. El dirigente socialista estima que la C¨¢mara ha servido para polarizar la vida pol¨ªtica de la regi¨®n y Eta puesto en marcha normas de gran trascendencia.
Navarra fue hasta 1512 un Estado soberano que se gobernaba por su dinast¨ªa privada. La incorporaci¨®n a la Corona de Castilla, hecha en Cortes de Burgos de 11 de junio de 1515, se lleva a cabo "guardando los Fueros y costumbres d¨¦ dicho Reino".Por esta incorporaci¨®n, que s¨®lo implica una uni¨®n de Estados soberanos, queda Navarra "reino de por s¨ª", "distinto en territorio, jurisdicci¨®n y leyes", siendo una uni¨®n "eque principal". Los reyes y pr¨ªncipes se juran con independencia de Castilla, y la numeraci¨®n de los mismos es distinta en cada pa¨ªs hasta Isabel II, a la que se proclama en Pamplona como Isabel I de Navarra.
Las Cortes legislan con el Rey. Las leyes, las disposiciones generales a manera de. ley y las ordenanzas decisivas no se hacen sino a pedimento y con voluntad, consentimiento y otorgamiento de los tres Estados. Y no se trata en ellas de concesi¨®n de servicio mientras no se reparen los contrafueros o agravios que presenta el Reino.
Los concurrentes a Cortes no pueden ser encarcelados ni arrestados por causa ninguna por todo el tiempo que estuvieran en ellas. Las Cortes deben reunirse, a m¨¢s tardar, de tres en tres a?os, excepto si el plazo estuviere prorrogado por las ¨²ltimas celebradas. Si elRey no las convocara a tiempo, la Diputaci¨®n Permanente se lo hace presente. El Rey abre y cierra las sesiones en persona o por medio del virrey. Los tres Estados no pueden deliberar en presencia de uno o de otro.
Desde finales del siglo XVIII hasta 1841 son muchas las actuaciones de la Corte centralista que intentan terminar con el r¨¦gimen pol¨ªtico de Navarra, en buena parte insostenible ya en el mundo contempor¨¢neo. El intento es ya una agresi¨®n entre los a?os 1833 y 1841, complicado todo por la guerra carlista, en la que Navarra se juega su pasado y su porvenir.
Tras el Convenio de Vergara, los liberales navarros, que aborrecen m¨¢s que nadie al antiguo r¨¦gimen, se avienen f¨¢cilmente -demasiado f¨¢cilmente, porque confunden las instituciones con su mal uso- con,el Gobierno liberal de Madrid, y la Ley de 16 de agosto de 1841 se aprueba c¨®modamente por las dos C¨¢maras, sobre las bases anteriomente convenidas por las Comisiones de Navarra y de la Administraci¨®n del Estado.
Situaciones an¨®rnallas
Aunque entonces nadie parece juzgar compatible las Cortes Generales y un Parlamento regional, no se excluye, sin embargo, la Administraci¨®n aut¨®noma. La Ley de 1841 as¨ª lo confirm¨®. Pero la mayor¨ªa del pueblo navarro no qued¨® satisfecha con la Ley Paccionada. Se salv¨® lo que se pudo, pero nada m¨¢s. La llamada reintegraci¨®n foral, aun explicada de muy diversas maneras, ha sido una reivindicaci¨®n casi un¨¢nime de nuestro pueblo. Una instituci¨®n legislativa fue siempre el primer objetivo.Al desaparecer las Cortes, la Diputaci¨®n Foral hubo de asumir funciones legislativas para el desarrollo, y hasta la supervivencia, de su autonom¨ªa; situaci¨®n an¨®mala o at¨ªpica, como at¨ªpicos fueron el pacto de 1841 y la situaci¨®n global de Navarra dentro de un Estado tan unitario como ha sido el nuestro. Los intenios de la Diputaci¨®n Foral de 1898 para sustituir,de alguna forma la C¨¢mara legisilativa por un Consejo administrativo, compuesto por los mayores contribuyentes o por ex diputados forales con ciertas atribuciones en el sector de las competencias econ¨®micas y administrativas no fueron muy felices, pero marcaron un primer paso.
El Consejo fue potenciado por un decreto-ley paccionado, de 4 de noviembre de 1925, en sus facultades en materia municipal, y compuesto desde entonces mayoritariamente por representantes de los municipios navarros.
No se lleg¨® a nada nuevo concreto durante la II Rep¨²blica, y las cosas siguieron como estaban, a pesar de los esfuerzos llevados a cabo por aprobar uno u otro Estatuto de autonom¨ªa.
Hubo que esperar a 1979, cuando la Constituci¨®n democr¨¢tica ya aprobada y la necesidad de coordinarla con las instituciones riavarras exigieron el Real Decreto pactado 121 / 1979, de 26 de enero, que constituy¨® la base jur¨ªdica del nuevo Parlamento Foral. El acuerdo, que formaliza el real decreto citado, establece como ¨®rgano foral -competente el Parlamento de Navarra, elegido por sufragio universal a trav¨¦s de las Merindades hist¨®ricas, para decidir en el "contencioso Navarra-Euskad?Asume adem¨¢s las competencias y atribuciones que hasta ahora ejerc¨ªa el Consejo Foral, as¨ª como las de aprobar las propuestas que debe formularle la Diputaci¨®n sobre las cuestiones que afecten a la integridad, garant¨ªa y desarrollo del r¨¦gimen foral y a la principal actividad econ¨®mica y fiscal de Navarra.
El Parlamento Foral tendr¨¢ tambi¨¦n como tarea primordial preparar, junto con la Diputaci¨®n, el futuro de las instituciones pol¨ªticas de Navarra.Cuatro a?os de experiencia
En estos cuatro a?os hemos tenido de todo: abandonos, ausencias colectivas, detenciones y encarcelamientos, algaradas, encierros en el mismo Parlamento, escisiones de grupos, suspensiones de plenos, expulsiones de parlamentarios ... Pero, sobre todo, hemos trabajado de lo lindo d¨ªa tras d¨ªa, semana tras semana, mes tras mes.
Desde el 23 de abril de 1979 hasta hoy, el Parlamento de Navarra se ha reunido en 41 sesiones plenarias, con 56 d¨ªas de debate. La Mesa ha tenido 178 sesiones, 116 de ellas en compa?¨ªa de la Junta de Portavoces. El Pleno aprob¨® 75 leyes. Algunas tan importantes como la ley presupuestaria; la de la C¨¢mara de Comptos, que dio origen a este Tribunal, el primero en Espa?a; la de la Reforma de las Haciendas Municipales o la de la Funci¨®n P¨²blica; la ley del Gobierno y Administraci¨®n de Navarra, etc¨¦tera.
El Parlamento de Navarra ha conseguido clarificar nuestra oscura y laber¨ªntica vida pol¨ªtica, polariz¨¢ndola en torno a ¨¦l; nos ha reconciliado democr¨¢ticamentecon nuestra historia, cultiv¨¢ndonos la conciencia del pueblo que hemos sido, somos y, sobre todo, podemos ser; nos ha hecho posible y apetecible el diario ejercicio democr¨¢tico que ninguno de nosotros conoc¨ªa.
El 15 de marzo de 1982 el Parlamento Foral aprob¨®, en sesi¨®n verdaderamente extraordinaria y solemne, el texto negociado y pactado sobre Reintegraci¨®n y Amejoramiento del R¨¦gimen Foral de Navarra. Desde la solicitud a la Diputaci¨®n de un proyecto de bases hasta1a aprobaci¨®n de este texto definitivo, ¨¦sta ha sido la obra principal del Parlamento: dentro de un mes, Navarra tendr¨¢ un Gobierno y un Parlamento hechos y derechos, con todas las competencias y facultades en regla. Aunque s¨®lo sea por ello, merec¨ªa la pena su existencia.
Pero nuestra obra no s¨®lo ha sido legisladora e impulsora-controladora de nuestro ¨®rgano ejecutivo, que es la Diputaci¨®n Foral. El Parlamento ha sido, como debe ser, el centro pol¨ªtico de Navarra durante estos cuatro a?os. A la Presidencia, a la Mesa, a las Comisiones y al Pleno han llegado todos los problemas, necesidades, inquietudes y esperanzas de los navarros.
Dentro y fuera de Navarra hemos hecho un gran esfuerzo por hacer conocer esta primera instituci¨®n democr¨¢tica: a trav¨¦s de visitas a los ayuntamientos y concejos, y a otros Parlamentos y comunidades aut¨®nomas; por medio de publicaciones propias; encuentros con representantes de entidades culturales y profesionales; visitas de hombres de Estado y pol¨ªticos de otros pueblos de Espa?a.
Contra viento y marea de quienes acosan cada d¨ªa nuestras instituciones porque quieren convertirlas en a?icos o uncirlas a la comunidad aut¨®noma vasca; frente a todas las dificultades, externas o internas, y a nuestros propios errores, que siempre hemos sabido superar, el Parlamento de Navarra, cabeza y coraz¨®n de nuestro sistema democr¨¢tico parlamentario y foral, est¨¢ en pie y goza de buena salud.
Victor Manuel Arbeola es presidente de laComisi¨®n Permanente del Parlamento de Navarra.
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