La Generalitat recurre al Tribunal Supremo ante las trabas para contratar funcionarios
El Consell Executiu de la Generalitat ha dado orden a sus servicios jur¨ªdicos para que recurran las sentencias de la Audiencia Territorial de Barcelona que anulan las convocatorias a diversas plazas de jefes de servicio, secci¨®n y negociado de la Generalitat. El Gobierno catal¨¢n considera que las sentencias han dado m¨¢s importancia a la ley estatal que a la elaborada por el Parlamento. Dos nuevas sentencias de los 240 casos que han sido planteados se han dado ya a conocer.La Generalitat considera que las convocatorias para cubrir estas plazas se han ajustado a la ley auton¨®mica 4/1981 de Medidas Urgentes sobre la Funci¨®n P¨²blica y al decreto que reglamentaba parcialmente la ley.
Seg¨²n los art¨ªculos 1 y 5 de la ley de Medidas Urgentes, el cargo de jefe de servicio es de libre designaci¨®n entre el personal incorporado a la Generalitat -funcionarios traspasados provinientes de la Administraci¨®n central, perif¨¦rica o institucional- y entre el personal sujeto al derecho administrativo "incluyendo al personal que haya sido contratado en el mismo r¨¦gimen".
La ley de Medidas Urgentes fue recurrida por el Gobierno central ante el Tribunal Constitucional que, seg¨²n la Generalitat, "la declar¨® totalmente constitucional".
Fuentes de la Administraci¨®n central han se?alado a este diario que "lo que hizo el Tribunal Constitucional fue no impugnar ning¨²n art¨ªculo, pero se?al¨® la interpretaci¨®n que deb¨ªa darse a algunos de ellos para que fueran acordes con la Constituci¨®n". La Generalitat de Catalu?a ha recordado que la disposici¨®n transitoria segunda del Estatut dispone que la legislaci¨®n del Estado s¨®lo es de aplicaci¨®n mientras el Parlamento de Catalu?a, no haya legislado en las materias de su competencia, "y en este case es claro que se ha hecho uso de esta competencia al dictarse la ley 4/1981, que es de aplicaci¨®n preferente a cualquier norma estatal".
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