Piden que el Gobierno indemnice por una muerte causada por disparos de un polic¨ªa
El pr¨®ximo jueves, 30 de junio, ante la sala tercera del Tribunal Supremo, se plantear¨¢ la reclamaci¨®n de Pilar Torres Garc¨ªa y de sus siete hijos contra el Ministerio del Interior y la Administraci¨®n central del Estado, por considerar que son responsables de la conducta supuestamente imprudente de un polic¨ªa que el 8 de junio de 1974, en Barcelona, dispar¨® contra el marido de la demandante provoc¨¢ndole la muerte. Pilar Torres solicita una indemnizaci¨®n de 10 millones de pesetas.
La historia de este caso judicial se remonta al 8 de junio de 1974, cuando tres funcionarios de la Jefatura Superior de Polic¨ªa fueron comisionados a Badalona para proceder a la detenci¨®n de un hombre al que conoc¨ªan bajo el nombre de Pepe-Luis.Tras seis horas de vigilancia ante su domicilio, se desencadenaron unos confusos incidentes, que tuvieron como escenario la soledad de un descampado, a causa de los cuales falleci¨® Jos¨¦ Luis Herrero Ruiz, de un disparo en el coraz¨®n, que le hab¨ªa sido efectuado por la espalda a poco menos de un metro de distancia.
El 19 de junio, 11 d¨ªas despu¨¦s del suceso, el subinspector de segunda Sebasti¨¢n Trapote Guti¨¦rrez, autor de los disparos que provocaron la muerte del ciudadano, se presentaba ante el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 2 de Barcelona para explicar el suceso y asegurar que la muerte de Jos¨¦ Luis Herrero se produjo de manera accidental, cuando despu¨¦s de una carrera lograron detener al presunto delincuente y le estaban colocando las esposas. Asegur¨® el polic¨ªa que el detenido estaba de cara a la pared, mientras le estaban poniendo las esposas, cuando, de s¨²bito, se volvi¨® esgrimiendo en su mano una navaja. En ese instante, seg¨²n su propia declaraci¨®n, el polic¨ªa dispar¨® por efecto reflejo.
La versi¨®n, cuando menos, fue calificada de inveros¨ªmil por los familiares de la v¨ªctima, que consideraban que en el mejor de los casos se hab¨ªa cometido una negligencia profesional. Por ello decidieron poner el caso en manos de un abogado.
Indultado y sobrese¨ªdo
Las acciones judiciales emprendidas por los familiares de Jos¨¦ Luis Herrero ante los tribunales penales fueron sobrese¨ªdas el 6 de diciembre de 1977 por la Audiencia Provincial de Barcelona, al considerar que los hechos quedaban acogidos a los indultos de 1975 y 1977.Al abogado querellante le quedaba la posibilidad de plantear una demanda por la v¨ªa civil, demanda que qued¨® desestimada en una sentencia dictada el 25 de junio de 1980.
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 5 de Barcelona, al, desestimar la demanda del abogado reclamante, se?alaba que el caso era competencia del Tribunal Contencioso Administrativo. Aduc¨ªa como antecedentes m¨¢s pr¨®ximos las sentencias del 4 y 31 de octubre de 1981 en las que se contemplaban las reclamaciones planteadas por las muertes provocadas por los disparos de un polic¨ªa nacional y un guardia civil, respectivamente, resoluciones que hab¨ªan sido dictadas por la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.
En un intento de agotar la v¨ªa civil, y antes de emprender la contencioso-administrativa, el letrado Marc Viader Peric¨¢s ha decidido llevar el caso ante la sala de lo civil del Tribunal Supremo.
Cuando, el pr¨®ximo jueves el abogado plantee el caso ante los magistrados y reclame el derecho de ejercer la reclamaci¨®n, por la v¨ªa civil e insista en que se otorgue la indemnizaci¨®n de 10 millones, habr¨¢n pasado nueve a?os desde la muerte de aquel ciudadano, y C¨¦sar, su primog¨¦nito, contar¨¢ 18 a?os de edad.
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