Toda la oposici¨®n, partidaria de que la asistencia letrada al detenido sea m¨¢s eficaz de lo que pretende el PSOE
La autoridad judicial y los funcionarios que custodien al detenido o preso no tendr¨¢n obligaci¨®n de comunicar "de inmediato" al Colegio de Abogados el nombre del letrado elegido por el afectado para que le preste asistencia o la petici¨®n de que lo designe de oficio. ?ste fue uno de los acuerdos m¨¢s sonados adoptado ayer por la Comisi¨®n Constitucional del Congreso que dictamin¨® el proyecto de ley de Asistencia Letrada al Detenido. La obligaci¨®n citada, introducida un¨¢nimemente por la ponencia, fue suprimida con los ¨²nicos votos del PSOE, frente a toda la oposici¨®n, incluido el Grupo Popular, que vot¨® a favor de la comunicaci¨®n inmediata.
A trav¨¦s de esta votaci¨®n, las tensiones registradas hace meses a prop¨®sito de la regulaci¨®n de la asistencia letrada entre los ministerios de Justicia e Interior tuvieron ayer su reflejo parlamentario, y el PSOE dio su respaldo a la victoria obtenida por el departamento de Barrionuevo en esa pugna. Mientras tanto, los viejos aplausos de los diputados del Grupo Popular a este ministr¨® se trocaron ayer en votos a favor de un texto que figuraba en el inicial anteproyecto elaborado por el departamento de Fernando Ledesma, y se alinearon con los de centristas y minor¨ªas nacionalistas y con el representante de Euskadiko Ezkerra (EE), Juan Mar¨ªa Bandr¨¦s.Del texto aprobado por la ponencia, que hab¨ªa sustituido en el proyecto gubernamental la comunicaci¨®n al Colegio de Abogados "de forma fehaciente" por "de inmediato y en forma que permita su constancia", se suprimieron las palabras de inmediato, introducidas en ponencia en virtud de sendas enmiendas del PCE y del PNV.
Seg¨²n qued¨® de manifiesto en el debate, la raz¨®n del PSOE para propiciar esta modificaci¨®n es impedir que la asistencia letrada a los detenidos incomunicados, a los que tambi¨¦n ser¨¢ de aplicaci¨®n el p¨¢rrafo alterado -a los efectos de la designaci¨®n de abogado de oficio perjudique el objeto de la incomunicaci¨®n decretada judicialmente. "Si est¨¢ prevista legalmente, es para que surta efectos", se?al¨® Eduardo Mart¨ªn Toval. Bandr¨¦s contest¨® que el PSOE parece olvidar que el destinatario de esta ley es la polic¨ªa judicial, y que la supresi¨®n del t¨¦rmino "de inmediato" tendr¨¢ como consecuencia, que el abogado ser¨¢ llamado unas horas antes de la puesta en libertad del detenido, con lo que la asistencia letrada puede convertirse en ilusoria.
Los incomunicados, discriminados
Marcos Vizcaya consider¨® inconstitucional la discriminaci¨®n a que esta ley somete a los detenidos incomunicados, que se ven privados de la libre elecci¨®n de abogado, con lo que se les impide el consejo propio de un letrado de su confianza. Pablo Castellano contest¨® que el problema no reside en esta ley, sino en la que establece la incomunicaci¨®n. "El juez que decreta la incomunicaci¨®n ha de encontrar un punto de equilibrio entre la asistencia letrada y una incomunicaci¨®n eficaz para las investigaciones policiales", dijo el diputado socialista, quien a?adi¨®: "Tan importante como el derecho del detenido es el cumplimiento por la Administraci¨®n de la defensa de la sociedad; sin esas facultades, no se le pueden exigir responsabilidades".
Vizcaya insisti¨® en que la incomunicaci¨®n no tiene por qu¨¦ privar al detenido de la asistencia de abogado, y denunci¨® la desconfianza existente hacia estos profesionales, por creer que pueden ser veh¨ªculo de las actividades de sus defendidos. "El equilibrio que se pretende mantener es entre los ministerios de Justicia e Interior", afirm¨®. Bandr¨¦s reforz¨® esta posici¨®n, y asegur¨® que la iniciativa de privar a los incomunicados de la elecci¨®n de aboga ido "no proviene del Gobierno, sino de los reductos m¨¢s reaccionarios de un ministerio determinado".
Bandr¨¦s dijo que no hay ninguna raz¨®n constitucional para privar a nadie de la elecci¨®n de un profesional de confianza, aunque puedan establecerse limitaciones en la comunicaci¨®n con ¨¦l. "Se ha impuesto el criterio reaccionario", manifest¨®, airadamente. Castellano estim¨® apresurado el calificativo, y contest¨® que la posibilidad de ser asistido por un abogado, aunque sea de oficio, no es reaccionaria, sino progresiva, y record¨® que la Constituci¨®n garantiza la "asistencia de abogado", que la ley reconoce, y que su designaci¨®n no se deja a la polic¨ªa, sino al Colegio de Abogados.
Por lo dem¨¢s, el texto aprobado ayer -que reproducimos ¨ªntegramente- regula de modo satisfactorio para la mayor¨ªa de los grupos la casi total irrenunciabilidad del derecho de asistencia letrada y el papel relativamente activo del abogado en las diligencias de declaraci¨®n y reconocimiento de identidad, a las que se limita su asistencia.
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