Mantener el Estatuto vasco / y 2
Hablar de la LRU es una simple especificaci¨®n del g¨¦nero m¨¢s amplio que es el Estatuto. Pero antes de aludir al precepto del Estatuto, inequ¨ªvoco para nosotros, que fundamenta la competencia de la comunidad aut¨®noma en materias de ense?anza superior, estamos obligados a hacer otras consideraciones en las que se apoya la pretensi¨®n de conectar la UPV a la sociedad vasca y a sus ¨®rganos representativos.En s¨ªntesis, la describir¨ªamos as¨ª: hay de por medio una reivindicaci¨®n hist¨®rica, se constata una voluntad social actual que se mueve en esa direcci¨®n y es necesaria una regulaci¨®n espec¨ªfica, no general y uniforme, de m¨²ltiples campos de la instituci¨®n universitaria vasca. De alguna manera, este ¨ªndice de motivos est¨¢ apuntado en el informe sobre los efectos que puede producir la aplicaci¨®n de la LRU en la Universidad del Pa¨ªs Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV-EHU), que fue elaborado por el rectorado y remitido a los parlamentarios y a los responsables de Universidad de la Administraci¨®n central y auton¨®mica.
La aspiraci¨®n de la Universidad vasca
La reclamaci¨®n de una Universidad p¨²blica es entre nosotros una aspiraci¨®n antigua, tan antigua al menos como la susceptibilidad que las peticiones han suscitado en el poder central y la firmeza en la negativa a atender. Excluidos como quedamos de la ley distrital de Moyano, la Diputaci¨®n de Navarra, en 1886 y 1888, intent¨® crear una Universidad p¨²blica, la Universidad vasconavarra, que dispusiera de todas las facultades autorizadas por la ley de Instrucci¨®n P¨²blica. Logr¨® el apoyo de las otras tres diputaciones, pero sin que las gestiones tuvieran eco en la Administraci¨®n central. Cay¨® en el vac¨ªo tambi¨¦n el mensaje de las diputaciones de 1916, en el que se reclamaba plena responsabilidad en el campo de la ense?anza superior. A patir de esa fecha se desarrolla un s¨®lido movimiento, encauzado a trav¨¦s de los Congresos de Estudios Vascos, que sit¨²a la reivindicaci¨®n universitaria como un elemento primordial de la reivindicaci¨®n nacional vasca.Con la excepci¨®n de aquellas fuerzas pol¨ªticas que desconfiaban en las pretensiones auton¨®micas del pa¨ªs y de su concreci¨®n universitaria, un amplio abanico de partidos, de asociaciones culturales y de personalidades, abogan por la constituci¨®n de la Universidad vasca, eje en el que hab¨ªa de apoyarse el desarrollo sociocultural de Euskal Herria. De la acogida y de la respuesta gubernamental al movimiento popular pro Universidad vasca, algo dice la an¨¦cdota de la detenci¨®n y apresamiento de Jos¨¦ Mar¨ªa de Leizaola, que se atrevi¨® a gritar en un acto p¨²blico: "?Viva la Universidad vasca!" En el per¨ªodo republicano se extendi¨® la confianza de que el Estatuto de Autonom¨ªa vendr¨ªa acompa?ado de la Universidad, que se conceb¨ªa como instituci¨®n cient¨ªfica v¨¢lida, homologable a las mejores universidades de Espa?a y de Europa. Anotemos que hombres como Jim¨¦nez D¨ªaz Mirol, Ortega y Gasset y Fernando de los R¨ªos manifestaron p¨²blicamente su convicci¨®n de que no se pod¨ªa, privar por m¨¢s tiempo al Pa¨ªs Vasco de una Universidad p¨²blica, que deb¨ªa vincularse a los poderes auton¨®micos que pudieran establecerse. A nadie ha de extra?ar que el Gobierno aut¨®nomo se apresurara a establecer en plena guerra civil, en oto?o de 1937, y como uno de sus primeros actos de gobierno, la Universidad vasca, y que el general Franco se dio la misma prisa en borrar toda se?al de tal Universidad tan pronto como ocup¨® la capital de la regi¨®n aut¨®noma. Treinta y tantos a?os despu¨¦s aparecer¨¢ una Universidad de Bilbao, con ¨¢mbito territorial reducido a Vizcaya. Ha tenido que llegar la transici¨®n para que se creara el distrito despu¨¦s de las primeras elecciones de 1977, arropado en 1980 con la denominaci¨®n de UPV.
Poco nuevo se puede decir que no se sepa respecto de la actualidad de la reivindicaci¨®n. En la d¨¦cada de los setenta, el eslogan S¨ª a la Universidad vasca (Euskal Unibertsitatea, bai), afirmaci¨®n positiva y creadora, dotada de imagen propia por la inspiraci¨®n de Eduardo Txillida, se aire¨® en todos los rincones de Euskadi. La dureza de las condiciones de creaci¨®n de los centros superiores que iban apareciendo, la distancia entre la Universidad so?ada y lo que sin ning¨²n g¨¦nero de previsi¨®n y de recursos se ha ido constituyendo, no ha podido con la convicci¨®n social de que sin una Universidad abierta al mundo y proyectada sobre el Pa¨ªs Vasco, dif¨ªcilmente maduraremos como pueblo moderno.
Funcionalidad de la autonom¨ªa
Quienes hayan tenido la oportunidad de seguir de cerca el desarrollo de nuestra Universidad admitir¨¢n sin dificultad que existen problemas singulares y espec¨ªficos -materiales, humanos, culturales- que no pueden ser resueltos con una normativa general y uniforme. Creo que son conocidos por la direcci¨®n del Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia; debieran conocerlos los parlamentarios elegidos por las provincias de la comunidad aut¨®noma. En cualquier caso, el informe del rectorado, al que hemos aludido anteriormente, pone el dedo en la llaga. De las p¨¢ginas de dicho informe, elaborado con distancia y desapasionamiento, se desprende claramente que los problemas m¨¢s importantes que suscita el tr¨¢nsito de la situaci¨®n actual a un estado de normalidad universitaria -entendiendo por tal la Universidad europea- son tratados defectuosamente, con soluciones inadecuadas, en la LRU.Se manifiesta all¨ª inquietud ante la previsible ordenaci¨®n acad¨¦mica, que se ha de proyectar sobre departamentos y centros situados en campos muy alejados, y alarma ante la regulaci¨®n del profesorado, que debe alcanzar -como ardientemente deseamos- cotas europeas de cualificaci¨®n, pero sin perder de vista que se parte de una Universidad muy joven, perif¨¦rica, brutalmente masificada, requerida por las exigencias de una pluralidad de culturas. Si el objetivo confesado es la formaci¨®n del profesorado, la conversi¨®n de la Universidad en un centro de excelencia de producci¨®n y transmisi¨®n de conocimientos, ning¨²n legislador responsable puede olvidarse de fa estructura real, de la composici¨®n real del profesorado. Se dice que por imperativos de la unidad del Estado y en virtud de las facultades de las Cortes, y de las competencias del Gobierno central, se requieren soluciones iguales y uniformes. Debe ser muy importante afirmar los principios pol¨ªticos del Estado unitario. Quiz¨¢ no sea dif¨ªcil entender que lo que algunos queremos es sacar a flote y dignificar la Universidad de la que somos responsables.
Queremos destacar que, frente a la LRU, somos adem¨¢s autonomistas por razones funcionales, por imperativos de supervivencia universitaria situados en el corto plazo. Es, sin duda, grande la carga de mesianismo y brillante el aura de seguridad y de raz¨®n hist¨®rica que envuelve a los reformadores, encabezados por el ministro Maravall. Apenas hay sosiego y tiempo para escuchar las razones de los discrepantes -compasivamente conceptuados, desde la alta pir¨¢mide de los doscientos y pico votos, o como est¨²pidos o como portavoces de intereses inconfesables-: la ley atraviesa el Parlamento como un cohete el firmamento en una fiesta de verano. Hay, sin embargo, cosas evidentes: quiz¨¢ no me equivoco demasiado si afirmo que los autores de la reforma no se inquietan por futuras, aunque pr¨®ximas, imputaciones por el da?o irreparable que han de sufrir muchos centros de nuestras universidades, creados, sin embargo, fr¨ªvola y alegremente por sus antecesores en el Gobierno del Estado. Omito decir que la luz que destella la reforma no llega a iluminar la orilla donde esperamos la riada los presuntos damnificados.
Mantener el Estatuto
Llegamos tarde para participar en la trilla cuando la cosecha est¨¢ a punto de recogida y almacenamiento. Somos conscientes de que la reclamaci¨®n de la competencia en materia de ense?anza superior que nos reconoce el art¨ªculo 16 del Estatuto de Guernica es un t¨®pico molesto, propio de aqu¨¦llos que no terminamos de enterarnos del nuevo rumbo que ha tomado el Estado de las autonom¨ªas. Ah¨ª est¨¢, sin embargo, el art¨ªculo 16. Por encima del barullo y del ruido de las razones de distracci¨®n, quisiera que alguien me dijera si la competencia que pactamos es compatible con las funciones generales que se atribuyen al Consejo de Universidades, y con el largo rosario de facultades y funciones espec¨ªficas que le corresponden, desgranados en el texto legal. Si es compatible con las competencias que se reserva el Gobierno central. ?Hay alguien que honestamente pueda afirmar que la LRU se limita a desarrollar en favor del Estado las competencias b¨¢sicas reconocidas en los art¨ªculos 27 y 149 de la Constituci¨®n, que existe una conexi¨®n necesaria entre las facultades que se atribuyen del Consejo de Universidades del Gobierno del Estado y los preceptos citados de la norma fundamental? ?Alguien de talante autonomista que pueda pensar que la competencia estatutaria reconocida queda atendida en el papel que reserva la ley de la comunidad aut¨®noma? No es buen procedimiento caricaturizar la discrepancia, descalific¨¢ndola con sofismas y juicios. de intenciones. Se ha dicho que reclam¨¢bamos mayor autonom¨ªa pol¨ªtica porque queremos controlar la Universidad, como se ha dicho que esta ley defiende a la Universidad de tales pretensiones. Es obvio que no ya la sociedad, sino el Gobierno central, se reserva mecanismos fundamentales de direcci¨®n y control de la Universidad, accionados directamente o a trav¨¦s del Consejo de Universidades; por otra parte, es conocido que nuestro programa de gobierno se basa en el respeto al ¨¢mbito propio de la autonom¨ªa universitaria. Simplemente pretendemos ejercitar las facultades que se adjudican a la comunidad pol¨ªtica y qu¨¦ son posibles en una interpretaci¨®n v¨¢lida de la Constituci¨®n. Pretendemos que se respete el Estatuto vasco.
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