Las sentencias de las vistas de faltas no ser¨¢n recurribles, propone el Consejo del Poder Judicial
Las sentencias de los juzgados de primera instancia e instrucci¨®n, en materias de desahucio por falta de pago, as¨ª como las sentencias de los juicios verbales y las de las vistas de faltas, no ser¨¢n recurribles, de prosperar el anteproyecto de ley org¨¢nica de Supresi¨®n de los Juzgados de Distrito, que ha sido remitido por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial al Ministerio de Justicia.
?sta es una de las disposiciones m¨¢s pol¨¦micas y controvertidas que se desprenden de la lectura del texto que el Pleno del Consejo del Poder Judicial celebrado el pasado 14 de septiembre acord¨® remitir al Ministerio de Justicia. El borrador del anteproyecto de ley contempla tambi¨¦n la supresi¨®n de los juzgados de distrito. Esta supresi¨®n, que se contemplaba ya en el proyecto de ley org¨¢nica del Poder Judicial elaborada por UCD, ha sido abordada por el Consejo del Poder Judicial en un documento de siete art¨ªculos, siete disposiciones transitorias y dos disposiciones adicionales.
En el art¨ªculo 1? de este borrador se ordena la desaparici¨®n de "los juzgados de distrito en todo el territorio nacional", que se convertir¨¢n en juzgados de primera instancia e instrucci¨®n, cuando al frente de los mismos se encuentre un magistrado.
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