Alianza Popular, partidaria de limitar la sindicaci¨®n y huelga de funcionarios
Alianza Popular propone limitaciones en los derechos de sindicaci¨®n y huelga de los funcionarios, dentro de su concepci¨®n de la reforma de la Administraci¨®n p¨²blica que ser¨¢ tratada en el pr¨®ximo congreso de este partido, informa Efe.Los mat ices que introduce la ponencia sobre Administraci¨®n p¨²blica en relaci¨®n con el derecho de sindicaci¨®n se refiere a que la acci¨®n sindical "debe tener por objeto la defensa de intereses profesionales y no un car¨¢cter p¨²blico", y que dicha acci¨®n sindical "no puede perjudicar el funcionamiento del servicio p¨²blico".
Arturo Garc¨ªa Tiz¨®n, autor de la ponencia sobre administraci¨®n p¨²blica para el V Congreso de Alianza Popular, considera que las Fuerzas Armadas, cuerpos de seguridad, Magistratura y personal de navegaci¨®n a¨¦rea, entre otros, deben quedar fuera del derecho de huelga, y que debe quedar prohibida la de car¨¢cter pol¨ªtico y ser l¨ªcita ¨²nicamente la profesional.
Previamente a la huelga, seg¨²n la ponencia, habr¨ªan de imponerse procedimientos de negociaci¨®n y preaviso, con prohibici¨®n de las huelgas turnantes, en las que el paro se realiza de forma rotatitva.
Libertad de trabajo
Igualmente, el derecho de huelga debe tambi¨¦n garantizar, para la ponencia de Alianza Popular, la libertad y derecho al trabajo para quienes no quieran secundarla, y comportar¨ªa la suspensi¨®n de las retribuciones para quienes l¨¢mantuvieran.Respecto a la reforma de la funci¨®n p¨²blica, la ponencia plantea las siguientes caracter¨ªsticas fundamentales:
- Supresi¨®n del sistema de cuerpos (manteniendo el sistema de carrera) para la actuaci¨®n normal- de los agentes administrativos, sustituyendo el sistema vigente por la creaci¨®n de un ¨²nico servicio civil de la Administraci¨®n p¨²blica.
- Aplicaci¨®n residual y exclusiva del sistema de cuerpos para la dotaci¨®n en la Administraci¨®n de los especialistas.
- Reducci¨®n del n¨²mero de cuerpos especiales hasta lograr su ,coincidencia con las funciones normales de la Administraci¨®n p¨²blica.
- Establecimiento de lo que denomina una aut¨¦ntica carrera administrativa.
- Sistema de re tribuciones en la Administraci¨®n equiparado con el sector privado.
- Aplicaci¨®n del principio de igualdad en la funci¨®n p¨²blica.
- Utilizaci¨®n del r¨¦gimen jur¨ªdico privado para el personal de la Administraci¨®n que no desarrolle tareas propiamente administrativas.
La ponencia sobre Administraci¨®n p¨²blica defiende el sistema actual de oposiciones, aunque considera que puede perfeccionarse con Pruebas pr¨¢cticas y desarrollo de cursos de formaci¨®n. El sistema de incompatibilidades para los funcionarios es aceptado por la ponencia, siempre que vaya acompa?ado de una adecuada retribuci¨®n.
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