Las jubilaciones, uno de los problemas m¨¢s pol¨¦micos
Uno de los problemas m¨¢s pol¨¦micos que presenta el proyecto de ley sobre la reforma de la funci¨®n p¨²blica es el referido a las jubilaciones. El art¨ªculo 30 establece la jubilaci¨®n forzosa a los 65 a?os, pero la disposici¨®n transitoria novena instrumenta la posibilidad de acogerse a la jubilaci¨®n anticipada voluntaria en el caso de que se hayan cumplido 60 a?os o superado los 35 de servicios.Para estos dos casos, la jubilaci¨®n da derecho a percibir el 150% de las retribuciones b¨¢sicas durante el tiempo que transcurra hasta el cumplimiento de la edad de jubilaci¨®n forzosa. Los acogidos a la Seguridad Social se atendr¨¢n a lo que determine su r¨¦gimen general.
Esa misma disposici¨®n transitoria especifica que hasta tanto concluyan las tranferencias de medios personales a las comunidades aut¨®nomas se fija un r¨¦gimen singular de excedencia voluntaria, aplicable a los funcionarios de los servicios centrales. Esta excedencia se conceder¨¢ por un m¨ªnimo de cinco a?os. Implicar¨¢ el reconocimiento preferente de reingreso y una indemnizaci¨®n igual a ocho mensualidades completas.
La excedencia, en general y tras la aprobaci¨®n de la ley, contemplar¨¢ la posibilidad de acogerse a ella por un per¨ªodo m¨¢ximo de 10 a?os. De esta forma se quiere evitar que determinados funcionarios abandonen la Administraci¨®n para trabajar en la empresa privada y un a?o antes de la jubilaci¨®n pidan reingresar. Desde ahora, los derechos pasivos son incompatibles con las rentas en activo.
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