Los frutos del miedo
TAL VEZ el proyecto definitivo de la ley contra las actuaciones de las bandas armadas y elementos terroristas, anunciado anteayer por el portavoz del Gobierno, ofrezca algunas variaciones respecto al borrador distribuido por las agencias. Sin embargo, las explicaciones adelantadas por Eduardo Sotillos hacen temer que esas alteraciones no ser¨¢n substanciales. Los diputados y senadores socialistas tendr¨¢n que enfrentarse, as¨ª pues, con la grave responsabilidad de dictaminar y aprobar en el Congreso y en el Senado un proyecto que, en su primitiva versi¨®n, se da de bruces con las promesas de cambio enunciadas por el PSOE antes de su victoria en las urnas. Una ley que parece el fruto del rniedo de quienes hoy ocupan el poder, pero con el que se comportan a veces como si fueran sus rehenes.De una parte, la anunciada ley org¨¢nica refunde, de manera ca¨®tica y defectuosa, los preceptos penales y procesales yuxtapuestos en el decreto-ley de 26 de enero de 1979 (contra cuya convalidaci¨®n votaron en su d¨ªa los socialistas), la ley de 1 de diciembre- de 1980 y la lla mada ley de Defensa de la Democracia, de 4 de mayo de 1981 (secuela del 23-1 que nunca lleg¨® a ser aplicada en materia de Prensa). De otra parte, el proyecto refuerza la bater¨ªa antiterrorista con preceptos penales, de enjuiciamiento y penitenciarios que emulan en su dudosa constitucionalidad a las normas refundidas.
El programa electoral del PSOE afirmaba que la lucha contra el terrorismo requiere "una cuidadosa y detenida planificaci¨®n, con la adopci¨®n de medidas de car¨¢cter pol¨ªtico, social, internacional y de informaci¨®n y operativa policial, dirigidas a conseguir el aislamiento de los terroristas, la reducci¨®n de su base social, priv¨¢ndoles de la cobertura nacional e internacional". Pero si antes del 28-0 el partido de Felipe Gonz¨¢lez sosten¨ªa que "las medidas a adoptar han de basarse en el convenciiniento de que la lucha contra el terrorismo de ETA es una lucha a medio plazo" y promet¨ªa que "la planificaci¨®n y la. estrategia necesarias se mantendr¨¢n por encima de los avances coyunturales de la lucha antiterrorista", la instalaci¨®n de los socialistas en el Gobierno ha variado hasta tal punto sus planteamientos que los hace diflicilmente reconocibles.
El proyerto gubernativo presenta los perfiles de una ley emblem¨¢tica, destinada a satisfacer demandas emocionales y presiones institucionales y apenas preocupada por la legitimidad jur¨ªdica y la eficacia operativa. Como fruto del miedo, la anunciada norma significa la m¨¢s importante derrota pol¨ªtica y moral del Gobierno socialista durante su primer a?o de mandato. En su desordenada huida hacia adelante, el proyecto deja abundantes jirones de legalidad constitucional y de consistencia jur¨ªdica en las alambradas. No ser¨¢ f¨¢cil, desde ahora, afirmar sin asomo de dudas que Espa?a vive en un Estado de derecho y no en un estado de excepci¨®n.
Aunque el art¨ªculo 17 de la Constituci¨®n reserva al poderjudicial la facultad de privar de libertad a los ciudadanos, el proyecto del Gobierno reafirma que un simple recurso del fiscal podr¨¢ anular la eficacia de los autos de libertad provisional dictados por los jueces. Aunque el art¨ªculo 20 proh¨ªbe cualquier secuestro de publicaciones que no provenga de una resoluci¨®n judicial, el borrador consagra que la querella del n¨²nisterio p¨²blico contra un medio de comunicaci¨®n, una vez admitida, llevar¨¢ aparejada de manera autom¨¢tica su clausura. Aunque el art¨ªculo 18 establece que la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones s¨®lo podr¨¢n ser suspendidos por resoluci¨®n judicial, el Ministerio del Interior contin¨²a recibiendo un generoso cheque en blanco para saltarse esas garant¨ªas sin m¨¢s obligaci¨®n que la informaci¨®n posterior al juzgado de sus actos. Aunque el art¨ªculo 14 consagra la igualdad de todos los espa?oles ante la ley y el art¨ªculo 25 afirma que las penas privativas de libertad estar¨¢n orientadas a la reeducaci¨®n y reinserci¨®n social, el proyecto aporta la inconcebible novedad de despojar a los condenados por la ley antiterrorista de los beneficios de la libertadcondicional y de la redenci¨®n de penas por el trabajo.
El borrador del Gobierno impone otras notables aberraciones jur¨ªdicas a nuestro ordenamiento legal. Despu¨¦s de confirmar la derogaci¨®n de la tradicional responsabilidad penal en cascada para los delitos de imprenta, y tras continuar homologando a las empresas period¨ªsticas con las- casas de prostituci¨®n para la clausura de sus instalaciones, el proyecto extiende -en lo que se refiere al grado de participaci¨®n criminal- el concepto de autor¨ªa hasta incluir a los c¨®mplices y encubridores y homologa -en lo que respecta al grado de ejecuci¨®n de los delitos- la consumaci¨®n con la tentativa y la frustraci¨®n. La apolog¨ªa del delito, una simple falta en nuestro antiguo ordenamiento penal, es ratificada como delito tan grave en su sanci¨®n como evanescente en su defiriici¨®n. Los supuestos de este gaseoso delito son detallados con una minuciosidad obsesiva que no logra, sin embargo, cerrar t¨¦cnicamente un tipo irremediablemente abierto a la interpretaci¨®n caprichosa.
Otra curiosa novedad del proyecto es la posibilidad de disolver asociaciones y otras.personas jur¨ªdicas y de clausurar centros colectivos de actividad pol¨ªtica, cultural o social cuyos dirigentes o miembros activos fueren condenados por delitos terroristas, siempre que su representaci¨®n, militancia o vinculaci¨®n a los referidos entes fuera declarada causalmente relevante para la coinisi¨®n de los hechos. Ya pueden irsepreparando las sociedades gastron¨®micas y los clubes de f¨²tbol para ejercer de manera estricta el derecho de admisi¨®n, no se les vaya a colar cualquier sospechoso. La Audiencia Nacional y sus cuatro jueces de instrucci¨®n quedan legalmente consagrados como jurisdicci¨®n especial, apenas distinguible del viejo Tribunal de Orden P¨²blico, para todos los delitos incluidos dentro del proyecto, pese a que la Constituci¨®n sienta el principio de la unidad jurisdiccional, proh¨ªbe los tribunales de excepci¨®n y reconoce el derecho de los ciudadanos a su juez natural. ?Qui¨¦n le hubiera dicho hace s¨®lo unos a?os a Fernando Ledesma que la p¨²rpura ministerial le obligar¨ªa a suscribir tales desatinos!
Las eximentes o las atenuantes previstas para los arrepentidos confirman el retroceso de nuestro ordenamiento jur¨ªdico desde un derecho penal que persigue comportamientos y sanciona conductas hasta un c¨®digo criminal que absuelve a las personas con independencia de sus actos y que hace a todos los ciudadanos sospechosos.
Tiempo habr¨¢, cuando el proyecto entre el Congreso, para examinar con mayor amplitud los delicados problemas jur¨ªdicos, pol¨ªticos y morales que suscitan unas medidas ya ensayadas en Italia y que han despertado en aquel pa¨ªs una viva y apasionada pol¨¦mica. El Gobierno s¨®lo podr¨¢ convencer a los previamente convencidos de las virtualidades de esta aberrante norma para erradicar el terrorismo, que, si sirve para esos fines tanto como todas las aberrantes leyes antiterroristas que este pa¨ªs ha padecido desde finales del franquismo, habr¨¢ que convenir que no ser¨¢ muy ¨²til. Tampoco deben los socialistas hacerse demasiadas ilusiones sobre la capacidad.de esta ley para apaciguar a la derecha autoritaria. Porque pertenece a la misma naturaleza de las cosas que la oposici¨®ntonservadora decida en el futuro abrasar al Gobierno socialista por su falta de vigor en la aplicaci¨®n de esa norma medieval y termine exigiendo, de forma congruente, su derecho a ser el ejecutor de una ley cuyos contenidos pertenecen, doctrinaria y -t¨¦cnicamente, a lo peor de nuestra tradici¨®n autoritaria.
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