Sentencia salom¨®nica del Tribunal Constituicional sobre Rumasa
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Popular contra el decreto-ley de expropiaci¨®n de Rumasa salvar¨¢ las partes fundamentales de dicho decreto, seg¨²n fuentes solventes. De ello se desprende que el Gobierno puede expropiar por decreto-ley. Los magistrados minoritarios discrepantes formalizar¨¢n un voto particular en contra, probablemente conjunto, dentro de los pr¨®ximos cinco d¨ªas h¨¢biles. Las primeras impresiones indican que la sentencia constituye un fallo salom¨®nico del alto tribunal sobre la decisi¨®n del Gobierno.
"El Gobierno no quedar¨¢ descontento, aunque tampoco entusiasmado" por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso que contra el decreto-ley de expropiaci¨®n de Rumasa interpuso el Grupo Popular del Congreso, seg¨²n las mismas fuentes fidedignas. Esta afirmaci¨®n puede traducirse en dos hip¨®tesis favorables al Gobierno en lo fundamental del hecho expropiatorio. La primera consiste en que el tribunal, por mayor¨ªa, haya convalidado el conjunto del texto del decreto, mientras que una minor¨ªa significativa se haya opuesto y formalice pr¨®ximamente un voto particular de discrepancia. El resultado pr¨¢ctico de tal hip¨®tesis supondr¨ªa un triunfo pol¨ªtico del Gobierno, limitado por el castigo de un voto minoritario, pero significativo, en contra.La segunda hip¨®tesis estriba en que la sentencia salvase una parte sustancial del decreto-ley, y con toda probabilidad el art¨ªculo 1 del decreto, por el que el Gobierno decide "por utilidad p¨²blica e inter¨¦s social la expropiaci¨®n de Rumasa", s¨ª bien declarar¨ªa inconstitucionales algunos otros art¨ªculos del pol¨¦mico decreto. La importancia de que la inconstitucionalidad no afectase al citado art¨ªculo 1 es definitiva, habida cuenta de que su texto literal est¨¢ directamente incorporado a la posterior ley de expropiaci¨®n. Con ello, la credibilidad del Gobierno no quedar¨ªa seriamente tocada en un aspecto fundamental, pero s¨ª sufrir¨ªa un desgaste en otros.
La sentencia fue aprobada y firmada ayer por el alto tribunal, si bien en las deliberaciones sobre la misma no se alcanz¨® la unanimidad de los 12 magistrados. Las posiciones discrepantes de algunos magistrados se materializar¨¢n en votos particulares.
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