Desestimado el recurso de CC OO sobre las elecciones sindicales de 1982
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de Comisiones Obreras en el que se impugnaba la publicaci¨®n de los resulta dos de las elecciones sindicales de 1982, que fue ordenada por la Direcci¨®n General del Instituto de Mediaci¨®n, Arbitraje y Conciliaci¨®n (IMAC) el 10 de marzo de 1983.La Audiencia Nacional ha recogido las tesis de la Abogac¨ªa del Estado y ha se?alado que la decisi¨®n de la Direcci¨®n General del IMAC no tiene m¨¢s alcance que el hacer p¨²blicos los resultados electorales que se hab¨ªan ido depositando en dicho instituto, lo que constituye una funci¨®n de mera constataci¨®n. Ese acto, por no implicar una verdadera decisi¨®n, s¨®lo podr¨ªa ser anulado si los resultados hubieran sufrido errores de transcripci¨®n.
Lo que s¨ª podr¨ªa haber sido impugnado, dentro de los plazos-previstos, es el procedimiento electoral en las empresas o centros de trabajo. Dice la sentencia que "los resultados generales tienen inter¨¦s ( ... ) como modo t¨¦cnico de determinar con ¨¢mbito nacional los resultados". Sin embargo, tampoco por ello pod¨ªa ser anulada la resoluci¨®n del director general del IMAC, "puesto que el Consejo Superior del Instituto, ¨®rgano colegiado compuesto paritariamente por representantes de trabajadores, patronos y administraci¨®n, es quien acord¨® la proclamaci¨®n de los resultados generales".
La sentencia se?ala que "si uno de los motivos de impugnaci¨®n se ha fundado en que los resultados electorales computados no se ajustaron ¨¢ la realidad, bien por acotar un per¨ªodo de c¨®mputo improcedente o arbitrario, bien por haberse atribuido a UGT los de SOMA-UGT, en Asturias, o haberse contabilizado actas denunciadas por fraude, es evidente que, ninguna de estas irregularidades pod¨ªa imputarse al mero acto de publicidad de los resultados".
Mayor¨ªa perdida
En cuanto a la determinaci¨®n del per¨ªodo de c¨®mputo de los resultados generales de las elecciones, la sentencia se?ala que la decisi¨®n de que fuera del 15 de marzo al 31 de diciembre de 1982 correspondi¨® al Consejo Superior del IMAC, ¨®rgano paritario, en el que estaba representada la Confederaci¨®n Sindical de Comisiones Obreras. La decisi¨®n del Consejo, Superior del IMAC no fue recurrida, por lo que qued¨® firme.Los resultados oficiales de las elecciones sindicales de 1982, proclamados por el IMAC, dieron como vencedora a UGT con el 36,71% de los delegados elegidos, seguida de CC OO con el 33,40%, que perdi¨® la mayor¨ªa sindical que hab¨ªa conseguido en los ¨²ltimos, a?os.
Comisiones Obreras no acept¨® como v¨¢lidos los datos aprobados por el IMAC y denunci¨® que la, Administraci¨®n hab¨ªa "ama?ado, los resultados, en connivencia con UGT, para dar a la central socialista el triunfo electoral".
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