Los ayuntamientos quieren percibir el importe total de las tasas municipales que las el¨¦ctricas cobran a los usuarios
La Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias ha decidido dirigirse a los ministerios de Industria y Energ¨ªa, y Econom¨ªa y Hacienda para recabar informaci¨®n sobre las cantidades que deben percibir de las compa?¨ªas el¨¦ctricas sujetas a ciertas tasas municipales por utilizaci¨®n del suelo, subsuelo y vuelo de los respectivos t¨¦rminos municipales. La legalidad con que se vienen aplicando estas tasas municipales en los recibos de la luz ya ha sido objeto de varias reclamaciones en v¨ªa judicial y administrativa por parte de algunos colectivos de usuarios, como la Asociaci¨®n La Defensa, que considera ilegal la repercusi¨®n de la tasa a los usuarios (v¨¦ase EL PAIS de 24 de enero de 1984).Representantes de la Federaci¨®n de Municipios y de la Asociaci¨®n La Defensa celebraron ayer una reuni¨®n en la que acordaron una actuaci¨®n conjunta en sus reclamaciones a las el¨¦ctricas, de forma que a partir de las concejal¨ªas de Sanidad y Consumo de los ayuntamientos de la federaci¨®n se coordinase la defensa de los intereses de los usuarios.
El trasfondo del conflicto est¨¢ relacionado con la facultad que tienen los ayuntamientos, al amparo de la ley de Bases de R¨¦gimen Local de 1954 , su texto refundido de 1955 y la ley de Bases de 1975, para establecer una tasa a las compa?¨ªas el¨¦ctricas por la ocupaci¨®n del suelo, subsuelo y vuelo del t¨¦rmino municipal que pod¨ªa ascender hasta el 1,5% de los ingresos brutos de cada compa?¨ªa que opera en el territorio municipal. El nombre y cuant¨ªa de la tasa var¨ªa sensiblemente seg¨²n los ayuntamientos, y no son pocos los que carecen de tal figura impositiva
En los ¨²ltimos meses, la Federaci¨®n de Municipios ha recibido numerosas quejas de ayuntamientos que consideran que las cantidades que percib¨ªan de las compa?¨ªas el¨¦ctricas en concepto de tasas municipales eran inferiores a las que ¨¦stas, con dudosa legalidad, repercut¨ªan posteriormente a los usuarios. En el caso de seis ayuntamientos de Madrid (Alcorc¨®n, Fuenlabrada, Getafe, Legan¨¦s, M¨®stoles y Parla), las deudas fiscales reclamadas podr¨ªan ascender a 600 millones de pesetas, seg¨²n la publicaci¨®n de la federaci¨®n, Autonom¨ªa Local.
Probable ilegalidad
Dada la magnitud de cifras manejadas en las reclamaciones de los ayuntamientos, que oscilan entre 110.000 y 15.000 millones de pesetas anuales (el 1,5% de la recaudaci¨®n de las compa?¨ªas en 1981 fue de 610.700 millones de pesetas) durante los ¨²ltimos cinco ejercicios, la comisi¨®n de Hacienda de la federaci¨®n ha tomado cartas en el asunto y ha encargado el estudio de ello a un equipo de expertos jur¨ªdicos y econ¨®micos para que se pronuncien sobre la legalidad de la actuaci¨®n de las compa?¨ªas suministradoras.El presidente de la comisi¨®n de Hacienda, Tom¨¢s Rodr¨ªguez Bola?os, alcalde de Valladolid, ha manifestado que, "aunque el tema est¨¢ todav¨ªa en estudio, tenemos la sospecha de que algunas compa?¨ªas est¨¢n cobrando incluso a usuarios pertenecientes a municipios que no tienen establecida la tasa". ?stos son los casos de mayor gravedad, ya que significar¨ªa que las suministradoras cobran una tasa que no existe. En relaci¨®n con este punto, la federaci¨®n efectuar¨¢ una encuesta a nivel estatal para conocer los ayuntamientos en los que no existe una ordenanza que establezca el tributo y en los que, sin embargo, las compa?¨ªas incluyen su cobro en los recibos a los usuarios.
El asunto es mucho m¨¢s complicado si se tienen en cuenta los distintos sistemas legales existentes para aplicar la tasa. Dada la dificultad para establecer el valor del aprovechamiento, se autoriz¨® a los ayuntamientos a fijar un concierto con las empresas suministradoras, que son el verdadero sujeto pasivo de la tasa, en el que se determinase la cantidad a satisfacer. Una posterior normativa determin¨® el valor medio de los aprovechamientos en el 1,5% como m¨¢ximo de los ingresos brutos que obtengan las empresas en el t¨¦rmino municipal.
En este ¨²ltimo caso, el problema de los ayuntamientos estriba. en conseguir la exhibici¨®n de las contabilidades de las compa?¨ªas y comprobar que las cantidades abonadas en concepto de tasas son las que realmente corresponden al aplicar el tipo impositivo a los ingresos brutos. Los juristas municipales se?alan "la obligaci¨®n que impone la ley general Tributaria a los contribuyentes de proporcionar los datos y elementos b¨¢sicos para la exacci¨®n de los tributos y la posibilidad de considerar las infracciones tributarias en que incurren los que incumplan tal obligaci¨®n, as¨ª corno imponer las multas correspondientes".
Los ayuntamientos de Fuenlabrada, Getafe, Alcorc¨®n, Parla y Legan¨¦s han iniciado ya, negociaciones con sus respectivas compa?¨ªas para conocer la situaci¨®n exacta de las deudas fiscales.
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