La Audiencia Nacional absuelve a Domingo Sol¨ªs Ruiz de dos delitos monetarios en el caso de la cooperativa Uteco de Ja¨¦n
Domingo Sol¨ªs Ruiz, ex-presidente de la Uni¨®n Territorial de Cooperativas del Campo de Ja¨¦n (UTECO-Ja¨¦n) ha sido absuelto por la Secci¨®n Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional de la acusaci¨®n de haber cometido dos delitos monetarios, por los que el fiscal solicit¨® en su d¨ªa que se le impusiera una pena de tres a?os y seis meses de c¨¢rcel y una multa de 709 millones de pesetas. La sentencia, a la que ha tenido acceso , condena al hijo de Domingo Sol¨ªs Ruiz, Felipe Sol¨ªs P¨¦rez, ex director del departamento de exportaci¨®n de UTECO-Ja¨¦n, y a Ricardo Cruz Tu?¨®n, ex director de la Caja Rural Provincial de Ja¨¦n, a tres a?os de prisi¨®n menor y multa de 750 millones de pesetas a cada uno, como autores de un delito monetario de obtenci¨®n en el extranjero de cr¨¦ditos bancarios, ascendentes a 1.250 millones de pesetas, sin autorizaci¨®n legal.
Los tres procesados han sido absueltos de otro delito monetario del que estaban acusados en el mismo caso y que se concretaba en la no repatriaci¨®n de los intereses obtenidos en una cuenta corriente en Francia por el dep¨®sito temporal de una cantidad destinada a una inversi¨®n, autorizada por la Administraci¨®n espa?ola, para crear una sociedad hispano-francesa.La Audiencia Nacional, una vez que el Tribunal Constitucional resolvi¨® sobre la constitucionalidad de la ley de control de cambios, ha hecho p¨²blica la sentencia del juicio sobre presuntos delitos monetarios en el que estaban acusados los m¨¢ximos dirigentes de la UTECO-Ja¨¦n y de la caja rural de esta provincia y que fueron expuestos a la luz a ra¨ªz de una inspecci¨®n del Banco de Espa?a y de una serie de advertencias realizadas por personalidades francesas sobre posibles irregularidades en estas dos entidades.
La crisis financiera por la que atraves¨® la Caja Rural de Ja¨¦n, por la excesiva concentraci¨®n de riesgos en la UTECO-Ja¨¦n y en la Cooperativa Agr¨ªcola Provincial se debi¨® -al margen de posibles pr¨¢cticas no ortodoxas- a la crisis de consumo que se produjo a consecuencia del envenenamiento masivo por el aceite de colza desnaturalizado.
Esta crisis en el consumo llev¨® a los directivos de UTECO-Ja¨¦n y de la caja rural a formalizar un cr¨¦dito en divisas, para financiar almacenamientos de aceite en Francia, sin la autorizaci¨®n de las autoridades espa?olas y poniendo como garant¨ªa aceite almacenado en Espa?a.
Ca¨ªda de la exportaci¨®n
En 1977, la cooperativa Uteco, se encontr¨® con grandes cantidades almacenadas y una dif¨ªcil situaci¨®n econ¨®mica, por lo que Sol¨ªs P¨¦rez y Cruz Tu?¨®n, con conocimiento del presidente, suscribieron en Francia, con la empresa Frahuil, unos contratos denominados de "cuenta social" para la exportaci¨®n de aceite de Uteco a la sociedad francesa. La cooperativa envi¨® a Francia tres partidas de aceite al precio del mercado, pero en el contrato se estableci¨® una cl¨¢usula adicional para repartirse a medias el exceso que sobre ese precio de mercado se consiguiese. El precio total de la venta fue de 7.022.720.946 pesetas, de las que Uteco reintegr¨® a Espa?a. las divisas correspondientes al contravalor de todo, excepto parte de la tercera remesa.
Uteco obtuvo autorizaci¨®n para constituir con Frahuil la sociedad hispano-francesa denominada Sofranes, y para transferir divisas equivalentes a 42 millones de pesetas, el d¨ªa 23 de enero de 1979. Al retrasarse los tr¨¢mites para la constituci¨®n de Sofranes ese dinero estuvo bloqueado en una cuenta bancaria en Marsella hasta el 23 de julio de 1981, originando unos intereses de 8.400.000 pesetas, que Uteco destin¨® luego a aumentar su participaci¨®n en la sociedad hispanofrancesa.
Frahuil pag¨® el importe de las dos primeras partidas de aceite, pero, al tener problemas para dar salida a la tercera, s¨®lo abon¨® el 80% de su importe, y dej¨® a deber 1.250 millones de pesetas. Felipe Sol¨ªs y Ricardo Cruz, para solucionar esa situaci¨®n, consiguieron, sin dar cuenta de sus gestiones a Uteco, un cr¨¦dito de la Union Mediterran¨¦e de Banques y otras entidades por valor de 1.250 millones de pesetas. Al cumplirse el plazo, el banco pidi¨® a Uteco el importe del cr¨¦dito y los intereses. Sol¨ªs Ruiz, al enterarse del asunto, orden¨® una inspecci¨®n en la cooperativa.
En la vista oral del juicio, la defensa de los procesados adujo la inconstitucionalidad de los art¨ªculos 6 y 9 de la ley de Control de Cambios y que los hechos no constitu¨ªan delitos monetarios, sino meras infracciones administrativas relativas al control de cambios. La Sala acord¨® aplazar la sentencia hasta que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre el recurso de inconstitucionalidad pendiente respecto a la ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de Control de Cambios. Ahora la Sala ha considerado que la constituci¨®n de la sociedad mixta no constituye delito monetario y, al reinvertir los intereses en Sofranes, se limitaron a "ejercitar el derecho que le asist¨ªa y que le reconoce la expresada orden ministerial".
En cuanto a los cr¨¦ditos posteriores, la Sala consider¨® que son un delito monetario en cuant¨ªa de 1.250 millones de pesetas, porque los dos condenados, "sin obtener la preceptiva y previa autorizaci¨®n administrativa", obtuvieron cr¨¦ditos en el extranjero.
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