El Banco de Espa?a recibe el respaldo de Hacienda para controlar las ampliaciones de capital de la banca
Los bancos deber¨¢n tener provisto obligatoriamente desde el presente a?o hasta el 1,5% de su riesgo total para cubrir la falta de devoluci¨®n de cr¨¦ditos morosos y dudosos, por decisi¨®n conjunta del Banco de Espa?a y del Ministerio de Hacienda. La medida, hasta ahora opcional, y que fue considerada por algunos como una concesi¨®n a las deducciones fiscales de las entidades de cr¨¦dito, se convertir¨¢ este a?o en imperativa, aunque sin admitir la deducci¨®n de todo el tramo que falte a cada entidad hasta dicho porcentaje. Una de las consecuencias del acuerdo es que Hacienda ha reforzado, por v¨ªa fiscal, las competencias del Banco de Espa?a sobre la pr¨®xima pol¨ªtica de dividendos y de ampliaciones de capital de los bancos, pues los menos saneados ver¨¢n obstaculizados eventuales intentos para regalar a sus accionistas una parte de las reservas.
Desde 1979, los bancos privados han destinado de sus excedentes anuales a cubrir la falta de amortizaci¨®n de cr¨¦ditos o el quebranto de valores 697.000 millones de pesetas. Si en 1980 dichas coberturas superaron por primera vez a los beneficios netos del ejercicio -93.500 millones de pesetas, contra 83.700, respectivamente-, durante el pasado a?o las provisiones hechas por todos los bancos han ascendido a 196.000 millones de pesetas, cantidad que -al margen de crecer un 69,7% sobre la de 1982- sobrepasa en m¨¢s de un 50% al beneficio, antes de impuestos, del sector durante 1983.Tan importantes cifras de provisiones, equivalentes ya cada a?o a una d¨¦cima parte de lo que ingresa la banca privada por todos los intereses de los cr¨¦ditos cobrados a sus clientes (poco m¨¢s de dos billones de pesetas), fueron oficialmente declaradas deducibles de la base del impuesto sobre sociedades (beneficios) hace casi tres a?os.
Mientras Hacienda admiti¨® la posibilidad de que las entidades de cr¨¦dito pudieran sanear hasta el 1,5% de su riesgo total de cada a?o, hecho que desde entonces no ha originado ninguna inspecci¨®n espec¨ªfica, el Banco de Espa?a estableci¨® un calendario para que en 1986 las entidades tuvieran cubierto al 100% las posibles falencias. Cada semestre, los bancos deben a?adir un 10% de los fondos m¨ªnimos exigidos enjunio de 1982, de modo que en diciembre pasado deb¨ªan tener cubiertos el 40% de los fondos exigidos por la autoridad monetaria.
El nuevo mecanismo, dise?ado conjuntamente por el Banco de Espa?a y el Ministerio de Hacienda, seg¨²n la informaci¨®n oficial, ha sido acordado con motivo de una orden ministerial que ha otorgado a las instituciones de cr¨¦dito y ahorro un tratamiento diferencial respecto a las dem¨¢s empresas a la hora de actualizar sus balances. Tal operaci¨®n general, prevista en la ley de Presupuestos del Estado para 1983 y concretada por decreto del 22 de febrero pasado, consiste en aplicar a los activos o inversiones de las sociedades (terrenos, edificios, m¨¢quinas, etc¨¦tera) unos coeficientes para compensarlos de la inflaci¨®n pasada. La diferencia entre el valor que ten¨ªan contabilizado dichos activos y el actualizado ha de llevarse a una cuenta -Actualizaci¨®n ley de Presupuestos de 1983-, que servir¨¢ en su momento para compensar p¨¦rdidas con beneficios fiscales o para aumentar las reservas y luego el capital.
Sobre dicho trato general, las entidades de cr¨¦dito podr¨¢n, en las condiciones que fije el Banco de Espa?a, aplicar la totalidad o parte del saldo de la cuenta de actualizaci¨®n, durante el presente a?o, a completar las provisiones m¨ªnimas exigidas. Asimismo, podr¨¢n aplicar a la misma finalidad los saldos de anteriores actualizaciones o regularizaciones. La parte de las provisiones por insolvencia cubierta no ser¨¢ deducible, salvo las que sigan efectuando con cargo a resultados o que se realice un traspaso de la cuenta de provisi¨®n a otra de previsi¨®n o reservas.
Dividendos y ampliaciones
Seg¨²n fuentes del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, este mecanismo no permitir¨¢ ning¨²n tipo de evasi¨®n ni supone una discriminaci¨®n en favor de la banca, debido a que se limita a intentar que la situaci¨®n patrimonial de la misma responda a la realidad, una vez cubierto el envilecimiento de las inversiones crediticias.
Adem¨¢s de fortalecer la estructura financiera, la medida persigue lograr una sana pol¨ªtica de dividendos y de ampliaciones de capital. En efecto, su consecuencia es que los bancos que no hayan cubierto los niveles de provisiones exigidos por el Banco de Espa?a no podr¨¢n aplicar las reservas conseguidas en actualizaciones anteriores o en la presente a remunerar a sus accionistas con mayores dividendos, ni regalarles con cargo a reservas una parte de la ampliaci¨®n de capital.
Recordaron las citadas fuentes que el Banco de Espa?a quiere hacer efectiva esta pol¨ªtica cuanto antes, en consonancia con la actitud de moderaci¨®n seguida desde que fueron liberalizados formalmente los dividendos. Tambi¨¦n podr¨¢ reforzar su l¨ªnea de preocupaci¨®n por controlar las ampliaciones de capital de bancos que tienen notables autocarteras.
Aunque el Banco de Espa?a ha quedado con las manos libres para declarar las coberturas m¨ªnimas de las provisiones con la cuenta de actualizaci¨®n, Hacienda cuenta con que empiece por declarar obligatorio el 1,5%, hasta ahora opcional, sobre el total del riesgo.
Los saneamientos medios efectuados en los ¨²ltimos a?os por la banca han pasado del 0,81% de su cr¨¦dito dinerario en 1979 (0,38% las cajas de ahorro) al 1,13 % en 1982 (0,92% las cajas de ahorro). Los fondos de insolvencia suponen niveles que han superado ya el 2% del conjunto del cr¨¦dito dinerario de la banca privada. Pero desde la patronal bancaria se insiste en que son todav¨ªa insuficientes, aunque hayan pasado del 44,2% de todos los morosos a finales de 1982 al 51,5% de los mismos a finales de 1983, cuando el saldo total de morosos ascend¨ªa a 604.000 millones de pesetas, con aumento del 29,2% sobre el ejercicio anterior. Actualmente la Asociaci¨®n Espa?ola de la Banca propugna llegar al 60% como nivel confortable.
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