Los cooperativistas de trabajo asociado podr¨¢n percibir desempleo
Los cooperativistas de trabajo asociado tendr¨¢n derecho a las prestaciones por desempleo, una vez que se apruebe la ley de Protecci¨®n al Desempleo, actualmente en debate en el Parlamento, y cuya culminaci¨®n est¨¢ prevista para los meses de junio o julio, seg¨²n manifestaron ayer el director general de Empleo, Carlos Navarro, y el de Cooperativas, Sebasti¨¢n Reyna, en un encuentro mantenido con representantes de CC OO de UGT y de las principales federaciones de cooperativas del pa¨ªs.
Hasta el momento, los cooperativistas de trabajo asociado -alrededor de 118.000- se ve¨ªan privados de su inclusi¨®n en la prestaci¨®n de desempleo, por lo que la Administraci¨®n, seg¨²n fuentes del Ministerio de Trabajo, ha cre¨ªdo conveniente poner fin a esta circunstancia mediante su equiparaci¨®n a los trabajadores del r¨¦gimen general de la Seguridad Social.De acuerdo con los datos adelantados por el director general de Empleo, ser¨¢n dos los modos de acceder a estas prestaciones. El primero se producir¨¢ cuando el trabajador cooperativista sea cesado en, su funci¨®n de tal, de manera an¨¢loga a la del despido improcedente. Y la segunda forma de acceder al desempleo se pondr¨¢ en marcha si la empresa en cooperativa se ve forzada a presentar expediente de regulaci¨®n de empleo, por razones de fuerza mayor.
El decreto regulador de esta normativa desarrollar¨¢ el art¨ªculo 3 de la ley de Protecci¨®n al Desempleo.
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