El Supremo ratifica la condena impuesta a un guardia civil por un delito de homicidio
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Le¨®n por la que se conden¨® al guardia civil Marcelino Gonz¨¢lez S¨¢nchez a cinco a?os de prisi¨®n y: al pago de una indemnizaci¨®n de tres millones y medio de pesetas por un delito de homicidio, con la concurrencia de una circunstancia atenuante muy cualificada. Los hechos que han dado origen a la sentencia ocurrieron en Ponferrada y dieron origen a un amplio seguimiento informativo. Se remontan a agosto de 1980, en que el guardia civil procesado realiz¨® unos disparos contra Gonzalo Mar¨ªa Antelo ?lvarez, de 21 a?os de edad, uno de los cuales le alcanz¨®, caus¨¢ndole la muerte.La sentencia del Tribunal Supremo se?ala que los deberes legales que imponga un cargo o profesi¨®n deben ser llevados a cabo "sin vulnerar ociosamente los derechos que correspondan a quienes son llamados a acatar las ¨®rdenes o mandatos" derivados de la autoridad del cargo. Asimismo, se?ala la sentencia que no puede haber exenci¨®n de responsabilidad cuando con absoluta inadecuaci¨®n de los medios utilizados ( ... ) se ocasionan da?os irreparables sin motivo ni causa legal qu¨¦ los justifique".
Seg¨²n el relato que se hace en la sentencia, sobre las 23.30 horas de la fecha indicada el guardia civil procesado advirti¨® desde su domicilio que algunas personas estaban manipulando un veh¨ªculo aparcado en la calle, por lo cual, tom¨® su pistola reglamentaria y baj¨® r¨¢pidamente. Su presencia hizo que se originara la fuga de quienes estaban manipulando el citado autom¨®vil.
El procesado, tras repetir varias veces "?Alto a la Guardia Civil!", efectu¨® un disparo al aire y poco despu¨¦s detuvo a Gonzalo Antel¨® ?lvarez, al que enca?on¨® con su pistola y registr¨®. Despu¨¦s de otras incidencias, el relato de los hechos probados se?ala que el joven detenido dio un empuj¨®n al guardia civil y emprendi¨® la huida.
El guardia, tras recuperar el equilibrio, efectu¨® tres disparos, uno de los cuales alcanz¨® en la espalda a Gonzalo Mar¨ªa Antelo, que falleci¨®. El joven era prot¨¦sico dental de profesi¨®n, considerado persona de buena conducta y estaba casado. Seg¨²n la sentencia "no consta que el guardia civil sufriera otra agresi¨®n que la descrita", y que el veh¨ªculo en el que manipulaba el fallecido "se hallaba abandonado, al menos en apariencia, presentando gran suciedad y oxidaci¨®n, la ruedas deshinchadas y las de la parte izquierda semienterradas".
La Audiencia Provincial consider¨® los hechos como un delito de homicidio, con la atenuante de arrebato u obcecaci¨®n, y conden¨® al guardia civil a cinco a?os de prisi¨®n y a indemnizar a la viuda de la v¨ªctima. Contra esta sentencia present¨® recurso ante el Tribunal Supremo la defensa y el ministerio fiscal. La Sala Segunda ha rechazado la exenci¨®n incompleta de responsabilidad criminal que alegaban los recurrentes, indicando que "ni la escasa entidad del hecho que motiv¨® la detenci¨®n ( ... ) ni el medio de que se vali¨® el detenido para huir (dar un empuj¨®n al agente para lograrlo) autorizaban a ¨¦ste a pretender reparar ambas acciones con el empleo de la pistola".
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