Jueces , recusaciones y tortura
LA RECUSACI?N del juez de instrucci¨®n Jos¨¦ Luis Barrag¨¢n por seis guardias civiles, citados para unas diligencias de careo a prop¨®sito de presuntas torturas, es una de las estampas mas ins¨®litas acontecidas en nuestro mundo procesal. Los motivos aducidos para la recusaci¨®n son la pasada militancia (dato, por lo dem¨¢s, incierto) del juez Barrag¨¢n en un partido de izquierda hoy legalizado, la "gran hostilidad hacia el benem¨¦rito cuerpo", supuestamente mostrada por el magistrado en anteriores destinos, y el "hecho trascendental" de que el Consejo General del Poder Judicial haya abierto un expediente disciplinario, felizmente sobrese¨ªdo ayer, a cuatro miembros de la Junta de Jueces de San Sebasti¨¢n -entre ellos a Jos¨¦ Luis Barrag¨¢n- por sendos escritos dirigidos al gobernador civil de Guip¨²zcoa y al ministro de Justicia, que recog¨ªan acuerdos de ese ¨®rgano adoptados por unanimidad. La extensa lista de "causas leg¨ªtimas de recusaci¨®n" detalladas en el art¨ªculo 54 de la ley de Enjuiciamiento Criminal no incluye, sin embargo, ninguno de esos tres imaginativos motivos.Dejando a un lado la posibilidad de que esa irregular recusaci¨®n del juez de instrucci¨®n de San Sebasti¨¢n encubra una figura de desacato, merece una seria reflexi¨®n que uno de los argumentos esgrimidos por los guardias civiles denunciados por torturas haya sido el expediente incoado por el Consejo General del Poder Judicial a Jos¨¦ Luis Barrag¨¢n y a otros tres magistrados (uno de ellos Joaqu¨ªn Navarro, senador del PSOE en las dos pasadas legislaturas) por unos acuerdos de la Junta de Jueces de. San Sebasti¨¢n adoptados el pasado mes de noviembre y elevados al gobernador civil de Guip¨²zcoa y al ministro de Justicia. Una m¨ªnima anomal¨ªa de procedimiento (seg¨²n un obsoleto reglamento los acuerdos deber¨ªan haber sido enviados por conducto del presidente de la Audiencia Territorial), la discutible falta de competencias de la Junta de Jueces para examinar las materias tratadas y la filtraci¨®n a la Prensa de los acuerdos son los argumentos formalmente esgrimidos para justificar el expediente instruido por el ¨®rgano de gobierno del Poder Judicial. Pero el contenido de esos acuerdos -aprobados, no se olvide, por un ex senador del PSOE y hombre de reconocido prestigio en la carrera judicial- quiz¨¢ sea la madre de ese extra?o cordero que el Consejo General del Poder Judicial trata de meter en el redil o de inmolar a la mayor gloria del establecimiento.
El primer acuerdo resolvi¨® dirigirse al gobernador civil de Guip¨²zcoa, de quien dependen las fuerzas de orden p¨²blico destinadas en esa provincia, para informarle de algunas injustificadas obstaculizaciones a las actuaciones judiciales llevadas a cabo en dependencias gubernativas. Los magistrados denunciaban casos en los que el m¨¦dico forense no hab¨ªa podido reconocer a personas detenidas en comisar¨ªas o cuartelillos de la Guardia Civil, pese a la existencia de la correspondiente orden judicial dictada en virtud de. diligencias incoadas por presuntos malos tratos o torturas. La Junta de Jueces, tras subrayar la competencia exclusiva de los magistrados-jueces de instrucci¨®n para ordenar los reconocimientos m¨¦dico-forenses en los supuestos de posibles torturas, recordaba al gobernador civil de Guip¨²zcoa la obligaci¨®n gubernativa de cooperar en la denuncia e investigaci¨®n de los malos tratos a detenidos.
El segundo acuerdo, elevado al ministro de Justicia, conten¨ªa una respetuosa, exigente y bien argumentada reflexi¨®n sobre el proyecto gubernamental de ley de h¨¢beas corpus, especialmente referida a la atribuci¨®n a los jueces de instrucci¨®n de la Audiencia Nacional de las competencias sustra¨ªdas a los jueces naturales cuando se trate de detenidos a quienes se haya aplicado la ley Antiterrorista. La Junta de Jueces de San Sebasti¨¢n se mostr¨® en completo desacuerdo con esa privaci¨®n de competencias. Aceptado "el principio de que nadie puede ser sustra¨ªdo a sus jueces naturales es consustancial a la configuraci¨®n de un Estado democr¨¢tico de Derecho", el desarrollo concreto de tal principio exigir¨ªa que las leyes de procedimiento se basasen en criterios de objetividad y automatismo a la hora de atribuir el conocimiento de los asuntos sometidos a enjuiciamiento. A la vista del proyecto gubernamental de ley de h¨¢beas corpus, la Junta de Jueces no pudo "entender tama?a vulneraci¨®n de principios y garant¨ªas procesales b¨¢sicas, sobre todo trat¨¢ndose, como se trata, de un procedimiento que imperiosamente exige, por su propia naturaleza, el respeto al principio de inmediaci¨®n". La esperanza de que la nueva ley fuera "un medio de potenciaci¨®n institucional" del amparo por los jueces de los derechos constitucionales de los detenidos "frente a posibles extralimitaciones y abusos en la utilizaci¨®n de las facultades policiales" quedaba as¨ª frustrada. De esta forma, el proyecto del Gobierno de ley de h¨¢beas corpus s¨®lo podr¨¢ contribuir "a la desigualdad de los ciudadanos ante la ley, a una injustificable ruptura del r¨¦gimen normal de garant¨ªas y competencias y, en buena medida, a la degradaci¨®n de las funciones jurisdiccionales de los jueces de instrucci¨®n de este pa¨ªs, ya muy afectadas por la llamada ley Antiterrorista".
A la vista de estos antecedentes resulta muy dif¨ªcil, por no decir imposible, abstraer la recusaci¨®n del juez de instrucci¨®n Jos¨¦ Luis Barrag¨¢n tanto de las diligencias incoadas en torno a un caso concreto de presuntas torturas como de los acuerdos de la Junta de Jueces, que desde dos enfoques diferentes alud¨ªan a la persistencia de mecanismos obstruccionistas que hacen posible la pr¨¢ctica de tratos inhumanos en dependencias gubernativas. El Consejo General del Poder Judicial, el Gobierno de la naci¨®n y los responsables del orden p¨²blico en nuestro pa¨ªs bien pudieran desplazar el centro de la atenci¨®n a esa dolorosa e inquietante realidad que pone en duda la efectiva vigencia del art¨ªculo 15 de la Constituci¨®n en vez de dedicarse a perseguir o a tratar de empapelar a los magistrados que se limitan a cumplir con sus obligaciones profesionales.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.