Los pagar¨¦s y bonos del Estado quedan exentos del 'nuevo rigor' fiscal que anuncia el Gobierno
Los recursos que destinen los inversores a la adquisici¨®n de pagar¨¦s o bonos emitidos por el Estado ser¨¢n los ¨²nicos que quedar¨¢n fuera del control fiscal estricto que se establecer¨¢ sobre los "nuevos activos financieros" (bonos, pagar¨¦s y letras de cambio), por parte del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, seg¨²n anunci¨® ayer Miguel Boyer, titular de ese departamento. En cualquier caso, estos activos continuar¨¢n siendo objeto de la tributaci¨®n a la que actualmente est¨¢n sometidos. A preguntas de los periodistas, el ministro Miguel Boyer descart¨® definitivamente, por otra parte, la posibilidad de que sea concedida una amnist¨ªa fiscal.
Para conseguir el control estricto de los nuevos activos la Administraci¨®n contar¨¢ con la colaboraci¨®n obligada de las instituciones que hacen de intermediarias en el sector financiero, si el Gobierno logra que las Cortes aprueben un proyecto de ley que ayer fue ultimado en el Consejo de Ministros. El ministro de Econom¨ªa y Hacienda, Miguel Boyer, puso de manifiest¨® en la conferencia de prensa que sigui¨® al Consejo que el Gobierno remitir¨¢ al Parlamento tres proyectos de ley que pretenden perseguir el fraude fiscal y conseguir una mayor transparencia en el panorama financiero nacional.Estas nuevas medidas establecer¨¢n la obligaci¨®n de los intermediarios financieros de facilitar informaci¨®n a la Administraci¨®n sobre la emisi¨®n y endoso de los "nuevos activos" de los dep¨®sitos de bancos y cajas de ahorros; la exigencia de balances consolidados a los grupos empresariales en los que se puedan presuponer "situaciones de dominio"; y la reestructuraci¨®n de los coeficientes de inversi¨®n obligatoria de las entidades de dep¨®sito. En este ¨²ltimo cap¨ªtulo se regular¨¢ de forma urgente, y por decreto ley, el establecimiento de un coeficiente de inversi¨®n monetario para las entidades de dep¨®sito, estimado en el 12% de sus recursos computables.
Los nuevos activos financieros, sobre los que se ha centrado una parte importante de las inversiones realizadas en los ¨²ltimos tiempos, no cuentan con unos tipos de inter¨¦s previamente definidos, por lo que su control fiscal resulta especialmente complicado.
'Para¨ªso fiscal'
Esta caracter¨ªstica hace que sea preciso atribuirles, seg¨²n palabras del ministro Miguel Boyer, un inter¨¦s expl¨ªcito basado en la relaci¨®n entre su valor intr¨ªnseco y su coste de reposici¨®n. A partir de este planteamiento, y mediante un control estricto, tanto de la emisi¨®n de estos nuevos instrumentos por las propias empresas como en sus posteriores transmisiones por los intermediarios financieros -quienes se ver¨¢n obligados a declararlas- se pretende que estos activos pierdan el car¨¢cter de para¨ªso fiscal que hasta ahora ven¨ªan manteniendo.
Sin embargo, los bonos y pagar¨¦s del Estado quedar¨¢n al margen de esta normativa com¨²n, aunque mantendr¨¢n sus obligaciones fiscales actuales.
La obligaci¨®n de los intermediarios financieros de poner a disposici¨®n de las instancias p¨²blicas, y m¨¢s concretamente de las autoridades tributarias de cierto rango, la informaci¨®n sobre sus clientes o sobre operaciones concretas que les sean requeridas, se enmarca, seg¨²n el ministro de Hacienda, en el intento oficial de buscar un mayor rigor fiscal y conseguir el sometimiento a la Hacienda P¨²blica de todos los nuevos activos que aparezcan, y que hasta ahora presentaban unos notables ¨ªndices de marginalidad fiscal.
En la misma l¨ªnea, Boyer se mostr¨® abiertamente contrario a cualquier tipo de "amnist¨ªa fiscal", por el mal ejemplo para los contribuyentes que su concesi¨®n podr¨ªa suponer.
Las modificaciones estudiadas en los coeficientes obligatorios de las entidades de dep¨®sito (bancos, cajas de ahorros y cooperativas de cr¨¦dito) se pretenden establelier sobre la base de una redefinici¨®n del c¨®mputo global, y en el mismo ser¨¢n incluidos todos los pasivos, incluso los no bancarios. Se pretende establecer el coeficiente de inversi¨®n obligatoria en el 25% de los pasivos computables.
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