El Supremo anula la concesi¨®n de un puerto deportivo en Alicante
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha condenado al Estado a restituir a su estado original la costa de la playa alicantina de La Albufereta, al desautorizar la concesi¨®n hecha por el Consejo de Ministros, el 26 de octubre de 1979, para la construcci¨®n de un puerto deportivo de refugio en uno de los puntos de la costa donde se condensan los resultados de la especulaci¨®n urban¨ªstica de los a?os sesenta.La sentencia, firmada con fecha del pasado d¨ªa 9, estima los argumentos esgrimidos por la corporaci¨®n socialista que preside Jos¨¦ Luis Lassaletta, en su recurso contra la concesi¨®n administrativa a una sociedad privada, al se?alar que la Administraci¨®n tiene que acatar y contar con las competencias municipales en cuanto al ordenamiento urban¨ªstico del municipio donde se ubican los 24.000 metros cuadrados ganados al mar en el inicio de las obras.
Los resultados de la batalla socialista contra el proyecto del puerto deportivo de La Albufereta, que se inici¨® hace cinco a?os con el apoyo de gran parte de los ciudadanos, fueron calificados ayer por Lassaletta como "hist¨®ricos".
"Nos alegramos porque en la sentencia se reconoce la autonom¨ªa de los ayuntamientos dentro de su territorio y se destierran h¨¢bitos del pasado que hicieron posible la existencia de esos grandes monstruos urban¨ªsticos que ahora sufrimos", dijo ayer el alcalde de Alicante en el transcurso de una conferencia de prensa.
El Tribunal Supremo rechaz a los argumentos de "obra de inter¨¦s p¨²blico y urgente", que esgrimi¨® el Gobierno existente en 1979, integrado por miembros de la desaparecida Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico, para autorizar el proyecto del puerto deportivo. Al mismo tiempo, la sala tercera argumenta razones de tipo ecol¨®gico y medio ambiental para rechazar la obra, donde se proyectaba construir un poblado espa?ol con varias alturas, al aprovechar parte de los terrenos ganados al mar.
El art¨ªculo 79 de la ley del Suelo y el 101 de la ley de R¨¦gimen Local sirven al Tribunal Supremo para argumentar dos considerandos que desgrana a lo largo de 14 folios, en donde apoya las competencias de los ayuntamientos sobre las obras a realizar en el mar litoral y en la costa. La sentencia se?ala que "el acuerdo impugnado infringe el Plan General de Ordenaci¨®n Urbana de Alicante", al observar que el proyecto del puerto deportivo "prescinde de un modo total y absoluto de lo consignado en dicho plan".
El teniente de alcalde de Urbanismo, Alfonso Arenas, se?al¨® por su parte la importancia de la sentencia, que sentar¨¢ jurisprudencia en materia de puertos deportivos, al ser la primera donde se falla sobre un contencioso abierto entre un ayuntamiento y el Estado; en esta situaci¨®n se encuentran numerosos ayuntamientos espa?oles.
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