El Archivo Fotogr¨¢fico Ruiz Vernacci
Recientemente, la Direcci¨®n General de Bellas Artes (DGBA), del Ministerio de Cultura, ha realizado dos exposiciones de fotograf¨ªas con fondos del Archivo Fotogr¨¢fico Ruiz Vernacci (una de ellas, bajo el t¨ªtulo J. Laurent L y la otra, Madrid, ayer y hoy) que han contribuido a dar a conocer dicho archivo, cuyo valor hist¨®rico-art¨ªstico lo convierte en el m¨¢s importante de los conservados en la actualidad. En ¨¦l quedan recogidos testimonios que pueden permitir la reconstrucci¨®n no s¨®lo del patrimonio art¨ªstico, sino de la historia y costumbres de la Pen¨ªnsula Ib¨¦rica desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, pero que ofrecen una imagen err¨®nea del mismo, ya que est¨¢ integrado por 40.000 placas, de las cuales s¨®lo 2.000 han podido ser catalogadas hasta la fecha, labor llevada a cabo por un equipo de profesionales contratados con el fin exclusivo de catalogar y conservar la totalidad del contenido de dicho archivo.Una vez catalogadas estas 2.000 primeras placas, les fue rescindido el contrato tras una supuesta finalizaci¨®n del mismo, hecho totalmente falso, como ha quedado demostrado en la sentencia emitida por la Magistratura de Trabajo y corroborada por el Tribunal Supremo, en la que se declara nulo el despido, condenando a la DGBA a readmitir a los. trabajadores.
Durante el a?o que ha durado la tramitaci¨®n del recurso interpuesto por la DGBA contra la sentencia de Magistratura que declar¨® nulos los despidos y, pese a que dicho tiempo tiene que ser pagado conforme a la legislaci¨®n vigente, la DGBA se ha permitido el lujo, con dinero del contribuyente, de no dar trabajo a los profesionales despedidos, despreciando la posi bilidad, durante su tramitaci¨®n, de continuar su labor de catalogaci¨®n y archivo. Llegado este momento, la Administraci¨®n contesta con el m¨¢s rotundo silencio, mientras el archivo ya no dispone de personal para su funcionamiento y se ve inmerso en el olvido.
?No corresponder¨ªa a la Administraci¨®n dar ejemplo, por un lado, en el cumplimiento de las sentencias de la Administraci¨®n de justicia en sus propios t¨¦rminos, y por otro lado, salvaguardar el patrimonio hist¨®rico-art¨ªstico?-
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