Las incompatibilidades de los parlamentarios
Como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la totalidad del proyecto de ley de incompatibilidades, ese peri¨®dico, el s¨¢bado 16, hizo un an¨¢lisis e informaci¨®n muy completos. Sin embargo, en su p¨¢gina 17, un titular dec¨ªa: "Impedir cobrar m¨¢s de un sueldo p¨²blico, idea b¨¢sica del proyecto", lo cual no es exacto.En efecto, el Grupo Popular present¨® una enmienda en el Congreso, la n¨²mero 50, que dec¨ªa: "El mandato de los diputados y senadores es incompatible con el desempe?o de cualquier actividad que implique el enfrentamiento de sus deberes como parlamentario con los que le imponga esa actividad. Es, asimismo, incompatible con la percepci¨®n de remuneraciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones p¨²blicas y de los organismos y empresas de ellos dependientes, o con cargo a los ¨®rganos constitucionales, o retribuidas mediante sueldo, arancel o cualquier otra forma. Esta incompatibilidad desaparecer¨¢ por la renuncia total, a elecci¨®n del parlamentario, de esa retribuci¨®n o de la que pueda percibir por cualquier concepto por su condici¨®n de parlamentario"; y resolv¨ªa, por tanto, que nadie pudiera cobrar dos sueldos sin expulsar a ning¨²n parlamentario elegido por el pueblo. Esta enmienda fue rechazada por el PSOE, quedando bien claro que el Grupo Popular no se opon¨ªa a la incompatibilidad de sueldos, sino a la incompatibilidad que expulsaba a parlamentarios con experiencia y preparaci¨®n, catedr¨¢ticos, m¨¦dicos, notarios, registradores, abogados del Estado y otros juristas, si no deja-
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Viene de la p¨¢gina 11 ban de ejercer su carrera, aunque no cobraran.
En segundo lugar, ha habido una serie de parlamentarios del Grupo Popular, y de otros, que aun antes de la entrada en vigor de esta ley renunciamos plenamente a la retribuci¨®n de parlamentario, que es mi caso, o de su otra ocupaci¨®n, caso de varios catedr¨¢ticos. Es decir, lo que la ley, ahora declarada inconstitucional, rechazaba, es que esas personas siguieran como parlamentarios a pesar de no cobrar nada por ese concepto, o renunciar a otro sueldo p¨²blico; es decir, de trabajar gratis en el Parlamento o en otro puesto p¨²blico.-
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