La nueva ley de los consumidores permitir¨¢ multas de hasta 100 millones
Las sanciones a que pueden dar lugar las infracciones en materia de defensa de los consumidores oscilar¨¢n entre 500.000 pesetas y 100 millones de pesetas, seg¨²n la nueva ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, publicada ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado.Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves, seg¨²n criterios de riesgos para la salud, posici¨®n del infractor en el mercado, cuant¨ªa del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteraci¨®n social producida, generalizaci¨®n de la infracci¨®n y reincidencia.
Las infracciones leves ser¨¢n sancionadas con multas de hasta 500.000 pesetas; las graves, hasta 2,5 millones, y podr¨¢n rebasar esta cifra hasta alcanzar el qu¨ªntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracci¨®n, y las infracciones muy graves, hasta 100 millones de pesetas, con la misma posibilidad que las graves de rebasar la cantidad indicada.
La ley regula la protecci¨®n de la salud y la seguridad del consumidor, sus intereses econ¨®micos y sociales, el derecho a la informaci¨®n, educaci¨®n y formaci¨®n en materia de consumo, derecho de representaci¨®n, consulta y participaci¨®n, situaciones de inferioridad, subordinaci¨®n o indefensi¨®n y las garant¨ªas y responsabilidades correspondientes.
Excepto en los casos que reglamentariamente se determine, los servicios puestos en el mercado a disposici¨®n de los consumidores no implicar¨¢n riesgos para su salud o seguridad.
Los riesgos provenientes de utilizar reglamentariamente determinados bienes ser¨¢n puestos previamente en conocimiento de los consumidores. El consumidor y el usuario tienen, seg¨²n la nueva ley, derecho a ser indemnizados por los da?os y perjuicios demostrados que el consumo de bienes les irrogue, salvo los causados por su culpa.
Seg¨²n la nueva ley, queda prohibida la venta a domicilio de bebidas y alimentos, as¨ª como el suministro de alimentos envasados cuando no conste en los envases, etiquetas, r¨®tulos, cierres o precintos el n¨²mero de registro sanitario. Los productos deber¨¢n permitir que el consumidor posea informaci¨®n sobre el origen, naturaleza y composici¨®n del producto, aditivos autorizados, calidad, precio completo, fecha de producci¨®n e instrucciones sobre su uso y posibles riesgos.
En cuanto a las cl¨¢usulas, condiciones o estipulaciones que se apliquen a la oferta, promoci¨®n o venta de productos al p¨²blico, su redacci¨®n habr¨¢ de ser clara, sencilla y concreta, y se deber¨¢ entregar al consumidor alg¨²n tipo de justificante de la operaci¨®n realizada, tal como un recibo o cualquier documento acreditativo.
Entre los objetivos de la ley, figuran: establecer, sobre bases firmes y directas, los procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios; disponer del marco legal adecuado para favorecer un desarrollo ¨®ptimo del movimiento asociativo en este campo y declarar los principios, criterios, obligaciones y derechos que configuran la defensa de los consumidores y usuarios.
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