El r¨¦gimen sobre sondeos
El siguiente texto reproduce los art¨ªculos de la Ley 14/1980, de 18 de abril de 1980, a que se refiere el proyecto de ley electoral y que establecen el r¨¦gimen de las encuestas electorales. El Gobierno sostiene que la referencia del proyecto enviado a las Cortes al art¨ªculo 7 es un error, por lo que se ha apresurado a subsanarlo y a retirar del proyecto la menci¨®n del citado art¨ªculo de la ley electoral.
Art¨ªculo 1. Se regir¨¢n por lo dispuesto en la presente ley la publicac¨ª¨®n y difusi¨®n, total o parcial, durante las campa?as electorales, de los elementos o resultados de cualquier encuesta o sondeo de opini¨®n, o las operaciones de simulaci¨®n de voto realizadas a partir de sondeos de opini¨®n, que est¨¦n directa o indirectamente relacionados con un refer¨¦ndum o con elecciones a Cortes, locales, o de comunidades aut¨®nomas.
Art¨ªculo 2. Los realizadores de todo sondeo o encuesta deber¨¢n, bajo su responsabilidad, acompa?arlos de las siguientes especificaciones:
a) Denominaci¨®n del organismo o entidad, p¨²blico o privado, que haya realizado el sondeo o, en su caso, nombre y apellidos de la persona f¨ªsica que lo haya realizado y, en ambos casos, el domicilio.
b) Denominaci¨®n de la entidad o nombre y apellidos de la persona f¨ªsica que hayan encargado la realizaci¨®n del sondeo.
c) Caracter¨ªsticas t¨¦cnicas del sondeo que incluir¨¢n necesariamente los siguientes extremos: sistema de muestreo, n¨²mero de personas encuestadas y de las que no han respondido, nivel de representatividad de la muestra, procedimiento de los encuestados y fechas de realizaci¨®n de las encuestas.
d) Texto ¨ªntegro de las cuestiones planteadas.
La publicaci¨®n de todo sondeo o encuesta deber¨¢ incluir necesariamente las especificaciones citadas.
Art¨ªculo 3. La Junta Electoral Central velar¨¢ porque los datos e informaciones de los sondeos que sean objeto de publicaci¨®n no contengan falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas, as¨ª como por el correcto cumplimiento de las especificaciones a que se refiere el art¨ªculo segundo y por el respeto a la prohibici¨®n establecida en el art¨ªculo s¨¦ptimo.
Art¨ªculo 4. La Junta Electoral Central podr¨¢ recabar de quien haya realizado un sondeo o encuesta publicados la informaci¨®n t¨¦cnica complementaria que juzgue oportuna al objeto de efectuar las comprobaciones que estime necesarias. Esta informaci¨®n no podr¨¢ extenderse al contenido de los datos sobre las cuestiones que, conforme con la legislaci¨®n vigente, sean de uso propio o reservado de la empresa o su cliente.
Art¨ªculo 5. Los medios informativos que hubieran publicado o difundido un sondeo, violando las disposiciones de la presente ley, estar¨¢n obligados a publicar o difundir inmediatamente las rectificaciones requeridas por la Junta Electoral Central, anunciando su procedencia y los motivos de la rectificaci¨®n, y program¨¢ndose o public¨¢ndose en los mismos espacios o p¨¢ginas que la informaci¨®n rectificada.
Art¨ªculo 6. Las resoluciones de la Junta Electoral Central sobre materia de encuestas y sondeos ser¨¢n notificadas a los interesados y publicadas. Podr¨¢n ser objeto de recurso ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa, en la forma prevista por su ley reguladora (R. 1956, 1890 y N. dicc. 18435) y sin que sea preceptivo el recurso previo de reposici¨®n.
Art¨ªculo 7. Durante los cinco d¨ªas anteriores al de la votaci¨®n queda prohibida la publicaci¨®n y difusi¨®n de cualquier sondeo de los comprendidos en el art¨ªculo rimero por cualquier medio de comunicaci¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.