Los ayuntamientos ser¨¢n autorizados en 1985 a fuertes subidas en diversos impuestos
Los ayuntamientos espa?oles ser¨¢n autorizados por la ley de Presupuestos del Estado para 1985 a aplicar fuertes subidas -por lo general del 20% o superiores- en los impuestos sobre los cuales ser¨¢ potenciada la futura fiscalidad municipal la contribuci¨®n territorial urbana y las licencias fiscales. Si el a?o pasado los ingresos impositivos de las corporaciones locales crecieron un 27% (hasta 780.400 millones de pesetas), seg¨²n datos de Hacienda, en 1985 se aproximar¨¢n al bill¨®n de pesetas. Tales medidas, complementarias a los recargos en el impuesto sobre la renta, han sido reclamadas por los municipios para preparar la transici¨®n hacia la pr¨®xima ley de Financiaci¨®n de las Haciendas Locales, que podr¨ªa entrar en vigor a partir de 1986.
Las medidas previstas en el proyecto de ley de Presupuestos del Estado para 1985 fueron solicitadas por la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias (FEMP). De un lado, ser¨¢ desarrollada la liberalizaci¨®n y aumentar¨¢ del 3% al 4% el valor catastral sobre el que se basa la contribuci¨®n territorial urbana (CTU), que aporta a los ayuntamientos ingresos anuales por m¨¢s de 50.000 millones de pesetas (cerca de 1.500 pesetas por habitante). De otro, subir¨¢n un 20% todas las licencias fiscales, lo que elevar¨¢ la actual recaudaci¨®n de 40.000 millones de pesetas en otros 8.000 millones.Fuentes de la FEMP han precisado que las licencias estaban sin revisar desde 1981 y su alcance resulta desigual, porque depende del tipo de actividad, no de los ingresos o de la situaci¨®n del negocio, como ser¨ªa lo justo. La cuota m¨ªnima para las actividades comerciales e industriales se incrementar¨¢ de 3.000 a 3.600 pesetas. La licencia fiscal de actividades profesionales y art¨ªsticas incrementar¨¢ su m¨ªnimo de 5.000 a 6.000 pesetas.
En la CTU, la tarifa subir¨¢ del 3% al 4% sobre el valor que tenga cada bien urbano en el catastro. Si la vivienda o el local est¨¢ arrendado y el tributo supera a la renta legal o administrativa exigible, el arrendador podr¨¢ cargar la diferencia al inquilino o arrendatario, al margen de la fecha del contrato. Cuando la FEMP negoci¨® estas medidas con Hacienda, pidi¨® que la novedad no se incluyera, porque puede perjudicar a jubilados u otras personas con dificultades de subsistencia. Por tanto, la medida, que aparece en el proyecto de ley de Presupuestos, podr¨ªa ser susceptible de enmiendas cuando se discuta.
Hacia la reforma
Mayor impacto que este incremento del 3% al 4% en la CTU, tributo cuyo per¨ªodo de pago concluye estos d¨ªas en toda Espa?a, se derivar¨¢ de la reciente liberalizaci¨®n del mismo, que ser¨¢ complementada el pr¨®ximo a?o con la mecanizaci¨®n de liquidaciones para las rentas administrativas y, sobre todo, la revisi¨®n de algunos catastros en funci¨®n de factores como suelo, edificaci¨®n y alumbrado. La FEMP opina que una actualizaci¨®n completa podr¨ªa llegar a triplicar en muchos casos la recaudaci¨®n de este tributo. Pero tales actualizaciones, que en el futuro tender¨¢n a basarse en el valor de mercado de los terrenos, resultan muy costosas y no pueden ser acometidas por la mayor parte de los ayuntamientos.Los aumentos de ingresos de cada ayuntamiento depender¨¢n de si actualizan o no los catastros, aunque por t¨¦rmino medio se apunta un incremento superior al 20%.
En Madrid, por ejemplo, el Ayuntamiento de Getafe llegar¨¢ al 45% y en Valladolid se ha aplicado un incremento pr¨®ximo al 500%. Pero este ¨²ltimo caso se explica en que, a la vez que aumentan los tipos y se actualiza el catastro, el nuevo tributo engloba una serie de tasas, como alcantarillado y basuras, que desaparecen.
Hacia la l¨ªnea de Valladolid apuntan las facilidades dadas por el Gobierno a la potenciaci¨®n de dicha contribuci¨®n, que se concibe como el pilar de la futura imposici¨®n directa de los municipios.
En efecto, las ideas previas para elaborar el pr¨®ximo proyecto de ley de Financiaci¨®n de las Haciendas Locales tienden a simplificar la dispersa imposici¨®n local y basarla en tres grandes figuras: la CTU (previa supresi¨®n de algunas tasas), el impuesto sobre actividades econ¨®micas (que absorber¨¢ a las actuales licencias) y el impuesto sobre circulaci¨®n de veh¨ªculos.
Adem¨¢s, los ayuntamientos podr¨¢n implantar los recargos en el impuesto sobre la renta a que fueron autorizados por ley el pasado a?o y recibir¨¢n recursos del Estado y de las comunidades aut¨®nomas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.