Las autonom¨ªas y la hacienda local administran el 25% del gasto p¨²blico y no el 50% previsto
En los ¨²ltimos meses el proceso descentralizador ha recibido importantes impulsos: la aprobaci¨®n de la ley del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial, la fijaci¨®n de los porcentajes de participaci¨®n para 1984 y 1985 y la cesi¨®n de tributos a nuevas comunidades hasta un total de 10 territorios. Sin embargo, en este plazo de tiempo tambi¨¦n ha quedado de manifiesto la insuficiencia del sistema de financiaci¨®n previsto.Con cerca del 80% de las transferencias ya realizadas, el gasto disponible de las comunidades aut¨®nomas para 1985 se aproximar¨¢ al bill¨®n de pesetas: 266.597 millones de pesetas de porcentaje de participaci¨®n; 262.420 millones de tributos cedidos; 22.681 millones de tasas; 152.683 millones del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial; unos 200.000 millones aproximadamente de transferencias por servicios que son titularidad del Estado pero cuya gesti¨®n corresponde a las autonom¨ªas; 49.824 millones del llamado efecto financiero, y unos 50.000 millones de endeudamiento. Como los recursos de las haciendas locales (las de ayuntamientos y diputaciones) son de un bill¨®n de pesetas, resulta que el gasto disponible por las comunidades aut¨®nomas y las haciendas locales se sit¨²a globalmente entre el 20% y el 25% del gasto del Estado, que para 1985 se aproxima a los nueve billones de pesetas.
Este porcentaje significa que con el actual modelo de financiaci¨®n no se va a conseguir el grado de distribuci¨®n y descentralizaci¨®n del gasto que fij¨® la comisi¨®n de expertos sobre Financiaci¨®n de las Comunidades Aut¨®nomas. Estos, en su informe se?alaban que al final del proceso auton¨®mico la Hacienda del Estado administrar¨ªa solamente algo m¨¢s del 50% del gasto total, distribuyendo el otro 50% las comunidades aut¨®nomas y las haciendas locales.
Antoni Castells, profesor de Hacienda P¨²blica de la Universidad de Barcelona, considera que aunque el grado de descentralizaci¨®n conseguido sea importante, la situaci¨®n espa?ola queda a mucha distancia todav¨ªa de los Estados de estructura federal descentralizada -donde los gobiernos territoriales hacen el 50% del gasto-, e incluso de muchos pa¨ªses de estructura unitaria, donde las haciendas locales controlan hasta el 40% de los recursos (el caso de los pa¨ªses del norte de Europa), aunque en otros, como Gran Breta?a, este porcentaje sea del 25 %.
Para el director general de Coordinaci¨®n con las Haciendas Territoriales del Ministerio de Econom¨ªa, Enrique Mart¨ªnez Robles, "el proceso descentralizador espa?ol ya es irreversible, y ha sido un gran paso incluir en la ley de Presupuestos el porcentaje de participaci¨®n, que permitir¨¢ que las comunidades realicen sus proyectos presupuestarios conociendo los recursos de que dispondr¨¢n".
El 'efecto financiero'
El m¨¦todo aplicado para calcular el coste de financiaciaci¨®n para 1985 fue acordado por el Consejo de Pol¨ªtica Fiscal y Financiera el pasado 14 de septiembre, con la oposici¨®n de Catalu?a y Galicia y la abstenci¨®n de Cantabria. Sin embargo, posteriormente, en todas las reuniones de las respectivas comisiones mixtas se alcanzaron acuerdos, tanto en el establecimiento del coste efectivo de los servicios transferidos como en el porcentaje de participaci¨®n en los ingresos del Estado por tributos no cedibles.La f¨®rmula empleada es intermedia entre las posiciones iniciales de ambas partes. El Gobierno consider¨® que con ella se producir¨ªa una sobrefinaciaci¨®n tolerable de los servicios transferidos -el llamado efecto financiero-, cifrable, para 1985, en 49.824 millones de pesetas, lo que significar¨ªa un aumento controlado sobre los 36.000 millones del a?o anterior.
El mecanismo aplicado toma como base de partida el coste de los servicios transferidos en diciembre de 1984, y calcula su finaciaci¨®n teniendo en cuenta los ingresos previstos por el Estado por tributos no cedibles para 1985, con lo que el efecto financiero queda limitado a un a?o. En el cuadro adjunto se detallan las cantidades que integran las distintas fuentes de ingresos y el efecto financiero de cada comunidad para 1985.
Para establecer los ingresos por porcentaje de participaci¨®n, se tuvo en cuenta la carga asumida por cada comunidad y se les restaron las tasas recaudadas por ella.
En el caso de Catalu?a, por ejemplo, se estim¨® que en 1984 la carga asumida eran 87.347 millones, y se le descontaron los 2.546 millones de las tasas recaudadas por la Generalitat y los 70.000 millones de los tributos cedidos en el mismo a?o, y qued¨® como cifra final 14.801 millones. Esto representa un 0,4729987% de los ingresos del Estado por tributos no cedibles, en 1984, que se estimaron en 3.129.300 millones de pesetas.
Los gastos reales
Ese mismo porcentaje de participaci¨®n aplicado a los ingresos estatales previstos para 1985, que se sit¨²an en los 3.885.177 millones, fija para ese a?o, en el caso de Catalu?a, unos ingresos de 18.376 millones de pesetas. Como se ve, la partida crece al mismo ritmo que los ingresos del Estado (en este caso concreto, un 24,2%). Como los gastos reales de las autonom¨ªas son mayoritariamente de personal y aumentan a ritmo inferior, se produce te¨®ricamente una sobrefinanciaci¨®n, que es el llamado efecto financiero. Hasta ahora ha existido un pacto t¨¢cito de considerar que esa sobrefinaciaci¨®n sirve para compensar la falta de recursos de las autonom¨ªas para afrontar los costes indirectos.Castells opina, sin embargo, que este mecanismo, el aplicado en la pr¨¢ctica, no es el dise?ado por la LOFCA y genera un efecto financiero mucho m¨¢s reducido: "Ha quedado clara la necesidad de reformar el sistema; si se hubiese aplicado estrictamente la LOFCA se habr¨ªa enmascarado un problema que hoy ya asumen todos".
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