La Audiencia ordena que vuelva a prisi¨®n el ¨²nico procesado de la colza que fue excarcelado
La Secci¨®n Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado la resoluci¨®n del juez instructor del sumario por el s¨ªndrome t¨®xico, Alfonso Barcala, que orden¨® la libertad provisional de Ram¨®n Ferrero L¨®pez, copropietario, con su hermano El¨ªas, de la empresa Raelca, de Alcorc¨®n (Madrid), y uno de los procesados en el sumario por el envenenamiento masivo producido por el consumo de aceite de colza. El auto del citado tribunal decreta el reingreso en prisi¨®n de Ram¨®n Ferrero "de forma ineludible". La consecuencia indirecta de dicha resoluci¨®n judicial es la permanencia en la c¨¢rcel de los restantes ocho procesados que se encuentran en prisi¨®n.
La libertad provisional de Ram¨®n Ferrero fue decidida por el juez Barcala el pasado 11 de julio, tras haber sido denegada dicha situaci¨®n, seis meses antes, por la Audiencia Nacional para nueve de los procesados que ya hab¨ªan cumplido entonces 30 meses de prisi¨®n.Contra dicho auto recurrieron ante la Audiencia. Nacional tanto el ministerio fiscal como parte de la acusaci¨®n particular, en concreto la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU), varias asociaciones de afectados por el s¨ªndrome t¨®xico -entre ellas, las de Alcal¨¢ de Henares y Legan¨¦s- y, el Patrimonio Olivarero Espa?ol (POE).
La vista del recurso se celebr¨® el pasado 31 de octubre. Los abogados de los afectadios, Ignacio Iriarte, Francisca Sauquillo y Mariano Mu?oz Bouza argumentaron, entre otras cosas, que el l¨ªmite m¨¢ximo de 30 meses de prisi¨®n provisional establecido por la ley hay que conciliarlo con el ¨²ltimo p¨¢rrafo de la misma, seg¨²n el cual "en los plazos establecidos en este art¨ªculo no se computar¨¢ el tiempo en que la causa sufriere dilaciones indebidas imputables al inculcado".
El letrado Mariano Mu?oz aleg¨®, en concreto, que el procesado Ram¨®n Ferrero hab¨ªa sido responsable de algunas de estas delaciones, especialmente mediante declaraciones que despu¨¦s se comprobaron falsas y que contribuyeron a la prolongaci¨®n de la tramitaci¨®n del sumario. Mu?oz estim¨® que el derecho constitucional del procesado a no declarar no debe confundirse con el de declarar falsamente y que, en todo caso, tal actitud invalida legalmente la pretensi¨®n de acogerse a los beneficios que la ley prev¨¦ para aquellos casos en que la dilaci¨®n no es imputable al inculpado.
La decisi¨®n de la Audiencia Nacional de revocar la libertad provisional de Ram¨®n Ferraro ha sido considerada en medios jur¨ªdicos consultados por este peri¨®dico como el resultado negativo de la prueba realizada por el juez Barcala al poner en libertad provisional a uno de los procesados en prisi¨®n. De haber sido confirmada por la Audiencia Nacional dicha orden, se habr¨ªa producido, con casi total probabilidad, seg¨²n dichas fuentes, la puesta en libertad de los restantes procesados que permanecen en prisi¨®n desde hace m¨¢s de 30 meses.
Recuso de Alamar
En la misma fecha que se vio el recurso contra la libertad provisional de Ram¨®n Ferrero, se celebr¨® la vista del recurso contra el procesamiento de Salvador Alamar Belloch. Este encausado, que se encontraba en rebeld¨ªa y posteriormente se present¨® voluntariamente ante el juez, fue procesado e ingres¨® en prisi¨®n el pasado 2 de julio. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Alamar y ha confirmado, por tanto, su procesamiento.
Adem¨¢s de Ram¨®n Ferrero, cuyo inmediato ingreso en prisi¨®n ha sido ordenado por la Audiencia Nacional, y de Salvador Alamar, cuyo procesamiento ha sido confirmado, permanecen en prisi¨®n El¨ªas Ferrero, hermano de Ram¨®n, C¨¢ndido Hern¨¢ndez Gal¨¢n, Ram¨®n Alabart Perram¨®n, Enrique Salom¨® Caparo, Jorge Pich Garriga y los hermanos Juan Miguel y Fernando Bengoechea.
El resto de los procesados, hasta un total de 42, permanecen en libertad provisional con distintas fianzas, por solicitarse para ellos penas inferiores de las pedidas por el fiscal para los que permanecen en prisi¨®n.
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