Garantizada la mayor¨ªa p¨²blica en las cajas de ahorro fundadas por municipios o diputaciones
El proyecto de ley de ¨®rganos rectores de las cajas de ahorro, que el Gobierno acord¨® ayer enviar a las Cortes, garantizar¨¢ la mayor¨ªa de ayuntamientos y diputaciones en las 26 entidades de fundaci¨®n p¨²blica. Para las 54 cajas de fundaci¨®n privada, entre las cuales figuran las m¨¢s importantes, ning¨²n grupo de representaci¨®n tendr¨¢ asegurada la mayor¨ªa, aunque la ley permitir¨¢ contrapesar el tradicional dominio de los aparatos con la mayor presencia de ayuntamientos y autonom¨ªas.
El proceso de renovaci¨®n en las asambleas y consejos de este tercio del sistema financiero empezar¨¢ dentro de un a?o. El proyecto aprobado ayer por el Consejo de Ministros incluye diversas modificaciones respecto a los borradores sometidos a consulta del sector desde febrero pasado. Cuando el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda hab¨ªa admitido varias de las numerosas sugerencias procedentes de los actuales administradores de las cajas, la reciente batalla por el control en la Caixa de Catalunya, fundada por la Diputaci¨®n de Barcelona, llev¨® a los socialistas de Catalu?a a pedir una clara mayor¨ªa p¨²blica para las entidades promovidas por ayuntamientos y diputaciones, la ampliaci¨®n de facultades de las comunidades aut¨®nomas y mayores recortes en el poder de los directores generales.De estas sugerencias, defendidas en Madrid por Narc¨ªs Serra, ex alcalde de Barcelona y ministro de Defensa, ha sido atendida la primera. Los anteproyectos iniciales, a medio camino entre las posiciones de quienes ostentan el poder en las cajas y el programa electoral socialista, intentaban garantizar la mayor¨ªa absoluta de ayuntamientos y diputaciones en las entidades de fundaci¨®n p¨²blica y lograr la minor¨ªa m¨¢s amplia en las de fundaci¨®n privada.
La reforma dictada por decreto a finales de 1977 por el entonces vicepresidente del Gobierno, Enrique Fuentes Quintana, daba entre 60 y 150 puestos en las asambleas a representaciones de los impositores extra¨ªdas en principio por sorteo. Los primeros anteproyectos otorgaban del 30% al 40% para los impositores, otro tanto para corporaciones locales, del 5% al 15% para las entidades fundadoras y el mismo, porcentaje para los empleados. Las comunidades aut¨®nomas concretar¨ªan en su ¨¢mbito los porcentajes anteriores.
Tras las gestiones catalanas, el Gobierno ha decidido fijar los siguientes porcentajes de representaci¨®n: 44%, impositores salidos de sorteo; 40%, corporaciones locales; 11 %, entidades fundadoras, y 5 %, empleados. As¨ª, entre el 40% local y el 11 % de la entidad fundadora se llegar¨¢ autom¨¢ticamente al 51%, lo que garantiza el control de la caja, pues la estructura representativa de las asambleas traslada el proyecto al consejo de administraci¨®n y a la comisi¨®n de control, los otros dos ¨®rganos de gobierno que implantar¨¢ la ley.
Sin embargo, ha desaparecido definitivamente la previsi¨®n del primer anteproyecto -suprimida tras las consultas a las cajas- de que la representaci¨®n de las entidades fundadoras se acumular¨ªa a la de corporaciones locales en la caja donde no estuviera determinado el fundador, fen¨®meno registrado en una docena de las 54 privadas. Ahora el 11 % correspondiente se repartir¨¢ entre los otros grupos.
Competencia de los directores
Tampoco ha sido recortada m¨¢s de lo previsto inicialmente la competencia de los directores generales, que seguir¨¢n contratados, en caso de cese por el consejo de administraci¨®n, hasta los 65 a?os (los directores ped¨ªan hasta los 70 a?os). Sigue el derecho de veto del director a las decisiones del consejo, figura que apenas ha sido utilizada.Con todo, adem¨¢s de fomentar la presencia de las corporaciones locales en las cajas privadas y devolver las p¨²blicas a sus fundadores, el proyecto aprobado por el Gobierno reduce el n¨²mero de miembros en los ¨®rganos de gobierno, limita la democracia futbol¨ªstica que se ejerc¨ªa al amparo de la mayor¨ªa formal de los impositores (sal¨ªan elegidos entre ¨¦stos los nombres promovidos desde el aparato de la caja, mediante traslados y aperturas de cuentas) y ampl¨ªa las competencias atribuidas a las comunidades aut¨®nomas.
Entre otras cosas, las comunidades aut¨®nomas desarrollar¨¢n los procedimientos electorales. El secretario de Estado de Econom¨ªa y Planificaci¨®n, Miguel ?ngel Fern¨¢ndez Ord¨®?ez, se?al¨® ayer en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros que la principal virtualidad del proyecto de ley de ¨®rganos rectores de las cajas de ahorro era dar una estabilidad democr¨¢tica a las normas hasta ahora existentes.
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