Probable consolidaci¨®n en el poder judicial de la mayor¨ªa conservadora durante cinco a?os m¨¢s
La inscripci¨®n formal de Jueces para la Democracia como asociaci¨®n judicial en el registro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) supone el inicio hoy de la cuenta atr¨¢s para la renovaci¨®n de este ¨®rgano de gobierno de la justicia, cuyo mandato termina el 23 de octubre de este a?o. Fuentes de la citada asociaci¨®n progresista temen que la elecci¨®n de los 12 vocales de procedencia judicial se celebre por el vigente sistema electoral mayoritario, que consolidar¨ªa durante cinco a?os m¨¢s a la actual mayor¨ªa conservadora del CGPJ.
La vigente ley org¨¢nica del Consejo General del Poder Judicial, de 10 de enero de 1980, establece que la elecci¨®n de los 12 vocales de procedencia judicial -los ocho restantes corresponde elegirlos al Parlamento- "deber¨¢ convocarse con tres meses de antelaci¨®n a la terminaci¨®n del mandato del Consejo", es decir, el 23 de julio de 1985.El proyecto de LOPJ remitido por el Gobierno al Parlamento -actualmente en tr¨¢mite de ponencia y pendiente todav¨ªa de los debates en comisi¨®n y pleno del Congreso y del Senado- establece la libre asociaci¨®n de jueces y magistrados e introduce el procedimiento electoral proporcional, que permitir¨¢ la incorporaci¨®n de las minor¨ªas.
Por el momento, Jueces para la Democracia se constituye hoy provisionalmente como asociaci¨®n judicial, seg¨²n la ley vigente, que exige la incorporaci¨®n, en el plazo de seis meses, del 15% de la carrera judicial (unos 280 jueces y magistrados). S¨®lo si se alcanza este n¨²mero de asociados, la minor¨ªa progresista podr¨¢ concurrir a las elecciones. En los anteriores comicios, celebrados en 1980, los 12 puestos de consejeros a votaci¨®n fueron copados por la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM), ¨²nica existente entonces. Al producirse en 1984 la escisi¨®n de las corrientes Jueces para la Democracia y la moderada Francisco de Vitoria -que todav¨ªa no han llegado a un acuerdo entre s¨ª-, la victoria de la APM en 1985 tendr¨ªa un signo a¨²n m¨¢s conservador que en 1980, ya que s¨®lo queda en ella el sector ultraconservador, por otra parte mayoritario en la carrera.
Magistrados del Supremo
Los sectores judiciales y pol¨ªticos progresistas y el propio Ministerio de Justicia contemplan con preocupaci¨®n la pr¨®xima renovaci¨®n del CGPJ. Junto al riesgo apuntado de que el sector ultraconservador de la judicatura obtenga la mayor¨ªa del CGPJ, en contraste con la mayor¨ªa socialista existente en los otros dos poderes del Estado -Parlamento y Gobierno-, se considera la importancia que para la justicia espa?ola significar¨¢n los pr¨®ximos cinco a?os de mandato del CGPJ. Entre otras cosas y habida cuenta el r¨¦gimen de jubilaciones que se establece en la LOPJ, durante esta etapa se renovar¨¢ la c¨²pula judicial y, en concreto, ser¨¢n designados los nuevos magistrados del Supremo.Jueces para la Democracia reprocha al PSOE el tiempo perdido desde su llegada al poder en 1982, a causa del cual el calendario para la posible incorporaci¨®n de la minor¨ªa progresista al CGPJ se encuentra muy apretado y problem¨¢tico. Sin embargo, el secretario de Estado para las Relaciones con las Cortes, Virgilio Zapatero, asegur¨® a este peri¨®dico que la LOPJ estar¨¢ en el Boletin Oficial del Estado en junio de este a?o, "a pesar del filibusterismo parlamentario que trate de realizar la derecha".
Zapatero se refiri¨®, en concreto, a las peticiones de comparecencia de representantes del mundo judicial en la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso, solicitadas por el portavoz del Grupo Popular, Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Gallard¨®n, y a los anuncios de apurar los plazos y dilatar al m¨¢ximo los tr¨¢mites parlamentarios, con el pretexto del perfeccionamiento de la ley.
Entre las dificultades para lograr que la elecci¨®n de los 12 vocales de procedencia judicial se celebre por el sistema proporcional, destaca el riesgo de que el Grupo Popular presente un recurso previo de inconstitucionalidad, que paralizar¨ªa la tramitaci¨®n de la ley e impedir¨ªa su entrada en vigor hasta que se pronunciara el Tribunal Constitucional. Para despejar este riesgo es necesario que el alto tribunal resuelva el recurso previo presentado contra el proyecto de ley que elimina el recurso previo. Por el momento, el Gobierno no ha sido emplazado para presentar las alegaciones contra el recurso admitido a tr¨¢mite.
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