El juez Do?ate y la Administraci¨®n de justicia
Con fecha 17 del presente mes, leo en el diario que usted dirige, en la secci¨®n de Cartas al Director, una carta firmada por tres fiscales, miembros de la comisi¨®n gestora de la nueva Asociaci¨®n de Fiscales, en la que se, hace referencia a la actuaci¨®n del juez de vigilancia penitenciaria Antonio Do?ate. En esa carta se hace una alabanza de la actuaci¨®n de dicho juez en las funciones que son inherentes al puesto que desempe?a y se afirma que su deseo de llevar hasta sus ¨²ltimas consecuencias la aplicaci¨®n de la ley org¨¢nica general Penitenciaria ha producido reacciones contrarias dentro de la Administraci¨®n penitenciaria.Comoquiera que dicho as¨ª, en t¨¦rminos generales, "Administraci¨®n Penitenciaria", puede prestarse a la confusi¨®n o al equ¨ªvoco, tengo inter¨¦s en matizar este extremo en el siguiente sentido:
1. El actual equipo del Ministerio de Justicia tom¨® posesi¨®n el 9 de diciembre de 1982.
2. Desde la indicada fecha hasta el 20 de febrero de 1984, en que se produc¨ªa la transferencia en materia penitenciaria a la Generalitat, las prisiones catalanas dependieron de este ministerio.
3. Durante ese per¨ªodo de tiempo, no solamente no existi¨® problema alguno con el se?or Do?ate, sino que la conclusi¨®n a la que ha de llegarse es precisamente la contraria, existiendo una identificaci¨®n plena entre la actuaci¨®n de dicho juez y los principios inspirados en la ley Penitenciaria seguidos por la Direcci¨®n General. Si han surgido problemas con la que debe de entenderse por Administraci¨®n Penitenciaria con posterioridad a las fechas indicadas, lo ig-
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