La defensa de Els Joglars citará como testigo al presidente de la Generalitat valenciana
El abogado defensor de Els Joglars y del director gerente del teatro Valencia, Vicente Vergara, solicitará la comparecencia del presidente de la Generalitat valenciana, Joan Lerma, y de otras autoridades del PSOE como testigos en el sumario instruido a causa de la representación de la obra Teledeum. El titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Valencia, Guillermo Forteza, dictó la pasada semana auto de procesamiento contra los actores y el director de Els Joglars y el gerente del teatro donde se escenificó Teledeum en Valencia, por los presuntos delitos de "blasfemia" y "contra la libertad de conciencia". El juez reconoció a este periódico que no ha asistido a ninguna representación de la obra.
Vicente Vergara, que ha sido citado a declarar ante el juzgado el próximo día 28 de mayo, indicó que su defensor, Francisco Soler Crespo, pedirá la comparecencia como testigos tanto de Lerma como del presidente de la Diputación Provincial de Valencia, Antoni Asunción; los consellers de Cultura y Presidencia de la Generalitat, Cipriá Ciscar y Rafael Blasco, respectivamente; el primer teniente de alcalde del Ayuntamiento de Valencia, Juan Antonio Lloret, y el senador Alfons Cucó. Todos ellos, militantes del PSOE, asistieron al estreno de la obra en la capital valenciana.
Recurso de los actores
Por su parte, los seis actores que intervienen en el montaje han presentado ante el juzgado recurso de reforma contra el procesamiento para solicitar que éste quede sin efecto. Tanto el director de Els Joglars, Albert Boadella, como el gerente del teatro, Vicente Vergara, recurrirán en breve. Las actuaciones judiciales tienen su origen en una querella que presentó el abogado Carlos Verdú, vinculado al extinto partido Fuerza Nueva, y a la que se adhirieron unas 500 personas.El titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Valencia, Guillermo Forteza, manifestó ayer a este diario, en relación con el procesamiento de Vergara, que en él hay "una especie de participación necesaria" para la consumación del presunto acto delictivo, en este caso la representación de la obra.
A?adió el juez: "Yo conocía el contenido de la obra a través de los medios de comunicación, como otras muchas personas, y, de acuerdo con mis creencias religiosas, no fui a verla". Precisó que esta circunstancia no ha influido en su resolución sobre el procesamiento, y que habría sido la misma tanto si hubiese presenciado la representación como si no. Acerca de sus creencias religiosas, se?aló que es católico, "hecho que no tengo por que ocultar", dijo.
De acuerdo con el auto de procesamiento dictado por el juez, se encuentra en la obra Teledeum "la evidente y manifestada intención de ultrajar, profanar y ofender los aspectos y creencias más trascendentales y relevantes de los que profesan la religión católica". El auto a?ade que lo que se representaba "era una profanación y vejación continuada de los dogmas, ritos y ceremonias de la religión católica".
El auto dictado por el juez Forteza considera que Teledeum incurre en los presuntos delitos de "blasfemia" y "contra la libertad de conciencia" previstos en los artículos 208, 209 y 239 del Código Penal.
Fuera del contexto de la obra
En el recurso contra el procesamiento, los actores manifiestan su disconformidad con el único resultando del auto, "que contiene la narración de determinadas escenas y la reproducción de frases que no se corresponden a la realidad de los hechos y que, por otra parte, constituyen una consideración parcial y fuera del contexto general de la obra".Tras rechazar la comisión de los delitos que se les imputan, los actores invocan el artículo 20 de la Constitución espa?ola, que "establece que se reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito y cualquier otro medio de reproducción, así como a la producción y creación literaria y artística".
A?aden que "la asistencia a dicha representación, que, por otra parte, se ha de recordar, es totalmente libre y voluntaria, en ningún caso puede coaccionar ni modificar las creencias religiosas y la libertad de conciencia de persona normalmente formadas".
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