Motivos del recurso del Grupo Popular
El recurso previo de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso se basaba en los siguientes motivos:1. No se respeta el contenido esencial del derecho a la libre elecci¨®n del centro, por lo que se impugnan los art¨ªculos 20.2 y 53 de la LODE.
Seg¨²n el recurso, y teniendo en cuenta las disposiciones legales de la Constituci¨®n espa?ola, "se imponen unas prioridades carentes de justificaci¨®n objetiva".
2. No se respeta el contenido esencial del derecho a establecer y desarrollar el ideario del centro, por lo que se impugna el art¨ªculo 22, apartados 1 y 2 de la LODE.
3. Se establecen requisitos de orden econ¨®mico-financiero que limitan gravemente el acceso a las ayudas p¨²blicas, por lo que se impugnan los art¨ªculos 47.1, 49.3 y 51.2 de la LODE.
4. Se infringe el sistema constitucional de competencias del Estado y las comunidades aut¨®nomas sobre la materia, por lo que se impugna el art¨ªculo 47.2 de la LODE.
5. No se respeta el contenido esencial de las facultades directivas del titular, y se impugnan los apartados A, B, D, E, F y L del art¨ªculo 57, los art¨ªculos 59 y 60 y los apartados E y F del art¨ªculo 62.
6. Se establecen discriminaciones injustificadas que atentan al ejercicio o desarrollo de la libertad de ense?anza, por lo que se impugnan los art¨ªculos 21.2 y 48.3 y las disposiciones adicionales tercera y cuarta de la ley.
El recurso considera que se establecen incapacidades discriminatorias y se priva, sin ningun fundamento, la capacidad de creaci¨®n de centros a determinados colectivos.
En el recurso del Grupo Popular se se?ala que en la ley se establece una discriminaci¨®n infundada en favor de las cooperativas de padres, profesores o mixtas, respecto a fundaciones ben¨¦fico-docentes y dem¨¢s instituciones educativas sin fin de lucro. Agrega que hay una discriminaci¨®n infundada en favor de los actuales centros autorizados respecto a los que se autoricen ¨¦n el futuro en las mismas condiciones.
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