Excomuni¨®n para los abortistas
El tema de las excomuniones parec¨ªa casi olvidado tras el abierto Concilio Vaticano II; pero Juan Pablo II no quiso que en el nuevo C¨®digo de Derecho Can¨®nico se suprimieran estos castigos. Las voces que se levantaron contra este sistema anacr¨®nico, desde la ¨¦poca de nuestro genial te¨®logo y canonista seglar de los a?os veinte Jaime Torrubiano hasta muchos obispos reunidos en el Concilio Vaticano II, han conseguido modernizar nuestra Iglesia.Las razones de nuestro inteligente te¨®logo Karl Rahner pidiendo que consider¨¢semos s¨®lo como reglas de tr¨¢fico moral a nuestra legislaci¨®n eclesi¨¢stica no fueron tampoco atendidas.
Por eso se dice ahora que quien promueva y logre el aborto incurre en "excomuni¨®n inmediata", que eso significa en t¨¦rminos sencillos la expresi¨®n latina latae sententiae. Lo curioso es que los int¨¦rpretes del derecho de la Iglesia son muy sutiles y saben encontrar salidas a los frenos que impone esta anticuada legislaci¨®n.,
No s¨¦ si ser¨¢n muchas las espa?olas que se asusten ante tan atemorizadoras sanciones. Pero todav¨ªa habr¨¢, sin duda, quienes se sobrecojan ante tales anatemas espirituales. Y les ir¨¢ bien el recuerdo de las sutilezas eclesi¨¢sticas que exoneran de la terrible letra de la ley. Lo malo es que pocas veces se explica el alcance de esas condenas y castigos espirituales. Se quiere mantener en la ignorancia al sufrido creyente que todav¨ªa se siente obligado a seguir a pies juntillas lo que viene de Roma o sale de la pluma de sus obispos. No estamos en Espa?a acostumbrados a esa amplitud, en muchas materias, de que dieron ejemplo en el siglo pasado los obispos cat¨®licos norteamericanos como Gibbons, en lo social, e Ireland; cardenales brit¨¢nicos, como Newman, o el obispo Ullathorne; alemanes, como Ketteler, y los que siguen en nuestra centuria hablando con claridad y poniendo por encima de todo la conciencia, que no es sino el ejercicio pr¨¢ctico de nuestra raz¨®n personal, como vimos en el concilio ¨²ltimo cuando hablaba el patriarca Maximos IV y sus arzobispos melquitas, o el canadiense cardenal L¨¦ger, o los monse?ores Gracias, Simons y Roberts, de la India.
Las excomuniones tienen una larga e interesante historia. La descubri¨® con un gran sentido del humor el penalista de la universidad de Deusto padre Pereda, en su famoso libro La moral en los toros. Porque sobre las corridas de toros cayeron los rayos fulminatorios de las bulas emanadas de los papas de hace siglos.
La costumbre medieval, y aun moderna, de prodigar las excomuniones hizo incluso que alguno de nuestros cat¨®licos reyes dijera que para ser un buen servidor p¨²blico conven¨ªa que hubiera incurrido previamente el pretendiente en alguna excomuni¨®n.
As¨ª lo recuerda en sus escarceos hist¨®ricos Antonio C¨¢novas del Castillo. La frecuencia de este castigo hizo pensar al padre Pereda, buen analista de esos casos, que "sin duda podr¨ªa incurrir en ellos sin haber cometido pecado mortal".
No es lo mismo, en esta terminolog¨ªa tradicional, "pecado mortal" que "excomuni¨®n". Aqu¨¦l llevaba al infierno; ¨¦sta, no necesariamente. ?Qu¨¦ quiere decir entonces la palabra excomuni¨®n? Nada m¨¢s que "no estar en plena comuni¨®n con la Iglesia". Y ?qu¨¦ proh¨ªbe esto al seglar que incurre en ella?: la vida sacramental, y el uso de algunos sacramentales, como, por ejemplo, participar como ayudante en
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Excomuni¨®n para los abortistas
Viene de la p¨¢gina 11 alguna ceremonia del culto cat¨®lico.Pero eso no quiere decir, ni mucho menos, que le expulsan a uno de la Iglesia, porque no es ap¨®stata; y tampoco le est¨¢ prohibido asistir a los actos lit¨²rgicos, ni se le impide participar en actividades de apostolado cristiano.
Sin embargo, hay todav¨ªa m¨¢s que explicar al cat¨®lico..
Para que se entienda bien la diferencia entre pecado y castigo espiritual, se debe saber que nadie puede incurrir en excomuni¨®n, ni autom¨¢tica ni de otro tipo, si uno no cree haber cometido pecado al realizar el acto. Es necesario que haya "pecado formal", seg¨²n los especialistas. Por eso, si un fiel creyente est¨¢ convencido, despu¨¦s de madura reflexi¨®n personal, de que realizar un aborto no es pecado en un caso extremo concreto -pongamos alguno de los tres supuestos de la ley actual-, nunca se incurrir¨¢ en excomuni¨®n, al no haber pecado formal, aunque s¨ª lo ha br¨ªa material, siguiendo la terminolog¨ªa tradicional de los moralistas cat¨®licos. Podr¨ªa por eso ocurrir uno de estos dos casos: a) que ¨¦l no creyese que tiene gravedad su acto, cosa f¨¢cil en un seglar; b) porque ignore la censura prevista contra su falta, tambi¨¦n muy posible en ¨¦l. As¨ª lo explica, por ejemplo, J. Denis en la enciclopecia Catholicisme.
Pero hay otra sutileza m¨¢s. Hay quienes sostienen, ayer y hoy, la teor¨ªa tradicional en la Iglesia del feto "no formado" o "inanimado" en los primeros meses, hasta que tenga un desarrollo suficiente (generalmente piensan muchos que no es hasta los tres meses despu¨¦s del embarazo). Con esta teor¨ªa de la "animaci¨®n retardada" piensan que si el aborto se produce en ese tiempo quedan siempre exonerados de la excomuni¨®n; y basan su opini¨®n en las decisiones favorables de Gregorio XIV, en la doctrina usual de la moral cat¨®lica resumida por los famosos carmelitas salmanticenses del siglo XVIII, y la actual postura del padre Haering y de sus seguidores, que piensan que no se incurre en excomuni¨®n cuando hay divergencia de opiniones y de teor¨ªas entre te¨®logos y canonistas cat¨®licos a prop¨®sito de la "animaci¨®n".
Como ejemplo a seguir pondr¨ªa la postura cat¨®lica del te¨®logo y canonista seglar citado al principio de este art¨ªculo, En 1925, nuestro obispo de Madrid monse?or Eijo y Garay le excomulg¨®; y ¨¦l, sin asustarse, sali¨® por sus fueros de cat¨®lico convencido, y le replic¨® p¨²blicamente diciendo que esa excomuni¨®n era "injusta", porque cre¨ªa de buena fe no haber cometido ning¨²n delito moral grave y p¨²blico subjetivo, sino, cuando m¨¢s, y seg¨²n estos r¨ªgidos e inhumanos eclesi¨¢sticos, un delito objetivo, que no es jam¨¢s suficiente base para incurrir en excomuniones. Su decisi¨®n fue tajante: seguir su propia raz¨®n, antes que dejarse llevar por ninguna reacci¨®n emotiva de miedo o de temor ante la injusta sanci¨®n que se le comunicaba oficialmente por su obispo.
?Cabe -adem¨¢s- mayor falta de sentido de la proporci¨®n humana que se diga ahora que quedan exonerados los legisladores y altas autoridades, y, en cambio, la pobre mujer que se ve forzada psicol¨®gica y socialmente a hacerlo es castigada por la Iglesia?
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