Maravall discute hoy con los representantes de la ense?anza cat¨®lica el reglamento de conciertos
Dirigentes de la Comisi¨®n Episcopal de Ense?anza, Federaci¨®n de Religiosos de la Ense?anza (FERE) y Confederaci¨®n Cat¨®lica Nacional de Padres (Concapa) se reunir¨¢n hoy de nuevo con el equipo de Educaci¨®n y Ciencia, que dirige Jos¨¦ Mar¨ªa Maravall, a quien presentar¨¢n sus propuestas de modificaci¨®n al proyecto de reglamento de conciertos, que el ministro les entreg¨® hace unos d¨ªas. Uno de los motivos de desacuerdo de la escuela cat¨®lica se refiere a la forma en que dicho proyecto desarrolla los criterios de preferencia para el acceso al r¨¦gimen general de conciertos definidos en la ley del Derecho a la Educaci¨®n (LODE).
Los colegios cuya ubicaci¨®n en la periferia de las grandes ciudades obliga a la mayor¨ªa de sus alumnos a acudir diariamente en autocar y a utilizar sus servicios de comedor, tendr¨¢n muy pocas posibilidades de beneficiarse de la financiaci¨®n del Estado, abierta por la LODE. Los art¨ªculos 17 y 18 del proyecto de reglamento de conciertos educativos matizan en tal sentido cuanto establece dicha ley a prop¨®sito de qu¨¦ centros tendr¨¢n preferencia para acogerse al r¨¦gimen general de conciertos con la Administraci¨®n.El apartado tercero del art¨ªculo 48 de la LODE establece que "tendr¨¢n preferencia para acogerse al r¨¦gimen de conciertos aquellos centros que satisfagan necesidades de escolarizaci¨®n, que atiendan a poblaciones escolares de condiciones socioecon¨®micas desfavorables o que, cumpliendo alguno de los requisitos anteriores, realicen experiencias de inter¨¦s pedag¨®gico para el sistema educativo. En todo caso, tendr¨¢n preferencia aquellos centros que, en r¨¦gimen de cooperativa, cumplan con las finalidades anteriormente se?aladas".
Los parlamentarios del Grupo Popular, que interpusieron el recurso previo de inconstitucionalidad contra varios art¨ªculos de la ley, recurrieron contra este apartado en su integridad, aunque s¨®lo con referencia expl¨ªcita al ¨²ltimo punto del mismo: el relativo a la inclusi¨®n de las cooperativas en el sistema de preferencias para el acceso al r¨¦gimen de conciertos.
Preferencia de segundo grado
El Tribunal Constitucional declar¨® la constitucionalidad de todo el apartado, desestimando la pretensi¨®n de los recurrentes de considerar discriminatoria la preferencia que se concede a las cooperativas. El alto tribunal se?ala en su sentencia que "tal preferencia es, por as¨ª decirlo, de segundo grado, ya que actuar¨¢ s¨®lo en segundo lugar, tras haberse aplicado el primer criterio se?alado en el mismo art¨ªculo".En su momento, a los legisladores socialistas les sorprendi¨® que los recurrentes aludieran s¨®lo a las cooperativas y no a los otros criterios de preferencia para tener acceso al r¨¦gimen de conciertos. Dicha sorpresa se explica si se tiene en cuenta la insistencia de ciertos defensores de los intereses de la ense?anza privada en acusar a la LODE de ser una ley que "consagra el principio de zonificaci¨®n". En cualquier caso, el temor a la zonificaci¨®n se encontraba m¨¢s claramente impl¨ªcito en el recurso contra los art¨ªculos 20.2 y 53 de la LODE, en los cuales se establece la proximidad al domicilio del alumno como uno de los criterios para la admisi¨®n de alumnos, tanto en los centros p¨²blicos como en los concertados, cuando la demanda de plazas sea superior a la oferta. Tambi¨¦n en este caso el alto tribunal fall¨® en contra de las pretensiones de los recurrentes.
El proyecto de reglamento de conciertos, que Maravall ha sometido tambi¨¦n a la consideracion de los sindicatos y organizaciones patronales del sector privado, reitera, en su art¨ªculo 17, que "tendr¨¢n preferencia para acogerse al r¨¦gimen de conciertos los centros a que se refiere el art¨ªculo 48.3 de la LODE".
El proyecto concreta la forma en que los centros que re¨²nan las condiciones se?aladas en la LODE deber¨¢n especificar ¨¦stas en una memoria explicativa. A este respecto, el art¨ªculo 18 del reglamento precisa que "se considerar¨¢ que un centro no satisface necesidades de escolarizaci¨®n o no atiende a poblaciones desfavorecidas cuando su ubicaci¨®n dificulte o haga imposible el acceso al mismo de alumnos que carezcan de recursos econ¨®micos para hacer frente al coste de los servicios de transporte y comedor escolares".
La filosof¨ªa contenida en este precepto del reiterado proyecto de reglamento es la que subyac¨ªa en la decisi¨®n adoptada este curso por el Ministerio de Educaci¨®n cuando se deneg¨® el cambio de m¨®dulo de subvenci¨®n a algunos centros de Madrid, en los cuales los honorarios que deben abonar los alumnos por comedor y por transporte desvirtuaban por completo el sentido de "ayudas a la gratuidad" que justifican las subvenciones estatales.
Aquella decisi¨®n ministerial provoc¨® una agria pol¨¦mica entre las organizaciones de la Coordinadora pro Libertad de Ense?anza, de la que la FERE y la Concapa forman parte, y las autoridades ministeriales. Algunos de los centros afectados calificaron la medida como un atentado m¨¢s a la libertad de elecci¨®n, a partir del convencimiento de que tanto la libertad de elecci¨®n de centro como la subvenci¨®n del Estado constituyen derechos ilimitados.
Los dirigentes de la escuela cat¨®lica pretenden ahora que los colegios situados en la periferia de los grandes n¨²cleos urbanos reciban el mismo tratamiento que los colegios p¨²blicos de las zonas rurales. Conviene recordar que la pol¨ªtica de construcciones escolares de los a?os 60 se caracteriz¨® por el cierre de numerosas escuelas unitarias y su sustituci¨®n por grandes concentraciones escolares, cuyo funcionamiento depende de una costosa infraestructura de transportes y de comedores escolares a cargo del Estado.
La dificultad que representar¨¢ la actual ubicaci¨®n de ciertos centros escolares para poder acceder al r¨¦gimen de conciertos va a afectar a un buen n¨²mero de colegios de instituciones religiosas, que durante los ¨²ltimos a?os han rechazado en¨¦rgicamente la acusaci¨®n de haberse dedicado a la educaci¨®n de las elites sociales.
Portavoces significados de la Iglesia han dicho algunas veces que una determinada pol¨ªtica de financiaci¨®n de la ense?anza privada podr¨ªa hacer inevitable esa imagen de elitismo que, en cualquier caso, siguen rechazando por falsa. El cierre definitivo de los centros ser¨ªa la otra y ¨²nica alternativa.
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