Las tasas universitarias subir¨¢n un 9,4% el pr¨®ximo curso
Las tasas de todas las universidades p¨²blicas espa?olas, con excepci¨®n de las dependientes de las comunidades aut¨®nomas del Pa¨ªs Vasco y Catalu?a, oscilar¨¢n entre las 47.000 pesetas para las carreras de ciencias y bellas artes y las 32.300 para las de letras, seg¨²n el proyecto de real decreto elaborado por el Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia. Esto supone un incremento de un 9,3% en el primer caso y un 9,5% en el segundo, con respecto al curso pasado.Para las facultades de medicina, veterinaria, ciencias, inform¨¢tica, bellas artes, escuelas t¨¦cnicas superiores y escuelas experimentales, el curso completo costar¨¢ 47.000 pesetas, lo que supone un aumento de un 9,3% respecto a las 43.000 pesetas del curso pasado. La cuota por cada asignatura en tercera o sucesivas matr¨ªculas ser¨¢ de 9.300 pesetas, y cada asignatura del curso de doctorado costar¨¢ 13.000 pesetas.
En los dem¨¢s centros univers¨ªtarios el curso completo costar¨¢ 32.300 pesetas, lo que supone un aumento del 9,5% respecto a las tasas del curso anterior. Cada asignatura en tercera o sucesivas matr¨ªculas ser¨¢ de 6.400 pesetas anuales, y las del curso de doctorado costar¨¢n 9.000 pesetas cada una.
Las restantes tasas acad¨¦micas incluidas en el proyecto son las del certificado de aptitud pedag¨®gica en todos los cursos (10.800 pesetas), estudios en escuelas de especialidades (un m¨¢ximo de 111.000 pesetas por curso anual), ex¨¢menes de acceso (3.700 pesetas), ex¨¢menes de rev¨¢lida por memorias finales y por proyectos (6.800 pesetas), tasas de secretar¨ªa (1.400 pesetas), compulsa de documentos (550 pesetas) y expedici¨®n de tarjetas de identidad (300 pesetas).
Catalu?a y Pa¨ªs Vasco
El real decreto, una vez aprobado en sesi¨®n del Consejo de Ministros, no ser¨¢ de aplicaci¨®n en las comunidades aut¨®nomas de Catalu?a y Pa¨ªs Vasco por haber recibido ya los traspasos de funciones y servicios en materia de universidades.En las tasas para el curso pr¨®ximo se respeta el acuerdo establecido entre el Ministerio de Educaci¨®n y los representantes estudiantiles, seg¨²n el cual el coste de las tasas se congelar¨¢ en t¨¦rminos reales, asumiendo el incremento del coste de la vida, cifrado este a?o en un 9,9%. Seg¨²n este mismo acuerdo, el coste real del servicio p¨²blico de la ense?anza universitaria debe ser financiado b¨¢sicamente por los poderes p¨²blicos.
Los alumnos tendr¨¢n derecho a elegir la forma de efectuar el pago de las tasas acad¨¦micas por curso completo, bien haci¨¦ndolo efectivo en un solo pago a principio de curso o bien de forma fraccionada en dos pagos iguales: uno al formalizar la matr¨ªcula y otro en la segunda quincena de diciembre.
Aunque los estudiantes tienen derecho a matricularse, si lo desean, de asignaturas sueltas, los alumnos que inicien sus estudios deber¨¢n matricularse del primer curso completo, a excepci¨®n de aqu¨¦llos que cursen estudios en la universidad Nacional de Educaci¨®n a Distancia.
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