El Gobierno prepara una liberalizaci¨®n mayor de las inversiones extranjeras para este mismo a?o
El Gobierno aprobara en los pr¨®ximos meses, para que est¨¦ en vigor antes de que termine el a?o, una liberalizaci¨®n de las inversiones extranjeras m¨¢s amplia y completa que la decidida en mayo pasado, seg¨²n declar¨® ayer en Santander el secretario general de Comercio, Guillermo de la Dehesa. Adem¨¢s de permitir cotizar en las bolsas espa?olas a los valores exteriores, las nuevas medidas autorizar¨¢n a los extranjeros el invertir en pesetas interiores. Tambi¨¦n abrir¨¢n las puertas a sectores que han seguido protegidos tras el reciente decreto de Miguel Boyer, como el financiero, la miner¨ªa, los transportes y la cinematograf¨ªa.
El pr¨®ximo paquete liberalizador proyectado por el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, desarrollar¨¢ y ampliar¨¢ el decreto-ley y el decreto sobre inversiones extranjeras aprobado por el Ejecutivo antes del cese de Miguel Boyer ser¨¢ aprobado antes del 31 de diciembre, seg¨²n anunci¨® ayer el secretario general de Comercio, Guillermo de la Dehesa, en el curso Espa?a en la CEE: la empresa espa?ola y los grandes temas jur¨ªdicos comunitarios, que se desarrolla en la Universidad Internacional Men¨¦ndez y Pelayo de Santander.El objetivo de las nuevas medidas ser¨¢ adaptar la normativa espa?ola sobre los movimientos de capitales al derecho comunitario. Esta era la primera finalidad de la reciente liberalizaci¨®n, equiparada entonces oficialmente a la existente en pa¨ªses como Estados Unidos y la Rep¨²blica Federal de Alemania, y que consisti¨® en suprimir con independencia del pa¨ªs de procedencia los tr¨¢mites de autorizaci¨®n del Gobierno, excepto para inversiones de Gobiernos y empresas estatales extranjeras y para las destinadas a una decena de sectores.
Como el Gobierno pretende fomentar las entradas de capital, no negoci¨® con la CEE ninguna reserva sectorial -la mayor¨ªa de los diez s¨ª lo hicieron-, y ahora acelerar¨¢ la adaptaci¨®n plena al derecho comunitario. Entre las medidas anunciadas por,Guillermo de la Dehesa figuran las siguientes:
- El reglamento que desarrollar¨¢ la ¨²ltima liberalizaci¨®n permitir¨¢ las inversiones en pesetas ordinarias. Hasta ahora eran discrirninadas en funci¨®n de las muchas cuentas de pesetas convertibles o no convertibles, que en el futuro quedar¨¢n simplificadas. Tambi¨¦n autorizar¨¢ la adquisici¨®n de acciones por parte de extranjeros con cargo a las cuentas de reservas y regularizaci¨®n de balances. S¨®lo quedar¨¢n exceptuadas las inversiones mediante aportaci¨®n tecnol¨®gica o equipo capital. En las operaciones de cartera, las emisiones de valores extranjeros podr¨¢n cotizar en las Bolsas espa?olas.
Revisar la legislaci¨®n
- Ser¨¢ revisada la legislaci¨®n espec¨ªfica sobre sectores, que fue mantenida por el ¨²ltimo paquete. Salvo en las empresas de defensa y de servicios p¨²blicos, donde las compras por extranjeros requieren, autorizaci¨®n gubernamental y est¨¢ prohibido que superen el 40% y el 25% del capital, respectivamente, los sectores protegidos perder¨¢n poco a poco su reserva. Se trata del transporte mar¨ªtimo, la navegaci¨®n a¨¦rea, la miner¨ªa, los seguros y la banca, para donde tambi¨¦n es necesaria autorizaci¨®n y los extranjeros no pueden superar el 40% del cap?tal de cada empresa; la navegaci¨®n a¨¦rea, con el 25% del l¨ªmite; la miner¨ªa, con el 49% de tope; los seguros y la banca, para la que el Gobierno ha negociado con la CEE la denegaci¨®n temporal de libertad de establecimiento y la reciprocidad; los casinos de juego, el refino y la extracci¨®n de petr¨®leo, y la cinematograf¨ªa, entre otros. Por tanto, a partir del pr¨®ximo ejercicio, si insisten los interesados, tales operaciones podr¨ªan materializarse.
De la Dehesa afirm¨® que la libertad de capitales no existe totalmente en la CEE, debido a que los pa¨ªses miembros pusieron excepciones para evitarla y, en el fondo, ni siquiera la definen los tratados que la regulan.
Espa?a no ha negociado ning¨²n cambio sobre las dos directivas comunitarias, a¨²n cuando dispondr¨¢ de tres aplazamientos para aplicar el ordenamiento comunitario a las inversiones espa?olas hacia el exterior: tres a?os para las destinadas a t¨ªtulos burs¨¢tiles de empresas extranjeras, de,forma que no habr¨¢ libertad total hasta el 1 de enero de 1989, y cinco a?os para las inversiones en inmuebles de Estados miembros o residentes espa?oles, salvo las realizadas por los emigrantes.
Debate nacional
Tambi¨¦n en el mismo curso, un representante jur¨ªdico de la Comisi¨®n de la CEE, Rolf Waegenbaur, se?al¨® que la representaci¨®n de los diez tiene el m¨¢ximo inter¨¦s en que haya amplia informaci¨®n entre los espa?oles para que la adaptaci¨®n del derecho espa?ol al comunitario se haga con la esperada rapidez. Este proceso informativo no fue tan necesario en otros pa¨ªses miembros porque participaron en la elaboraci¨®n del derecho escrito desde 1958 y han aportado el no escrito. En nombre de la excepci¨®n griega, otro ponente asegur¨® que las dificultades mayores proceden de los Estados, no de las empresas o agentes econ¨®micos.
El director del seminario, el abogado Rodrigo Ur¨ªa, indic¨® que, por razones de ¨ªndole pol¨ªt¨ªca, ha faltado un gran debate nacional y ser¨¢ obligaci¨®n del Gobierno el proporcionar mucha informaci¨®n para que lo haya.
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