Las Cortes deben aprobar la nueva denominaci¨®n de Castell¨®n de la Plana
La actual denominaci¨®n de la provincia de Castell¨®n de la Plana necesitar¨¢ de una ley aprobada en las Cortes generales para poder modificarse y que la provincia pase a denominarse ¨²nicamente Castell¨®n. ?sta es la resoluci¨®n m¨¢s importante aportada por la Direcci¨®n General de Administraci¨®n Local, organismo dependiente del Ministerio de Administraci¨®n Territorial, al que la Diputaci¨®n Provincial de Castell¨®n remiti¨® un escrito solicitando informaci¨®n para poder cambiar la denominaci¨®n.
El pasado mes de septiembre, la Diputaci¨®n de Castell¨®n dio a conocer su voluntad de proceder a este cambio de denominaci¨®n, argumentando motivos geogr¨¢ficos y sociol¨®gicos, al darse el caso de que el conjunto de la provincia lleva actualmente el nombre de una comarca, La Plana, en la que se encuentra ubicada la capital.El problema se plante¨® cuando los servicios jur¨ªdicos de la diputaci¨®n y del propio ministerio comprobaron que la ley vigente no prev¨¦ la posibilidad de cambios de denominaci¨®n de las provincias.
En su informe, la Direcci¨®n General de Administraci¨®n Local se?ala que desde la promulgaci¨®n de la ley en 1833 tan s¨®lo se ha procedido en el territorio espa?ol a una modificaci¨®n en la denominaci¨®n de las provincias cuando, en 1927 y mediante un real decreto ley, se procedi¨® a la divisi¨®n de la entonces, provincia de las islas Canarias en las de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife.
El informe se?ala tambi¨¦n que fue mediante ley org¨¢nica como se accedi¨® al cambio de denominaci¨®n de las provincias de Logro?o, Santander y Oviedo, en La Rioja, Cantabria y Asturias, cuando estas tres provincias se convirtieron en comunidades aut¨®nomas uniprovinciales.
M¨¢s adelante, el Ministerio de Administraci¨®n Territorial se?ala que "la identidad de una provincia es fruto no s¨®lo de sus l¨ªmites territoriales y de su capitalidad, sino tanto m¨¢s de su denominaci¨®n". Bas¨¢ndose en ello, la Direcci¨®n General de Administraci¨®n Local se?ala como, conclusi¨®n: "Esta direcci¨®n general estima que s¨®lo por medio de una ley aprobada por las Cortes Generales puede modificarse la denominaci¨®n de alguna provincia espa?ola".
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