La Audiencia Nacional revoca una decisi¨®n anterior y accede a la extradici¨®n del colombiano Jorge Ochoa a EE UU
JOS? YOLDI, La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional accedi¨® ayer a la extradici¨®n del colombiano Jorge Luis Ochoa a Estados Unidos, acusado por las autoridades de Washington de introducir droga en Estados Unidos en complicidad con el Gobierno de Nicaragua. La decisi¨®n ha causado sorpresa, ya que tres magistrados de la misma sala denegaron, hace tres meses, la entrega del colombiano a EE UU por estimar que el caso estaba inserto en un contexto pol¨ªtico. La sala ha tomado la decisi¨®n de la entrega a EE UU con cuatro votos a favor y tres en contra. Se da la circunstancia de que el magistrado ponente que redact¨® la primera resoluci¨®n, que denegaba la extradici¨®n a EE UU, ha modificado el sentido de su voto, lo que ha sido decisivo.
Jorge Luis Ochoa, de 36 a?os, fue detenido en Madrid en noviembre de 1984 a requerimiento de las autoridades norteamericanas a trav¨¦s de la Interpol. La polic¨ªa espa?ola le aplic¨® la legislaci¨®n antiterrorista tras acusarle de pertenecer a bandas armadas.El sumario incoado contra ¨¦l por esta causa fue sobrese¨ªdo por el Juzgado Central n¨²mero uno de Madrid. A la petici¨®n de extradici¨®n de Estados Unidos se sum¨® otra de Colombia que le acusaba de falsedad de documentos p¨²blicos. En marzo de 1985 el Gobierno espa?ol autoriz¨® el estudio de las peticiones de extradici¨®n.
En la primera decisi¨®n judicial sobre el caso, la secci¨®n segunda de la sala de lo penal decidi¨® que Ochoa deb¨ªa ser juzgado en Espa?a por delito de tr¨¢fico de drogas y posteriormente ser enviado a Colombia para ser juzgado de un delito de falsedad en documento p¨²blico. Esta decisi¨®n fue tomada por unanimidad por los tres magistrados de la secci¨®n segunda.
Contra esta resoluci¨®n, el fiscal recurri¨® en s¨²plica ante la sala que ha decidido la extradici¨®n de Jorge Luis Ochoa a Estados Unidos por cuatro votos contra tres.
A favor de la extradici¨®n a EE UU de Ochoa se han pronunciado Gonzalo de la Concha, ponente en esta instancia, hasta ahora presidente de la sala de lo penal y nuevo presidente de la Audiencia Nacional; Jos¨¦ Luis Berm¨²dez; Juan Manuel Orbe, presidente de la secci¨®n segunda y ponente del auto anterior, y Ram¨®n Montero, presidente en funciones de la secci¨®n tercera, que fue en las deliberaciones uno de los que m¨¢s insisti¨® en que Ochoa fuera entregado a las autoridades de EE UU.
En contra de la extradici¨®n han votado y han formulado un voto particular conjunto, Siro Francisco Garc¨ªa P¨¦rez y Javier G¨®mez de Lia?o, que formaban parte del tribunal que decidi¨® que Ochoa deb¨ªa ser juzgado en Espa?a por considerar que el caso est¨¢ inserto en un contexto pol¨ªtico, y Jer¨®nimo Barnuevo, que es el magistrado m¨¢s antiguo, despu¨¦s del presidente de la sala.
Tr¨¢fico de coca¨ªna
Ochoa est¨¢ acusado por un tribunal de Florida de participar en el tr¨¢fico de drogas a gran escala, tratando de trasladar 680 kilogramos de coca¨ªna de Colombia a EE UU, v¨ªa Nicaragua, donde, seg¨²n la documentaci¨®n enviada por EE UU, fue ayudado por personas pr¨®ximas al Gobierno. Seg¨²n este tribunal del distrito sur de Florida, el ej¨¦rcito nicarag¨¹ense ayud¨® a cargar en un avi¨®n fletado por orden de Ochoa los 680 kilos de coca¨ªna, que fueron colocados en EE UU en junio de 1984.
La sala de lo penal ha considerado que la legislaci¨®n aplicable es el convenio de extradici¨®n entre Espa?a y EE UU y que no existe raz¨®n fundada para sospechar que EE UU reclama a Ochoa para perseguirle por un delito de naturaleza pol¨ªtica.
Se?ala la sala que Ochoa era el jefe de una red de narcotraficantes y que las acusaciones contra ¨¦l formuladas por Adler Barry Seal, un confidente infiltrado que trabajaba para las autoridades estadounidenses, que le hab¨ªan prometido el perd¨®n de una condena de 10 a?os de c¨¢rcel por tr¨¢fico de drogas, no son las ¨²nicas que pesan contra ¨¦l, pues tambi¨¦n declaran contra Ochoa dos agentes norteamericanos. La sala agrega que esto supone que son tres testigos y no uno los que declaran contra Ochoa, aunque dos de ellos conozcan el caso por las informaciones de Seal, y precisa que la infiltraci¨®n es uno de los pocos medios eficaces contra las organizaciones de narcotraficantes.
La sala a?ade que "el hecho notorio e indudable de que los Estados Unidos de Am¨¦rica y Nicaragua mantengan relaciones inamistosas, y la posibilidad de que la asociaci¨®n de narcotraficantes (...) pueda o no haber actuado en connivencia con personas particulares o alguna oficial de Nicaragua, son hechos que se habr¨¢n o no producido y ser¨¢n o no esclarecidos, pero no constituyen impedimento legal para que la extradici¨®n se conceda".
El presidente de la secci¨®n segunda. Juan Manuel Orbe. redactor de la primera decisi¨®n judicial sobr¨¦ este caso, mantuvo en aquella ocasi¨®n que el delito del que Ochoa estaba acusado - tr¨¢fico de coca¨ªna- no pod¨ªa ser "reconducido al cat¨¢logo del delito de car¨¢cter pol¨ªtico". Sin embargo, se?alaba que "del examen ponderado de esta solicitud de extradici¨®n, documentaci¨®n, declaraciones de prensa y ambiente en que el procedimiento se ha desenvuelto, este tribunal llega a la consecuencia de que el tema aparece imbricado en un contexto pol¨ªtico y que de accederse a la petici¨®n formulada por EEUU, el extradicto podr¨ªa correr el riesgo de ver agravada su situaci¨®n por consideraciones pol¨ªticas y por su definici¨®n extrajur¨ªdica".
Sospechas
En aquella resoluci¨®n el ponente fundamentaba las sospechas de que la petici¨®n ten¨ªa car¨¢cter pol¨ªtico en lo siguiente: "El principal testigo de cargo, Adler Berriman Seal, tiene inter¨¦s directo en mantener sus imputaciones frente a Ochoa, merced al pacto que le liga con las autoridades americanas para obtener el perd¨®n de una condena de 10 a?os de reclusi¨®n que precisamente se le impuso por haberse dedicado al tr¨¢fico de drogas".
Dicho testigo ha estado vinculado en 1972 en una operaci¨®n de transporte de armas cuya finalidad no era otra que la de derrocar el gobierno de Fidel Castro en Cuba". El ponente recog¨ªa tambi¨¦n "la insistencia en sus declaraciones, as¨ª como en la documentaci¨®n aportada de los tribunales americanos, de implicar en el tr¨¢fico cuestionado, no s¨®lo a Ochoa, sino al Gobierno de Nicaragua", y "la notoria enemistad entre el actual Gobierno estadounidense y la citada rep¨²blica centroamericana".
El cambio de voto del magistrado Orbe, ha sorprendido especialmente por los t¨¦rminos en que estaba redactada aquella primera resoluci¨®n, duros para los intereses de Estados Unidos.
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, Orbe aspira a la presidencia de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional.
Un voto reservado insiste en el car¨¢cter pol¨ªtico del caso
J. Y., Tres magistrados de la sala de lo penal, Francisco Javier G¨®mez de Lia?o, Siro Francisco Garc¨ªa P¨¦rez y Jer¨®nimo Barnuevo, discreparon de la entrega del colombiano Jorge Luis Ochoa a Estados Unidos para ser juzgado por tr¨¢fico de drogas. Los tres firmaron un voto particular conjunto en el que ped¨ªan que el colombiano Ochoa fuera juzgado en Espa?a y que, una vez extinguida su responsabilidad con la justicia espa?ola, se entregara a las autoridades colombianas para que fuera juzgado por un delito de falsedad en documento p¨²blico.
Los magistrados afirman que la petici¨®n de extradici¨®n de Ochoa formulada por EE UU se mueve en un contexto pol¨ªtico. Argumentan esta afirmaci¨®n en la enemistad entre EE UU y Nicaragua, que "no es una simple conjetura, hip¨®tesis o producto de la fantas¨ªa", como se demuestra por el contencioso existente entre ambos pa¨ªses en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Este tribunal todav¨ªa no ha resuelto la solicitud de Nicaragua, que acusa a EE UU de conducir actividades militares y paramilitares contra su soberan¨ªa e integridad territorial.
Los magistrados precisan que "el litigio y toda una cronolog¨ªa procesal plagada de incidentes, es lo bastante elocuente para despojar de m¨¢scaras a la evidencia".
El voto particular hace una relaci¨®n exhaustiva de todas las circunstancias que evidencian el car¨¢cter pol¨ªtico de la petici¨®n de extradici¨®n, y que en su mayor parte hab¨ªan sido recogidas en el auto anterior. En esta relaci¨®n figura que el infiltrado Barry Seal asegura que Ochoa le dijo que hab¨ªa conseguido una pista de aterrizaje en Nicaragua y que all¨ª hab¨ªan trasladado los laboratorios de elaboraci¨®n de coca¨ªna, con la colaboraci¨®n del Gobierno sandinista.
Esta declaraci¨®n -indican los magistrados- contrasta con la carta enviada por la Embajada de Nicaragua en Madrid a uno de los defensores, en la que se reproduce un t¨¦lex de la viceministro de Justicia nicarag¨¹ense en la que se dice: "El Gobierno de Estados Unidos, como parte de su pol¨ªtica de agresi¨®n y de intervenci¨®n contra nuestro pa¨ªs y de sus esfuerzos para desacreditar el proceso revolucionario, viene intentando desde hace tiempo involucrar a Nicaragua en el tr¨¢fico ilegal de estupefacientes.
El t¨¦lex agrega que "el Gobierno de Nicaragua s¨®lo tuvo conocimiento de la solicitud de extradici¨®n presentada contra Ochoa a ra¨ªz de las denuncias que se hicieron en Espa?a sobre los intentos de los servicios norteamericanos en Madrid para que Ochoa aceptara involucrar a Nicaragua en el. tr¨¢fico de drogas".
El voto particular puntualiza que el juicio de Ochoa en EE UU corre el riesgo de "serias perturbaciones, ya que s¨®lo se apoya en la declaraci¨®n de Seal, que presenta a Ochoa "como socio de Nicaragua y de su Gobierno en el delito de tr¨¢fico de coca¨ªna". Esto aconseja, a juicio de los magistrados, que Ochoa sea juzgado en Espa?a aplicando al caso la Convenci¨®n ?nica sobre estupefacientes, que prev¨¦ el procesamiento por delitos cometidos en otros pa¨ªses por afectar al inter¨¦s universal de las naciones.
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