Arquitectura, ingenier¨ªa y antig¨¹edad
EL CONFLICTO planteado desde hace una semana entre los arquitectos t¨¦cnicos (o aparejadores) y los arquitectos superiores, a causa de la proposici¨®n de ley de atribuciones profesionales al primero de estos colectivos, ha desembocado en una situaci¨®n claramente conflictiva que ha generado el cierre de la pr¨¢ctica totalidad de las escuelas, tanto de grado medio como de grado superior. Los colegios profesionales, que en un principio parec¨ªan a la expectativa, se unieron r¨¢pidamente a las protestas de los estudiantes, dando un curioso ejemplo de concordia entre corporaciones y Universidad. A pesar de que inicialmente el conflicto parec¨ªa quedar circunscrito al ¨¢mbito de la arquitectura, los ingenieros de uno y otro nivel no tardaron en sumarse a la pol¨¦mica.En el escaso tiempo que lleva ¨¦sta en la luz p¨²blica ha sufrido ya varios vaivenes. El texto inicial de la proposici¨®n de ley adjudicaba a los arquitectos e ingenieros t¨¦cnicos la capacidad de proyectar a cada uno en su especialidad, con lo que ¨¦stos ve¨ªan pr¨¢cticamente cumplidas sus reivindicaciones hist¨®ricas. Esto exasper¨® a los de grado superior, quienes ven peligrar no s¨®lo su trabajo, sino tambi¨¦n la calidad y la configuraci¨®n est¨¦tica de cada obra. Su protesta tuvo ¨¦xito al conseguir que el Grupo Parlamentario Socialista variara los t¨¦rminos de la proposici¨®n de ley en su favor. Esto ¨²ltimo, sin embargo, provoc¨® la inmediata reacci¨®n de los t¨¦cnicos de grado medio, quienes adoptaron id¨¦nticas medidas de presi¨®n para que se volviera al texto original. A estas alturas, y tras las constantes conversaciones mantenidas por los legisladores con ambas partes, circulan ya numerosos borradores, con lo que, a medida que avanza el conflicto, avanza tambi¨¦n la confusi¨®n.
La ilusi¨®n de convertir ideales antiguos y reivindicaciones enso?adas en leyes de aplicaci¨®n inmediata es una de las causas mayores del conflicto. La proposici¨®n de ley citada responde a una de esas imaginaciones y est¨¢ fomentada por la existencia en Europa de un concepto distinto de esas carreras y de las de ingenier¨ªa y arquitectura. Uno de los argumentos en pro de esa reforma parece estribar en la suposici¨®n de que algunos arquitectos e ingenieros se limitan a firmar y a avalar -con su n¨²mero de colegiado- los proyectos realizados por algunos t¨¦cnicos de categor¨ªa acad¨¦mica inferior. De otro lado, este aval es discutible en s¨ª mismo, pues se trata de una graciosa delegaci¨®n de las prerrogativas del Estado en los colegios profesionales, mientras que en otros pa¨ªses avanzados es el Estado quien otorga las licencias correspondientes, teniendo tan s¨®lo en cuenta si los proyectos presentados se atienen a las exigencias legales.
De la misma forma, late en la proposici¨®n de ley inicial el deseo de reparar una injusticia social, prop¨®sito que descansar¨ªa sobre la base de que unas carreras tenidas por elitistas, exclusivas y de estudios muy caros se nutren por cooptaci¨®n familiar y por altas inversiones dentro de una clase social, mientras que otras de car¨¢cter m¨¢s modesto han sido el recurso de los no privilegiados. A todo esto se suman los eventuales supuestos de que estos profesionales de situaci¨®n inferior tengan que corregir en la pr¨¢ctica los errores, descuidos o ignorancias de los de titulaci¨®n superior, y la seguridad de que el talento o la solvencia no son cuestiones de clase.
Esta reparaci¨®n que se pretende hacer mediante una norma parece ignorar que las estructuras de la sociedad espa?ola, con arrastres tan tradicionales y tan fuertes, no se pueden modificar fragmentariamente y dejando intactos sus cimientos. Parecer¨ªa que el principio a adoptar en este caso concreto deber¨ªa tener un escalonamiento. El primer paso ser¨ªa una mayor permeabilidad de las escuelas especiales a partir de una rebaja considerable en sus gastos de estudios y una abundancia de becas para los mejor dotados, as¨ª como una intercomunicaci¨®n en los dos grupos de estudios, de forma que ingenieros y arquitectos t¨¦cnicos pudieran acceder al t¨ªtulo superior con arreglo a sus conocimientos y capacidades. El segundo, una reforma profunda de los planes de estudio de los dos grupos de carreras para que las distancias pudieran acortarse y se propiciara el reparto de atribuciones, o incluso se elevaran las atribuciones de los titulados en las carreras t¨¦cnicas a partir del aval de los conocimientos impartidos, adem¨¢s de su adquisici¨®n en la pr¨¢ctica. Esa reforma espectacular de los planes de estudio s¨®lo podr¨ªa hacerse, sin embargo, con una aut¨¦ntica definici¨®n de las necesidades de la arquitectura y de la ingenier¨ªa en las sociedades contempor¨¢neas.
Espa?a, en general, se est¨¢ enfrentando ahora con cuestiones en las que se mezclan conceptos y privilegios cuyo resultado no es solamente una perpetuaci¨®n de injusticias, sino tambi¨¦n una dificultad para atender a las nuevas necesidades. Necesidades de una envergadura que no se atienden correctamente con un parche legislativo m¨¢s, capaz de crear una agitaci¨®n social considerable y una sensaci¨®n de demagogia, tan frecuentes siempre que se agitan los demonios familiares del esp¨ªritu corporativista.
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