La banca recurre al Tribunal Constitucional en un ¨²ltimo intento por salvaguardar el secreto fiscal de su actividad
La banca ha recurrido ante el Tribunal Constitucional para librarse de entregar al fisco las listas de intereses pagados a cada uno de sus clientes durante los ¨²ltimos cinco a?os. Pese a las numerosas sentencias adversas, los bancos se han resistido hasta ahora a cumplir las normas de Hacienda. Quieren limitarse a cumplir las obligaciones legales desde el pr¨®ximo mes de abril, cuando deben entregar las relaciones correspondientes al ¨²ltimo trimestre de 1985. Adem¨¢s de un ¨²ltimo intento por garantizar el silencio mantenido ante el risco desde 1978, la banca alberga tambi¨¦n la esperanza de que los int¨¦rpretes de la Constituci¨®n concreten y ampl¨ªen su doctrina, que conecta el secreto bancario a la intimidad personal.
Los bancos y cajas de ahorro se han negado desde 1978 a entregar las relaciones nominales de intereses pagados a sus clientes. A los reiterados requerimientos del fisco, que desde entonces ha intentado controlar las rentas del capital de manera similar a como controla las n¨®minas de los trabajadores, el sector financiero ha contestado con el recurso a los tribunales. Al final, las m¨¢s elevadas instancias judiciales le negaron la raz¨®n y las leyes fiscales han sido modificadas para reforzar las obligaciones de los bancos. Pero ¨¦stos consideran que, en todo caso, s¨®lo tienen que empezar a cumplir desde ahora, y no por los cinco ¨²ltimos a?os.En el pleito que mantienen desde 1978 los bancos y Hacienda, el Tribunal Supremo dio la raz¨®n al fisco con una sentencia fechada el 24 de septiembre ¨²ltimo. Estaba en juego si la banca ten¨ªa que facilitar la relaci¨®n de intereses pagados a cada cliente, como pretend¨ªa Hacienda, o limitarse a cumplir los requerimientos individualizados, lo ¨²nico por lo que pasaban algunos bancos, esgrimiendo que la Ley 50 de 1977 (medidas urgentes de reforma fiscal) consagraba el secreto bancario. Mientras se dilucidaba la cuesti¨®n en una y otra instancia, Hacienda, carente de dichas relaciones, apenas ha utilizado tampoco la v¨ªa de los requerimientos para inspeccionar la cuenta del cliente que le interesara.
Despu¨¦s de que el Tribunal Supremo se pronunciara en un sentido similar a la Audiencia Nacional, la banca decidi¨® presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional el pasado 10 de diciembre. Al confirmar el hecho ante la asamblea general de la patronal bancaria que lo reeligi¨® el pasado martes como presidente por otros cuatro a?os, Rafael Termes dijo que hasta ahora no hay noticias de que el ¨®rgano encargado de interpretar la Constituci¨®n haya aceptado a tr¨¢mite el recurso.
Entrega de listas
Seg¨²n medios jur¨ªdicos ajenos a la banca que siguen el asunto, un eventual pronunciamiento del Tribunal Constitucional no s¨®lo ventilar¨ªa si los bancos deben entregar las listas de los ¨²ltimos cinco a?os al fisco, sino que dar¨ªa lugar a que esta m¨¢xima instancia ampliara y concretara su doctrina. En efecto, los int¨¦rpretes de la Constituci¨®n ¨²nicamente han emitido sentencia hasta ahora -tambi¨¦n netamente favorable a Hacienda- en el caso de un particular que se negaba a que el fisco inspeccionara sus cuentas bancarias, previo requerimiento individualizado a la entidad. Es decir, no se ha pronunciado sobre la entrega de las listas.Al igual que ante instancias inferiores, la banca ha pedido al Tribunal Constitucional que suspenda las resoluciones de Hacienda nunca cumplidas por ella y ahora recurridas otra vez. Pero en el fondo del asunto late otro problema. Hasta ahora los bancos basaban su defensa en que la citada ley de 1977 garantizaba el secreto bancario y har¨ªa falta otra norma con rango igual o superior para obligarlos a entregar las listas, no la simple resoluci¨®n que dict¨® la Direcci¨®n General de Tributos en 1980 para desarrollar aquella ley. La legislaci¨®n fue finalmente modificada a mediados de 1985, dejando sin este argumento a la banca, que deber¨ªa facilitar las listas desde entonces. Sin embargo, un nuevo pronunciamiento del Tribunal Constitucional -en este caso ampliado al tema de las listas- llegar¨ªa justamente en el momento en que todav¨ªa los bancos deben empezar a cumplir la nueva legislaci¨®n.
Concretamente, la modificaci¨®n de la ley general tributaria y la regulaci¨®n de la fiscalidad de los activos financieros, en vigor desde el pasado mes de mayo, se?alaba que los bancos deb¨ªan facilitar el resumen anual de retenciones practicadas a sus clientes por las rentas del capital. Pero la orden ministerial que desarrolla estas disposiciones no sali¨® hasta el pasado 12 de noviembre. Los bancos tienen de plazo hasta el 30 de abril pr¨®ximo para entregar las correspondientes cintas magn¨¦ticas con la relaci¨®n nominal ole sus clientes, que ser¨¢ la primera que entreguen en la historia.
As¨ª las cosas, aunque los bancos empiecen a finales de abril a colaborar con Hacienda en el resto de sus operaciones, como parece que lo har¨¢n, todav¨ªa albergan la esperanza de que el Tribunal Constitucional los exima de saldar las obligaciones contra¨ªdas con el fisco durante los cinco ¨²ltimos a?os. En cualquier caso, conf¨ªan que los int¨¦rpretes de la Constituci¨®n desarrollen su doctrina en el sentido de que el secreto bancario est¨¢ conectado a la intimidad personal, lo que indudablemente podr¨ªa repercutir en las leyes que ahora la banca debe empezar a cumplir.
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